Estas son las normas a las que debes atender tanto para los propietarios de locales que quieran abrir durante las fiestas de cotillones como aquellas celebraciones privadas en salones de fiestas.
En el bando firmado por la alcaldesa, Gloria Fernández Merayo, se recuerda a las personas físicas o jurídicas que estén interesadas en la celebración de festejos o cotillones durante Nochebuena, Navidad, Año Nuevo o Reyes, la regulación legal existente, así como la obligación de obtener, cuando proceda, las preceptivas autorizaciones, que deberán ser otorgadas por el Ayuntamiento de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Castilla y León.
Los locales con licencia ambiental para actividad de discoteca, sala de fiesta, pubs, karaokes, bares especiales y cafes cantantes, que amparen este tipo de celebraciones y cotillones, no estarán sujetos a autorización previa, siempre que no se modifiquen las condiciones impuestas para la puesta en marcha de la actividad, como superficie, aforo o medidas contra incendios. En el supuesto de que dichos locales modifiquen las condiciones de la licencia, deberán solicitar autorización previa a la celebración del evento.
Aquellos locales cuya licencia no ampare la celebración de este tipo de cotillones (bares, restaurantes, etc.), deberán ajustar su actividad a la licencia concedida, y en el caso de que pretendan realizar algún tipo de fiesta o evento, deberán obtener autorización expresa del Ayuntamiento de Ponferrada, en los términos y con la documentación descrita en la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Castilla y León , que deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Ponferrada antes del 11 de diciembre. Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán admitidas. También se recuerda en el bando que no podrán celebrarse cotillones o fiestas navideñas en establecimientos eventuales o que carezcan de licencia de actividad.
Como términos comunes a todos los establecimientos, el bando recuerda la obligación de estar en posesión del recibo de abono del seguro de responsabilidad civil y subraya que no podrá superarse el aforo máximo recogido en la autorización municipal de funcionamiento. Si ese aforo supera las 300 personas, se recuerda la obligación de contratar el servicio de vigilancia privada con una empresa de seguridad autorizada.
También recoge la obligación de cumplir escrupulosamente la normativa vigente en materia de seguridad contra incendios, debiendo disponer de un plan de emergencia actualizado, y especifica que las puertas de emergencia o de evacuación deberán estar perfectamente señalizadas y con posibilidad de apertura inmediata desde el interior en todo momento.
Queda prohibida la entrada y estancia en los cotillones a de menores de 16 años, y en aquellas actividades que ofrezcan barra libre o un número determinado de consumiciones con la adquisición de la entrada la prohibición afectará a los menores de 18 años. También se prohíbe la ocupación del dominio público municipal para actividades afectas al uso especial de cotillón o fiestas navideñas y dejar botellas, vasos y restos en la vía pública, siendo responsabilidad del titular de la licencia la limpieza y mantenimiento de espacios públicos de acceso al local de negocio.
Los interesados deberán presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento antes del 11 de diciembre, junto con la siguiente documentación: Licencia Ambiental del establecimiento; Póliza de Responsabilidad Civil en vigor; Certificado Técnico de Seguridad contra incendios; Declaración sobre aforo y Certificado técnico de adecuación del local.
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