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Cuáles son las Tasas a Abonar para un Centro de Medicina Estética

Abrir un centro de medicina estética en Madrid implica cumplir con una serie de requisitos legales y administrativos, incluyendo el pago de diversas tasas, tanto con el Ayuntamiento como con la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma. Estas tasas varían según el tipo de actividad que se realice en el centro y la superficie del local. En este artículo, exploraremos las tasas más comunes que debes considerar al iniciar tu negocio de por medicina estética, aunque son extensibles al resto de actividades.

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Tasas Urbanísticas

Las tasas urbanísticas son aquellas que se pagan al Ayuntamiento o a una ECU (Entidad de Colaboración Urbanística) por la tramitación de licencias y permisos necesarios para el funcionamiento del centro. Estas tasas que fija el Ayuntamiento de Madrid para la tramitación a través de una ECU, las cuales dependen del tamaño del local:

  • Locales de hasta 50 m²: 650 € + IVA (21%).
  • Locales de entre 50 y 100 m²: 825 € + IVA (21%).
  • Locales de entre 100 y 150 m²: 975 € + IVA (21%).
  • Locales de entre 150 y 200 m²: 1.125 € + IVA (21%).
  • Locales de entre 200 y 250 m²: 1.200 € + IVA (21%).
  • Locales de entre 250 y 300 m²: 1.300 € + IVA (21%). Etc…

Si se realizan obras en el local, además de estas tasas, debes considerar:

  • ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras): Actualmente esta tasa está bonificada hasta los primeros 40.000 € de presupuesto por lo que aunque en origen es el 3.75%, actualmente se reduce hasta aproximadamente 0.002% del presupuesto de obra, lo que equivale a unos 2 € por cada 1.000 € de obra.
  • Aval de Residuos: 150 € (en caso de realizar obras que generen escombros), que se devuelve al presentar el justificante de entrega de escombros en un punto limpio o vertedero autorizado. Este aval NO es el permiso para la colocar los sacos o contenedores de escombros en la calle.
  • Solicitud de ocupación de vía pública para telesacos o contenedores, se tramita en un procedimiento aparte y en un organismo diferente, depende del indice fiscal de la calle (de lo que el Ayuntamiento considere una calle más transitada que otra), este trámite variará aproximadamente ente los 4 y los 7 euros por día de ocupación de contenedor colocado.

¿Necesitas ayuda para navegar los aspectos legales? ¡Contáctanos! Nuestro equipo de expertos puede guiarte a través del proceso.

Tasas Sanitarias

Las tasas sanitarias son obligatorias para cualquier centro que ofrezca servicios sanitarios, incluyendo la medicina estética. Estas tasas varían según el tipo de actividad:

  • Tasa para la Apertura de un Nuevo Centro Sanitario: 96.21 €.
  • Tasas para Depósito de Medicamentos: (si por ejemplo se desea utilizar Toxina Botulínica)
    • Instalación: 120.05 €.
    • Funcionamiento: 200.09 €.

Si tu centro además ofrece servicios como tatuajes, micropigmentación o piercing, debes pagar las siguientes tasas:

  • Autorización: 10,72 €.

Consejos para Minimizar Costos

  1. Planificación Temprana: Antes de comenzar, asegúrate de tener un presupuesto claro y de haber considerado todas las tasas aplicables.
  2. Tramitación con ECU: Utilizar una Entidad de Colaboración Urbanística (ECU) puede agilizar el proceso y reducir la necesidad de declarar todas las obras.
  3. Optimización del Espacio: Asegúrate de que el tamaño del local sea el adecuado para tus necesidades, ya que las tasas urbanísticas dependen de la superficie.

Llamada a la Acción

Si estás considerando abrir un centro de medicina estética en Madrid, no dudes en contactarnos para obtener más información sobre cómo tramitar las licencias y pagar las tasas correspondientes. Nuestro equipo está aquí para ayudarte a navegar por el proceso de manera eficiente y asegurarte de que tu negocio esté listo para funcionar lo antes posible.

Puedes visitar sitios web como Madrid Licencias para obtener más detalles sobre las tasas y trámites necesarios.

Preguntas Frecuentes

1. ¿Cuánto cuesta la tasa para abrir un centro de medicina estética en Madrid?

La tasa para la apertura de un nuevo centro sanitario es de 96.21 €. Además, si se requiere un depósito de medicamentos, se deben pagar tasas adicionales.

2. ¿Qué es el ICIO y cómo se calcula?

El ICIO es un impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, que actualmente es del 0.002% del presupuesto de obra, lo que equivale a 2 € por cada 1.000 € de obra.

3. ¿Por qué es importante contratar a una ECU para el trámite?

Una ECU puede agilizar el proceso de tramitación y hacer que la inspección se realice más pronto, además de ser más flexibles en cuanto a la declaración de obras.

4. ¿Qué sucede con el aval de residuos si se generan escombros?

El aval de residuos es de 150 €, pero se devuelve al presentar el justificante de entrega de escombros en un punto limpio o vertedero autorizado.

5. ¿Dónde puedo obtener más información sobre las tasas sanitarias?

Puedes visitar el sitio web de Madrid Licencias para obtener más detalles sobre las tasas y trámites sanitarios necesarios.

Contacte con nosotros para la realización del proyecto y tramitación de su licencia de apertura. Presupuestos sin compromiso.

Teléfono / WhatsApp: 655-03-44-55
Web: www.madridlicencias.com
E-mail: info@madridlicencias.com

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