La licencia expres facilita la apertura de casi 260.000 comercios

Abrir un pequeño negocio en España es ahora más sencillo que hace tres años. En mayo de 2012, el Gobierno aprobó la conocida como licencia expres, que ponía fin a las licencias previas municipales necesarias para la apertura de establecimientos comerciales de hasta 300 metros cuadrados que ocasionaban retrasos de hasta dos años en algunas localidades. La medida ha tenido un efecto balsámico para el sector. Desde 2013, el saldo neto de altas y bajas de actividades comerciales con pequeñas superficies asciende a 258.479, según datos oficiales del Gobierno.
Licencia Tienda Costura 2
El efecto de la licencia expres ha ido creciendo con los años. En los meses de 2012 que estuvo en vigor, se abrieron en torno a 7.000 nuevos comercios. En 2013, el primero completo después de su implantación, el número de establecimientos en funcionamiento ascendió a 67.161. En el pasado, la cifra se incrementó hasta 99.968. En éste, la tendencia apunta a que se registrarán datos parecidos a los de 2014. Hasta mediados de octubre, las aperturas netas de estos pequeños negocios ascendían a 84.350.

Aunque inicialmente la licencia exprés estaba diseñada para comercios con una superficie inferior a los 300 metros cuadrados, su éxito llevó al Gobierno a modificar la misma con posteriodad. En octubre de 2013, amplió primero a 500 metros y después a 750 metros la superficie de los establecimientos que se podían acoger a la licencia. Además, se amplió el catálogo de actividades que podían acogerse a este permiso. Se incluyeron supermercados, servicios profesionales –abogados, arquitectos…–, establecimientos de reparaciones, academias, pequeñas industrias del sector textil y talleres de joyería. No obstante, tanto la superficie como las actividades a que afecta pueden ser ampliadas por las comunidades autónomas en el ámbito de sus competencias sobre comercio.

La apertura de nuevos comercios no sólo se ha visto beneficiada por la licencia exprés. También la mejora del consumo propiciada por la buena marcha de la economía ha motivado un incremento de su actividad. En octubre, último mes del que hay datos disponibles, las ventas del pequeño comercio aumentaron un 4,8% en tasa interanual, encadenando así 14 meses consecutivos de crecimiento, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). En tasa mensual, las ventas del comercio minorista aumentaron un 0,4%, frente al repunte del 0,8% del mes anterior y del retroceso del 0,7% de hace un año.

La mejora en la actividad se tradujo en un incremento del empleo en el sector comercial, que subió un 1,3% con respecto a octubre de 2014, con lo que ya encadena 18 meses consecutivos de ascensos. La tasa registrada en octubre fue una décima superior a la de septiembre, cuando la ocupación repuntó un 1,2 por ciento interanual.

La licencia exprés fue aprobada en el marco de la Ley de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio. Para impulsar la actividad del sector, el Ejecutivo también aprobó la Ley de Garantía de Unidad de Mercado. La norma permite la libre circulación de bienes y servicios en todo el territorio nacional con una sola licencia de una comunidad autónoma, sin necesidad de someterse a 17 regulaciones diferentes. Según los estudios realizados por el Ministerio de Economía, esta medida va a permitir incrementar el PIB un 1,52 por ciento en diez años, en torno a 1.500 millones de euros por ejercicio.

Reformas en una vivienda o local

Reformas en una vivienda o local

Es habitual que en algún momento queramos realizar algún tipo de reformas en una vivienda o local para adaptarlos a nuestras nuevas necesidades.

licencias de obra

¿Cuál es el procedimiento de tramitación?
Si vamos a realizar reformas en una vivienda o local y únicamente son de sustitución de instalaciones individuales o de acabados interiores, como puede ser la sustitución de suelos, alicatados de cocina y baños, yesos de las paredes y/o pintura; y siempre que el inmueble no esté protegido, no necesitaremos informar al Ayuntamiento ni realizar ningún trámite administrativo previo, salvo los contenedores o sacos de escombros. En cuyo caso necesitaremos una autorización del Ayuntamiento para ubicar un contenedor o saco en la vía pública.

Por lo general es la empresa que realiza la reforma de la vivienda la que se encarga de este trámite pero nunca está de más verificar que dicha gestión se ha realizado correctamente

Por el contrario, si en la reforma pretendemos modificar la distribución del local o vivienda, añadiendo o eliminando tabiques tendremos que realizar una Actuación Comunicada ante el Ayuntamiento correspondiente.

Si las reformas que queremos llevar  acabo afectan a la estructura o a elementos protegidos (edificio con fachada protegida por ejemplo) el procedimiento para la tramitación será el de Procedimiento Ordinario Común o Abreviado en función del alcance de la reforma.

Hay que tener en cuenta que si en la reforma de la vivienda o local vamos a intervenir o modificar en elementos comunes (instalaciones generales) o en la estructura del edificio es necesario que, además de la licencia municipal, solicitar una autorización a la comunidad de propietarios.

licencia obras 1

¿Qué documentación hay que presentar?
Además de los planos, memoria y formularios del procedimiento de tramitación correspondiente, habrá que presentar una serie de documentación extra en función del tipo de reforma:

Si vamos a instalar una máquina de aire acondicionado en alguna fachada (interior o exterior), vamos a abrir una nueva ventana (en un patio por ejemplo) o bien vamos a cerrar la terraza, es necesario presentar un proyecto conjunto de la fachada aprobado por la comunidad de propietarios y en donde se refleje la ubicación de las máquinas de aire acondicionado, nuevas ventanas y/o de los cerramientos de fachada para todas las viviendas de esa fachada.

No hay que olvidar que además, en el caso de instalar aire acondicionado, hemos de cumplir con la normativa de distancias mínimas a las ventanas de las viviendas colindantes y aportar la planos que lo justifique.

aire acondicionado cubierta

¿Cuál es la normativa de ventilación y aire acondicionado?
Todas las estancias habitables de una vivienda o local (dormitorios, salones, cocinas, baños, despachos, zonas de venta…) tienen tener ventilación, ya sea directa (a través de una ventana) o indirecta (a través de un conducto).

Por el contrario, la instalación de aire acondicionado en es algo opcional.

Cuando expulsemos aire al exterior (aire acondicionado o ventilación mecánica), para no molestar a posibles vecinos, hay que cumplir unas distancias mínimas a las ventanas de los locales y viviendas colindantes que dependerán del caudal de aire expulsado. Además las máquinas que pongamos deberán cumplir cierto límite de ruido producido.

5 datos que debes saber acerca de la licencia de actividad

Para la apertura de un local comercial, de una oficina o de una nave, es necesario conocer la normativa para poder obtener los permisos y licencias obligatorios y poder iniciar la actividad que deseamos en el inmueble.
expedeiente
Cuando alquilemos un inmueble, una de las precauciones fundamentales que debemos de atender antes de firmar cualquier contrato de arras, señal o de arrendamiento, es confirmar que el inmueble tiene licencia o al menos que puede utilizar para a la actividad que deseamos llevar a cabo. Por eso es aconsejable acudir al Ayuntamiento correspondiente para recopilar información sobre el local y que nos orientes sobre todas las tasas y los trámites que debemos seguir.

Con referencia a las licencias de actividad debemos saber una serie de datos esenciales que nos permitirán orientarnos para poder conseguir los permisos que necesitemos para nuestro local:

Concepto de licencia de actividad y normativa aplicable.
La licencia de actividad es una licencia municipal para que un local, nave u oficina se pueda destinar a una actividad comercial, industrial o de servicios. Básicamente consiste en un documento que acredita que se reúnen los requisitos de habitabilidad y uso de la actividad que corresponda.

En primer lugar, a la hora de obtener una licencia debemos tener en cuenta dónde se encuentra ubicado el inmueble para poder acudir al Ayuntamiento correspondiente según la situación de dicho inmueble y para poder consultar la normativa correspondiente.

Obligación de obtener licencia.
La Ley 12/2012 de 26 de diciembre, liberalizó en gran medida los requisitos exigidos para abrir un comercio en España, puesto que estableció en determinados casos, la posibilidad de sustituir la licencia por una declaración responsable de inicio de actividad.

 Requisitos habituales.
Antes de comenzar a realizar una actividad debemos tener en consideración algunos requisitos de cara a los permisos que sean necesarios en algunos casos:

Licencia de obras: será necesaria su solicitud en determinados casos cuando se tengan que realizar obras en el local.

Prevención de incendios: se deberá cumplir la normativa que sea aplicable en cuanto a salidas de emergencia, extintores, alumbrado, señalización etc.

Medidas de higiene: se deberán tener en cuenta sobre todo en aquellos establecimientos donde se manipulen alimentos o se sirvan comidas.

Medidas de control del ruido: se tendrán en consideración en aquellos casos en los que se vayan a desarrollar actividades que generen ruido o vibraciones.

Diferentes tipos de permisos.
En el caso de Madrid, la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas establece varios tipos de permisos necesarios para desarrollar una actividad según cada caso:

1. Declaración responsable: documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos por la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.

2. Comunicación previa: documento mediante el que el interesado pone en conocimiento de la Administración sus datos identificativos y demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o el inicio de una actividad.

3. Licencia de actividad: acto reglado mediante el cual el Ayuntamiento, previa comprobación del cumplimiento de las condiciones establecidas por la normativa aplicable, autoriza la implantación de la actividad.

Documentación requerida.
Por lo general, aunque habrá que cotejar cada caso concreto, se suelen solicitar los siguientes documentos para solicitar una licencia de actividad o declaración responsable en su caso:

-Proyecto técnico.
-Planos.
Justificante de pago de las tasas e impuestos que correspondan (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, Tasa por gestión de residuos de la construcción etc.)

A la vista de todo lo expuesto anteriormente y de las diferencias que existen en la normativa de un municipio a otro, es necesario consultar con un especialista que nos pueda asesorar sobre los permisos y licencias necesarios para desarrollar una actividad y sobre los trámites que debemos cumplir.

Más info.

Cómo montar una escuela infantil, ludoteca o guardería

A continuación os dejamos el cuaderno editado por la Comunidad de Madrid en el que se habla específicamente de cómo montar una escuela infantil, ludoteca o guardería trámites licencias de actividad, etc.

Licencia de actividad escuela infantil

Encontrarás las pautas para la creación de una empresa, así como información específica referida a este tipo de negocio. Esperamos que su lectura te motive para tomar el camino del emprendimiento y comenzar a dar los pasos necesarios para la creación de tu propia empresa.

La idea de montar un negocio propio es un sueño que mucha gente ha tenido alguna vez en su vida y que cada día se hace realidad con más frecuencia.
La Comunidad de Madrid no es ajena a esta situación y ha adquirido un especial compromiso para promover, fomentar, facilitar y favorecer el emprendimiento y el autoempleo. Para ello, ha puesto en marcha numerosos servicios, programas y acciones con los que quiere reforzar la cultura emprendedora de los ciudadanos.
Como consecuencia de ello, cada vez son más los madrileños que contemplan la posibilidad de crear su propia empresa como una opción real y factible de desarrollo profesional.
En este entorno cada vez más favorable, los cuadernos Quiero montar… nacen con la intención de proporcionar orientación de utilidad a aquellas personas que contemplan la opción de emprender como vía de desarrollo de su carrera profesional y laboral.
Consideramos que las pautas e información que ofrecemos en estas páginas servirán de motivación para muchos emprendedores potenciales y les animarán a transformar sus ideas de negocio en auténticos proyectos empresariales.

Al final de este artículo podrás encontrar el enlace de descarga del cuaderno, pero aquí comentaremos los aspectos más relevantes de cara a la elección del local y la tramitación de la licencia de una escuela infantil.

Más info.

Consulta urbanística común

Mediante la consulta urbanística común los ciudadanos pueden solicitar información sobre temas tales como: la situación urbanística de una determinada parcela, solar,  o inmueble; los actos o usos del suelo o subsuelo permitidos; el procedimiento de tramitación aplicable para determinada  actuación; los informes sectoriales necesarios; la normativa de aplicación, etc.

Contenido de la consulta urbanística común:

Necesidad de licencias para hacer determinada actuación.
Tipo de procedimiento necesario para realizar determinadas obras relacionadas con viviendas (incluidos garajes, trasteros etc.); por ejemplo, si se precisa o no proyecto técnico para las mismas.
Informes sectoriales necesarios en determinadas actuaciones.
Calificación urbanística de una parcela.
Normativa urbanística de aplicación; normativa sectorial, tanto de ámbito municipal como supramunicipal; normativa de aplicación para un uso concreto.
Condiciones de determinadas parcelas, edificabilidades, alturas, etc.
Madrid Agencia de Actividades

Documentación de la consulta urbanística común:
Instancia general de solicitud
Plano, croquis o fotocopia de callejero señalando la situación del edificio,  parcela o solar, conforme al «Callejero Municipal » del Ayuntamiento de Madrid.
Tasa por prestación de servicios urbanísticos.

Licencia Normativa
Información complementaria

Respuesta del Ayuntamiento

Plazo: 15 días, salvo que requiere el informe preceptivo de otros servicios municipales, que deberá producirse en el plazo de 15 días a partir de la fecha de recepción del mismo.
Contenido: la consulta se resolverá mediante el oportuno informe técnico.
La respuesta a la consulta no exime del deber de obtener la correspondiente licencia urbanística o presentar la Declaración Responsable o Comunicación Previa correspondiente.

Licencia de Actividad en Majadahonda

Licencias

La tramitación de una obra varía dependiendo del lugar donde se quiera ejecutar, la clase de trabajos y la compatibilidad urbanística.

Licencia Actividad Ayuntamiento Majadahonda

¿Cómo puedo hacer el trámite?

Por Internet: Desplazándose hasta la modalidad de Licencia que necesita. En ella podrá descargar el impreso de solicitud y hacer el pago de las tasas correspondientes en línea.

Presencialmente: Puede desplazarse al Ayuntamiento en Plaza Mayor, 3 segunda planta de 9:00 a 14:00 horas para obtener información básica, y pedir cita previa para presentar documentos o consulta a los técnicos.

¿Cómo puedo pagar la autoliquidación?

Por Internet: A través de este enlace https://portaltributario.majadahonda.org/AutoLiquidaciones/?idioma=es

En caso de que se le solicite número de expediente indicar número 0

¿Que tasas debo abonar?

01. SOLICITUD DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y FICHA TECNICA:
Tasa 990,79€

02. SOLICITUD DE LICENCIA DE APERTURA CALIFICADA:
15 €/m2 en dos conceptos:

8,25 € por cada metro cuadrado o fracción de superficie de dicha actividad en concepto de Revisión de Proyecto y documentación técnica
6,75€ por cada metro cuadrado o fracción de superficie de dicha actividad en concepto de Inspección

150,25€ en concepto de publicación en el B.O.C.M.

03. SOLICITUD DE TERRAZA ANEJA A ESTABLECIMIENTO HOSTELERO:

Tasa por tramitación de expediente:
395,90€ en terreno público
201,05€ en terreno privado

UNA VEZ CONCEDIDA:

Tasa anual en terreno privado:
Delimitada por acera o vía pública: 395,90€
Resto de situaciones: 201,05€

Tasa anual en terreno público:
Categoría de la calle 1ª o 2ª: 59,65 €/m2
Gran vía, Pza. de Colón, Peatonal y Cra. De Boadilla: 80,88 €/m2
No comprendida en los otros grupos: 39,43 m2

Más info.

Ventanilla Unica del Emprendedor

¿QUÉ ES LA VENTANILLA ÚNICA DEL EMPRENDEDOR?

Se trata de un espacio centralizado de información sobre el emprendimiento empresarial, los pasos y los trámites administrativos para la creación de empresas y sobre las ayudas, subvenciones, líneas de crédito bancario y otros recursos disponibles de apoyo a los emprendedores.  Un espacio único para sacar adelante su iniciativa.

Ventanilla unica

¿DÓNDE PUEDES ASESORARTE?

C/ Príncipe de Vergara 140, planta baja (entrada por c/ Cartagena, 178) Madrid.

Imprescindible solicitar cita previa ON LINE.

Para constitución de empresas (PAE-Punto de Atención al Emprendedor) la primera cita será para solicitud de datos.

El horario de atención es de lunes a jueves de 9 a 17 horas y los viernes de 9 a 14 horas.

SOLICITA INFORMACIÓN PERSONAL
Envía un correo con tu consulta a asesor3me@madrid.es y te responderán a la mayor brevedad posible.

Quiénes son…

Más info.
Pago tasas licencia actividad y declaracion respnsable 2

¿Cuáles son los bancos autorizados a tramitar el pago de las tasas del Ayuntamiento de Madrid?¿Dónde se pagan las tasas?

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Una de las consultas más habituales a la hora de abonar las tasas cuando se está tramitando una licencia de actividad o una declaración responsables es:

¿DONDE SE PUEDEN PAGAR LAS TASAS DEL AYUNTAMIENTO?

Con fecha 5 de abril de 2019, por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, se ha prorrogado por un período de dos años el Contrato de Servicios Financieros y Bancarios al Ayuntamiento de Madrid.

Entidades autorizadas

  • Banco Santander, S.A.
  • Banco Sabadell.
  • CaixaBank, S.A.
  • Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.
  • Ibercaja Banco, S.A.

Licencia de Apertura y Actividad Zapateria A’rcopedico

Hemos tramitado la licencia de apertura y actividad de una nueva zapatería: «A’rcopedico”, situado en la calle del Conde de Peñalver nº20, 28006 Madrid.

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Aprovechamos la ocasión para refrescar un poco la memoria respecto a la normativa y condiciones de este tipo de locales:

Como cualquier comercio no alimentario, la altura libre ha de ser como mínimo 2.50 metros. Si la ocupación del local es inferior a 50 personas se permite un baño mixto para hombres, mujeres y personal. Si la ocupación fuese superior a 50 personas, sería necesario disponer de aseos separados por sexos para personal.

En este caso en concreto se procedió a restaurar la fachada a su estado original y hubo que tener especial cuidado a la hora de elegir el rótulo de fachada (letra suelta).

2013 12 04 17.39.51 1024x768El recorrido evacuación desde todo punto ocupable debe ser inferior a los 25 metros (no computarían el interior de los despachos, almacenes ni las cabinas de los aseos).

2013 12 04 17.40.03 1024x768El cuarto de basuras, al considerarse que se genera un volumen de residuos muy inferior a 240 L/dia, no es necesario que el local cuente con un cuarto de basuras propio, por lo que se utilizará el cuarto de basuras de la comunidad situado en las zonas comunes del edificio.

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Todas las estancias deben contar con ventilación natural y / o mecánica. Y deben existir extintores al menos cada 15 metros y luces de emergencia.

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www.arcopedico.com

Tel: 914 310 211
arcopedicomadrid@gmail.com

¿Cuál es el horario permitido para hacer obras?

Cuando tramitamos una licencia de actividad o apertura y se empieza la transformación del local, es inevitable que a la hora de realizar la obra siembre existe algún vecino que se queja por las molestias del ruido ocasionado, pero… ¿Cuál es el horario permitido para hacer obras? Esta es una de las preguntas más frecuentes sobre licencias de actividad que nos hacen:

Ruido Obras

Antes de nada, debemos recordar que para hacer obras o reformas hay que pedir licencia al ayuntamiento. Si se considera obra mayor (la obra afecta a la fachada, a la estructura o hay un cambio de uso) se necesita un proyecto técnico de un arquitecto. Si se considera obra menor, generalmente basta con describir la obra y dar un presupuesto aproximado, además de pagar las tasas correspondientes.

En cuanto al horario, la normativa de Madrid dice:

Las obras y trabajos de construcción, modificación, reparación o derribo de edificios o infraestructuras, así como las que se realicen en la vía pública, no se podrán realizar, de lunes a viernes, entre las 22 y las 7 horas o en sábados y festivos entre las 22 y las 9 horas, salvo por razones de urgencia, seguridad o peligro. Si por necesidades técnicas o de movilidad no pudieran realizarse durante el día, podrá autorizarse previamente su realización durante los citados horarios, determinándose expresamente el periodo horario y el plazo durante el que se permitirán los trabajos nocturnos.

El nivel de ruido que se puede transmitir (incluso en el horario permitido) a los locales colindantes es:

Uso del local receptor y tipo de estancia o recinto Índice de ruido

Descriptor dBLkep,5s

Día

Índice de ruido

Descriptor dBLkep,5s

Tarde

Índice de ruido

Descriptor dBLkep,5s

Noche

 Sanitario. Estancias  40  40  30
 Sanitario. Dormitorios  30  30  25
 Residencial. Estancias  35  35  30
 Residencial. Dormitorios  30  30  25
 Educativo. Aulas  35  35  35
 Educativo. Despachos, salas de estudio o lectura  30  30  30
 Hospedaje. Estancias de uso colectivo  45  45  45
 Hospedaje. Dormitorios  35  35  25
 Cultura. Cines, teatros, salas de conciertos. Salas de conferencias y exposiciones  30  30  30
 Administrativo y de oficinas. Despachos profesionales  35  35  35
 Administrativo y de oficinas. Oficinas  40  40  40
 Restaurantes y cafeterías  45  45  45
 Comercio  50  50  50
 Industria  55  55  55

Para pasillos, aseos y cocina, los límites serán 5 dBA superiores a los indicados para el local al que pertenezcan. Para zonas comunes, los límites serán 15 dBA superiores a los indicados para el uso característico del edificio al que pertenezcan. En el caso de locales de uso sanitario, residencial u hospedaje esas tolerancias se aplicarán sobre los límites correspondientes a estancias.

Estos límites se considerarán cumplidos, cuando los valores de los índices acústicos evaluados conforme a los procedimientos establecidos en el anexo III no excedan en ningún caso en 5 dBA o más el límite de aplicación fijado en tabla anterior.

  • Periodo día, comprendido entre las 7 y hasta las 19 horas.
  • Periodo vespertino, o periodo tarde, comprendido entre las 19 y las 23 horas.
  • Periodo nocturno, entre las 23 y las 7 horas.
  • El período nocturno en días festivos se amplía a 9 horas continuas de duración, comprendidas entre las 23 de la víspera y las 8 horas.

Y el nivel de ruido que se puede transmitir a la calle es de:

 Tipo de área acústica  Límire para el día. Descriptor dBLKAeq5s  Límite para la tarde. Descriptor dBLKAeq5s  Límite para la noche. Descriptor dBLKAeq5s
 eI  50  50  40
 aII  55  55  45
 dIII  60  60  50
 cIV  63  63  53
 bV  65  65  55

Estos límites se considerarán cumplidos, cuando los valores de los índices acústicos evaluados conforme a los procedimientos establecidos en el apartado 1 del anexo III no excedan en ningún caso en 5 dB o más el límite de aplicación fijado en la tabla anterior.

Área Tipo I (e):

  • Uso dotacional equipamiento sanitario
  • Uso dotacional equipamiento bienestar social
  • Uso dotacional docente o cultural

Área Tipo II (a):

  • Uso residencial
  • Uso dotacional religioso
  • Uso dotacional zonas verdes
  • Usos incluidos en el Tipo e que no requieran una especial protección contra la contaminación acústica

Área Tipo III (d):

  • Uso terciario hospedaje
  • Uso terciario oficinas
  • Uso terciario comercial
  • Dotacional servicios Administraciones Públicas
  • Dotacional deportivo
  • Dotacional servicios públicos

Área Tipo IV (c):

  • Terciario recreativo y espectáculos

Área Tipo V (b):

  • Industrial

Área Tipo VI (f) :

  • Dotacional ferrocarriles y carreteras
  • Dotacional transporte aéreo
    • Periodo día, comprendido entre las 7 y hasta las 19 horas.
    • Periodo vespertino, o periodo tarde, comprendido entre las 19 y las 23 horas.
    • Periodo nocturno, entre las 23 y las 7 horas.
    • El período nocturno en días festivos se amplía a 9 horas continuas de duración, comprendidas entre las 23 de la víspera y las 8 horas.
    • Actos de especial proyección cultural, oficial o religiosa: el Ayuntamiento podrá adoptar las mediadas necesarias para modificar o suspender con carácter temporal en las vías afectadas, los niveles señalados.

Denuncias por ruidos interiores y exteriores

  • Toda instalación, establecimiento, actividad o comportamiento debe respetar los límites de transmisión de ruidos al medio ambiente exterior y locales (o viviendas) acústicamente colindantes. Estos ruidos no deben sobrepasar los niveles admitidos por la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) en sus artículos 15 y 16 respectivamente, según las zonas y horarios, considerando horario nocturno el comprendido entre las 23 y las 7 horas en días laborables, y entre las 23 y las 8 horas los días festivos.
  • Los ruidos por mudanzas, desplazamiento de muebles, traslado de enseres o realización de obras en el interior de viviendas o locales, no se podrán efectuar desde las 21 hasta las 8 horas, en días laborables y desde las 21 hasta las 9:30 horas, los sábados, domingos y festivos.
  • Las obras y trabajos en el medio ambiente exterior de construcción, modificación, reparación o derribo de edificios o infraestructuras, así como las que se realicen en la vía pública, no se podrán realizar, de lunes a viernes, entre las 22 y las 7 horas o en sábados y festivos entre las 22 y las 9 horas, salvo por razones de urgencia, seguridad o peligro. Si por necesidades técnicas o de movilidad no pudieran realizarse durante el día, podrá autorizarse su realización en otros horarios con un permiso especial del Ayuntamiento.
  • Queda prohibido el empleo de todo dispositivo sonoro con fines de propaganda, reclamo, aviso, distracción y análogos, que no haya sido previamente autorizado, con el fin de evitar la superación de los límites señalados en la Ordenanza (art. 40).

Es de buena conducta avisar a la comunidad del horario y duración de las obras. Si tiene licencia y se respeta el horario establecido, la comunidad no podrá poner impedimentos, salvo que se refleje lo contrario en los estatutos.