- Se bonifican todas las construcciones, instalaciones y obras en un 95% (el porcentaje máximo de bonificación).
- Se establece un límite máximo de la cuantía de la bonificación de 3.000 euros.
- Alrededor del 90% de todas las obras del municipio se verán casi exentas del ICIO desde que entre en vigor la nueva bonificación.
La Junta de Gobierno ha acordado reducir la fiscalidad del ICIO, el impuesto sobre construcciones o instalaciones que exigen disponer licencia, para aquellas actividades que impulsen la economía y el emprendimiento. La bonificación se aplicará a todas las obras, lo que supone que el impuesto prácticamente desaparecerá para el 90% de las que se realizan en el municipio y coincide con aquellas que suelen acometer las familias con rentas pequeñas y los pequeños negocios.
La Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid (ATM) ha estimado en quince millones el importe que se dejará de recaudar por este impuesto como consecuencia de esta medida.
La medida, que entrará en vigor en mayo, consiste en reducir la fiscalidad del ICIO, para las obras que impulsan la actividad económica y en definitiva favorecen el emprendimiento.
Por esta razón, desde la ATM se ha considerado adecuado utilizar la bonificación potestativa que permite la Ley de Haciendas Locales y establecer una bonificación con las siguientes características:
- Se bonifican todas las construcciones, instalaciones y obras en un 95% (el porcentaje máximo de bonificación).
- Se establece un límite máximo de la cuantía de la bonificación de 3.000 euros
- Lo anterior implica que para las obras de coste inferior a los 80.000 euros aproximadamente, se verán beneficiadas de la bonificación máxima (95%). Esto supone que alrededor del 90% de todas las obras del municipio se verán casi exentas del ICIO desde que entre en vigor la nueva bonificación
A partir de dicho coste de obra, y dado que la cuantía de la bonificación sería de 3.000 euros, este importe equivale a un porcentaje de bonificación decreciente en relación con el coste de la obra (a mayor coste de la obra, menor importancia relativa de esos 3.000 euros de bonificación sobre la cuota del ICIO).
Se trata de una bonificación que se aplica condicionada a la declaración de especial utilidad municipal por el Pleno del Ayuntamiento. Por tanto, el contribuyente incluirá en su autoliquidación del ICIO la aplicación de la bonificación (equivalente a la solicitud) y dichas solicitudes serán objeto de remisión mensual al Pleno municipal mediante relación informatizada que permita identificar aquélla y consiguientemente, la obra. De este modo, se agiliza sobremanera el trámite administrativo de declaración de utilidad en beneficio del contribuyente y de la propia eficacia administrativa establecida en la Ley 30/1992.
Impacto en el Empleo
La Ley Reguladora de las Haciendas Locales permite una bonificación del ICIO de hasta el 95 por ciento a favor de las construcciones, instalaciones u obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales o de fomento del empleo.
La bonificación máxima afecta a las obras cuyo montante total, la base imponible del impuesto, sea inferior a los 80.000 euros, por lo que se está orientando hacia obras acometidas por las familias, especialmente las de menor renta, y pequeños negocios. Pero ello no implica que el resto de las obras cuyo coste sea superior a esos 80.000 euros no tengan bonificación, sino que el importe de la misma se limita a 3.000 euros.
Los pequeños negocios ya gozaban desde finales de 2013, en el caso de nuevas actividades, de la posibilidad de una bonificación en los primeros 45.000 euros del coste efectivo de las construcciones, instalaciones y obras realizadas. El proyecto contempla incrementar ese límite hasta los 80.000 euros para seguir disfrutando de la bonificación máxima del 95%, y para obras de mayor coste la bonificación se limitaría a los 3.000 euros.
Implantar una bonificación del 95% en el ICIO, para los primeros 80.000 euros de coste real y efectivo, conllevaría, de un lado, un ahorro para las familias de 2,7 millones de euros; y de otro, una generación total de empleo, derivado del aumento de actividad, de unos 870 nuevos puestos de trabajo a tiempo completo.
Asimismo, esta bonificación supondría unos menores costes de actividad para las empresas de unos 12,3 millones de euros, que podrían ser aplicados directamente a su actividad productiva.