Cómo montar una clínica veterinaria

A continuación os dejamos un resumen del cuaderno editado por la Comunidad de Madrid en el que se habla específicamente de cómo montar una clínica veterinaria y sobre cómo realizar los trámites de licencias de actividad, etc.

Licencia Actividad clínica veterinaria

COSAS QUE DEBES SABER SI QUIERES MONTAR UNA CLÍNICA VETERINARIA
¿Qué es una clínica veterinaria?
Una clínica veterinaria es aquel centro en el que profesionales especializados se ocupan de las enfermedades y su prevención, del manejo, conducta, nutrición, selección genética, medicina preventiva y curativa, identificación y peritaje de los perros, gatos y de otros animales de compañía.

Existen diferentes tipos de centros veterinarios, cuya clasificación está en función de las actividades que en ellos se desarrollan:
Consultorio veterinario
Clínica veterinaria
Hospital veterinario
Hospital veterinario universitario
Centros habilitados temporalmente por la administración

En las siguientes páginas encontrarás información detallada sobre las características y requisitos específicos de cada uno de estos centros.

Licencia Actividad centro veterinaria

Licencias de apertura, actividad y funcionamiento
Antes del comienzo de tu actividad, deberás tramitar, como titular de la actividad y en el Ayuntamiento correspondiente al municipio en el que quieres instalar tu clínica veterinaria, la correspondiente licencia de actividad y, en su caso, de apertura y funcionamiento.

Por lo que se refiere a la Licencia de Apertura y Funcionamiento, ésta tiene por objeto autorizar la puesta en uso de los edificios, locales o instalaciones, previa constatación de que cumplen las condiciones de la Licencia de Actividades y de que se encuentran debidamente terminados y aptos, según las condiciones urbanísticas, ambientales y de seguridad de su destino específico.

Una vez obtenidas estas licencias, y también con carácter previo al inicio de la actividad de tu clínica veterinaria, debes inscribir tu centro, así como a los veterinarios adscritos al mismo, en el Registro de Centros y Profesionales Veterinarios.

La solicitud de inscripción del centro se realizará por escrito mediante instancia normalizada y en ella se aportarán los datos y documentos siguientes:

Fecha de solicitud de inscripción en el registro.
Solicitud de denominación de centro de trabajo y clasificación que se pretende.
Plano del local y distribución, instalaciones y mobiliario.
Servicios prestados (urgencias, 24 horas, atención a domicilio, ambulancia, etc.)
Dirección, teléfono y horario de funcionamiento.
Licencias y autorizaciones administrativas pertinentes.
Fotocopia del IAE o impuesto equivalente.
Titular o titulares del centro.
Nombre y número de colegiado del director técnico, nombramiento y aceptación del cargo y relación contractual del mismo.
Nombre y número de colegiado de los veterinarios adscritos al centro, y relación contractual de los mismos.
Firma del propietario y del director facultativo afirmando que conocen el Reglamento y el Código Deontológico de la profesión veterinaria.

Licencia de Actividad clínica veterinaria 1024x337

Todos los centros deben exhibir la citada autorización en lugar claramente visible, preferiblemente en un lateral de la puerta de acceso o en la puerta de acceso al local.
Como titular del centro deberás comunicar al Colegio de Veterinarios todas las modificaciones que se produzcan sobre las condiciones iniciales de tu autorización (altas y bajas de los veterinarios, traspasos, supresión o incorporación de servicios, etc.).
No debes olvidar que los profesionales veterinarios adscritos a tu centro deben estar inscritos previamente en el Registro de Centros y Profesionales Veterinarios para poder ejercer su actividad profesional en el mismo. Por otro lado, si bien existe la posibilidad de incorporar a estudiantes de veterinaria en la clínica para la realización de prácticas, éstos deberán registrarse
en el Colegio de Veterinarios como tales.
Si tienes previsto incorporar a tu clínica veterinaria la venta de animales, también deberás darte de alta en el Registro de Actividades Económico-Pecuarias de la Comunidad de Madrid en la categoría de núcleo zoológico.

 

Requisitos mínimos y características específicas de los centros veterinarios

Los requisitos materiales mínimos con los que debe cumplir un centro veterinario están en función del tipo de centro del que se trate y de las actividades que en él se desarrollan.

Consultorio veterinario
Se trata de un centro dedicado exclusivamente al ejercicio veterinario y ha de contar, como mínimo, con:
Acceso independiente.
Una sala de recepción o espera.
Una sala para consulta y pequeñas intervenciones médico-quirúrgicas que incluirá, al menos, una mesa de exploración con la iluminación adecuada y dotación de agua fría y caliente. Esta sala será independiente de la sala de espera.
Materiales médico-quirúrgicos e instalaciones necesarias para las actividades que se realicen.
Un lector homologado de microchips.

Licencia de Actividad consulta veterinaria

Clínica veterinaria
Es el conjunto de dependencias que comprenden las descritas para el consultorio veterinario, además de:
Un quirófano independiente de cualquier otra dependencia, con medios de reanimación y gases medicinales.
Existencia de equipos de esterilización para el instrumental y material quirúrgico.
Instalación de radiodiagnóstico de acuerdo con la normativa vigente.
Laboratorio que incluya microscopio y medios para análisis bioquímicos y hematológicos (estos han de se propios si anuncia urgencias y/o servicio de 24 horas; en caso contrario, pueden ser concertados).

Más info.
Licencia actividad clinica dental

Licencia de Apertura y Actividad para Clinica Dental

Es considerado consulta o clínica dental al establecimiento destinado a la realización de un conjunto de actividades orientadas a la promoción de la salud bucodental y a la prevención, diagnóstico y rehabilitación de anomalías y enfermedades de los dientes, la boca, los maxilares y tejidos anejos.

Licencia actividad clinica dentalA continuación indicamos los requisitos a cumplir y los factores a tener en cuenta para la obtención de la licencia de actividad de clínica dental. En el caso de ser de nueva implantación, se solicitará conjuntamente la licencia de funcionamiento y la licencia de actividad, exigidas para los centros sanitarios.

Debemos tener en cuenta que antes de solicitar la licencia de apertura y actividad de la clínica dental es necesario comprobar la viabilidad urbanística de la actividad y del local.  Saber que un local, sea cual sea su actividad, en un edificio que no disponga de licencia de actividad, el Ayuntamiento no permitirá la implantación de ninguna actividad, así como si se dispone de una actividad de un uso no permitido en dicho local, se ordenará la clausura y cese de actividad.

Licencia funcionamiento clinica dental

Para la implantación de la clínica dental se requiere de la solicitud de la Autorización de Sanidad, la cual ha de tramitarse en la Consejería de Sanidad. Se ha de solicitar conjuntamente a la licencia de funcionamiento y actividad ya que es necesaria para la obtención de la Autorización del Ayuntamiento y se suele demorar en su tramitación, siendo necesario tramitarlo desde el inicio de la solicitud de la licencia para evitar retrasos no previstos en la apertura de la clínica.

Requisitos generales de los centros y servicios de asistencia sanitaria sin internamiento y de los servicios sanitarios integrados en una organización no sanitaria:

Espacios físicos
a) Zona de espera.
b) Zona asistencial.
c) Zona de instalaciones y servicios generales.

En la zona asistencial siempre que se efectúe en el centro exploración física y/o aplicación de tratamientos y/o curas, deberán disponer de una sala de exploración y tratamiento, que podrá ser independiente o estar integrada en la sala de consulta.

En la zona de instalaciones y servicios generales se ubicarán los aseos que estarán integrados en el centro sanitario. Los ubicados en edificios o locales que dispongan de aseos comunes, se considerarán como propios siempre que estén situados en la misma planta que el centro sanitario y sin barreras arquitectónicas para su acceso.

También se ubicarán en esta zona los espacios destinados al procesado y almacenamiento de residuos, zona de sucio, limpieza, archivos y almacenes.

Limpieza, desinfección y esterilización

1. Los suelos, paredes y techos en las zonas asistenciales, de instalaciones y servicios generales serán de materiales lisos y lavables.

2. En caso de emplearse material y/o instrumental no fungible que requiera ser esterilizado, el centro o servicio deberá disponer (propio o concertado) de autoclave a vapor con controles de presión y temperatura y de capacidad suficiente para cubrir sus necesidades.

3. En el supuesto de que el instrumental, por sus características, no pueda ser esterilizado mediante autoclave a vapor, deberá disponer de métodos alternativos que garanticen su esterilización.

ESPACIOS FÍSICOS ESPECÍFICOS POR TIPO DE CENTRO O SERVICIO

1. Clínicas dentales

a. La sala de tratamiento dispondrá de un área de preparación de instrumental.

b. En caso de realizar vaciado de impresiones existirá un área específica destinada a este fin.

EQUIPAMIENTO SANITARIO ESPECÍFICO

Clínicas dentales
a. Sillón odontológico reclinable y con posición de Trendelenburg.
b. Lámpara articulada de iluminación adecuada a las intervenciones odontoestomatológicas.
c. Aire a presión con módulos de instrumental rotativos (turbina, micromotor) y jeringa con funciones de aire-agua-spray.
d. Sistema de aspiración.
e. Escupidera con agua corriente para su limpieza automática o embudo escupidor conectado al sistema de aspiración.
f. Negatoscopio.

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REQUISITOS DE PERSONAL ESPECÍFICOS

1. Clínicas dentales

En los casos en los que se realicen sedaciones será necesaria, la presencia de un Médico especialista en Anestesiología y Reanimación, excepto en los casos en que la sedación se realice por vía oral.

Accesibilidad
El local deberá ser accesible en la zona de acceso al público, en cumplimiento con la normativa de Accesibilidad, la cual será de aplicación siempre y cuando exista un cambio de uso en el local (de comercial a sanitario por ejemplo). En el caso de que la licencia anterior de la que dispone el local abarque el mismo tipo de uso de servicios sanitario, no será necesario realizar ninguna actuación para adaptar el local a la normativa de accesibilidad.

A tenor de lo visto anteriormente, cabe destacar que no es obligatorio disponer de un aseo adaptado a minusválidos para este tipo de establecimientos.

Proyecto de reforma y obras para locales y oficinas

La reforma de un piso, un local para su negocio o un edificio de oficinas es un proyecto es realmente apasionante pero a la hora de realizar la reforma integral de un local es muy importante realizar una adecuada planificación y una constante supervisión de los trabajos a realizar, de lo contrario jamás podremos obtener el resultado adecuado para la apertura o reforma de nuestro negocio. Por eso hacemos hincapié en la importancia de realizar un buen proyecto de reforma y la correcta dirección de las obras a realizar, para en todo momento estar pendiente del óptimo desarrollo de los trabajos.

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Conocemos la vital importancia que tiene hacer una buena inversión cuando comienzas la apertura de un nuevo negocio y desde nuestra empresa te ofrecemos también toda nuestra experiencia a la hora de realizar el proyecto de reforma e interiorismo de tu oficina o local comercial.  Te ofrecemos la mejor relación calidad-precio del mercado y siempre con la tranquilidad de trabajar con técnicos especializados; tanto a la hora de buscar el local más adecuado que cumpla con las condiciones necesarias para poder establecer la actividad que quiera instalar en el mismo, como para encargarnos de gestionar todos los trámites y documentación necesaria: proyectos de apertura, obtención de licencias de actividad y licencias de obraproyecto de reforma, declaraciones responsables, etc…

ASESORAMIENTO INMOBILIARIO

Antes de adquirir un local o vivienda podemos asesorarle sobre sus ventajas e inconvenientes: posibilidad de reformar, coste aproximado de las obras, normativa a contemplar, limitaciones de la normativa, actividades compatibles… Así podrá tener la seguridad de tomar la decisión acertada a la hora de adquirir su próxima vivienda o lugar para su negocio.

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PROYECTOS DE REFORMA Y OBRA

Nos encargamos de la redacción del proyecto de reforma que nos asegure la viabilidad del proyecto a ejecutar, la posterior redacción de proyecto de ejecución y tramitación de licencia de obra, elaboración de mediciones y presupuestos, dirección de obra y de la tramitación de licencia primera ocupación o actividad ante los ayuntamientos o juntas municipales.

Si lo que necesita es una reforma de su oficina o local comercial, integral o parcial, para cambiar la imagen corporativa de su negocio, nos encargamos de todo lo necesario, dándole un aspecto de acuerdo con sus expectativas y con la mejor relación calidad precio. Planificamos la ejecución de la reforma de su vivienda o negocio para que esté funcionando a la mayor brevedad posible.

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INFORMES DE OBRA

Sabemos de la dificultad que tienen algunos clientes para desplazarse y seguir el estado de la reforma de su piso o negocio, por eso queremos darle toda la tranquilidad ofreciéndole nuestro servicio de informes de la reforma. Así llamamos a nuestra forma de trabajar, un informe de cada visita para que el cliente pueda ver día a día fotos y textos de cómo se está realizando las obras. Somos conscientes de las molestias que causa cualquier reforma, por eso ponemos todos los medios para que su desarrollo sea lo más fluido y agradable posible.

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COMPARATIVO DE PRESUPUESTOS

Le recomendamos que al comparar presupuestos de varias empresas de reformas valore las calidades y trabajos incluidos antes de ver la cifra final. Es frecuente que algunas empresas, para dar el precio más bajo y obtener el encargo, no incluyan algunas partidas imprescindibles. Nosotros incluimos en todos nuestros presupuestos el comparativo de los presupuestos de reforma recibidos, evitando desagradables sorpresas e incrementos en el coste final de la obra.

Su tranquilidad será total al trabajar con técnicos titulados. Así contará con el mejor asesoramiento tanto si realiza una pequeña reforma interior como si es una obra que requiera modificar la estructura del edificio. Igualmente nos encargamos de toda la documentación que su ayuntamiento le requiera: proyecto de reforma realizado por técnico, obtención de licencias, documentación municipal, declaración responsable…

licencia obras 1

LICENCIA DE OBRA

Para tramitar la licencia de obra hemos de consultar en el ayuntamiento de nuestra localidad cuales son los permisos, tasas y otras gestiones que hemos de realizar antes de comenzar una reforma, de modo contrario, nos enfrentaríamos a una sanción administrativa que encarecerá el presupuesto debido a una falta de previsión. Cada ayuntamiento tiene una normativa concreta sobre la realización de obras y reformas, de modo que es necesario consultar cuales son las condiciones concretas en nuestra localidad…

Más info.

Tramitación de Licencias: Apertura y Funcionamiento, Servicios

Obtén gratis y de una manera fácil y rápida el prepuesto para tu licencia de apertura. Realizamos los proyectos de licencias de actividad al mejor precio.

Nos ocupamos personalmente de toda la tramitación de su licencia de apertura de actividad, no delegando el proyecto a terceros, por lo que ofrecemos un mayor control sobre todo el proceso y el resultado final del mismo para que obtenga su licencia en el menor tiempo posible y al mejor precio.

licenciaOs explicamos a continuación qué tipo de servicios de gestión y tramitación de licencias de apertura ofrecemos, tened en cuenta que en nuestros presupuestos siempre están incluidos todos los servicio, es decir, damos un servicio integral, desde los inicios hasta la obtención de la licencia.

ESTUDIAMOS LA VIABILIDAD
Lo primero es siempre comprobar que la actividad que pretende comenzar es viable en el emplazamiento que está estudiando, es decir: si la actividad está permitida en ese local u oficina, comprobando no sólo la normativa vigente sino también ciertos criterios en función de la actividad a implantar: altura mínima, accesibilidad, recorridos máximos de evacuación, servicios mínimos, aseos, etc…

Le ofrecemos siempre gratuitamente la realización de un Estudio de Viabilidad para la Implantación de su actividad en la ubicación de desee.

Este estudio previo es realmente muy importante hacerlo antes de la firma de los contratos de arrendamiento, compra- venta, contratación de seguros… para evitar un importante desembolso económico que bien podría llegar a ser infructuoso si el inmueble presenta algún impedimento para desarrollar la actividad deseada.

VISITAMOS EL INMUEBLE
Visitamos su inmueble para conocer su caso particular. La visita no supone ningún compromiso ni coste para usted y siempre la realizará un técnico cualificado, el cual será el encargado de realizar el su licencia personalmente. La toma de datos no la realizará en ningún caso personal no especializado ni comerciales.

REALIZAMOS DEL PROYECTO
Con todos los datos técnicos recopilados en la visita (uso al que se destinará, superficies, alturas, etc…), realizamos la gestión integral de su licencia de actividad: Proyecto, planos, certificados, memoria, carga de fuego, dirección de obra, pago de visados y toda la tramitación con los organismos competentes, tanto en el Ayuntamiento como en Sanidad, Industria… El proyecto debe contener todas las características del establecimiento: superficies, obras a realizar, instalaciones, presupuesto, etc, justificando siempre el cumplimiento de las normativas sectoriales y estatales. En función de la actividad a desarrollar, puede ser necesario que se presente documentación ante determinados Organismos Oficiales aparte del propio Ayuntamiento.

formularioGESTIONAMOS Y ENTREGAMOS SU LICENCIA
Una vez realizado el Proyecto, el siguiente paso es el abono de las Tasas Municipales para la obtención de la Licencia de Apertura. El importe de las mismas varía en función de varios aspectos tales como la actividad a desarrollar, la superficie construida del local o la ubicación del mismo. Con el resguardo de haber pagado las Tasas, se entrega toda la documentación técnica y complementaria ante los organismos pertinentes: Ayuntamiento, Industria, Consejerías de Sanidad, Medio Ambiente, ECU, etc.

Madrid Licencia de Actividades

Gestión integral de obras
Si es preciso realizar una obra de adecuación del local también le podemos realizar un presupuesto de manera independiente al mejor precio.

Proyectos de decoración
En muchas ocasiones, en especial para cierto tipo de actividades y en locales de cierto tamaño, nos solicitan realizar también los proyectos de decoración e interiorismo, y por supuesto también se lo podemos ofertar si lo que desea es una renovación completa de su local, independientemente de su licencia.

Tramitamos su Licencia ante cualquier Organismo
También gestionamos las tramitaciones con sanidad o industria para actividades tales como fisioterapia, consultas médicas, restaurantes, talleres o fábricas.

expedeiente
Legalización o modificación de Elementos en su Licencia
En ocasiones sólo se pretende realizar una pequeña modificación de la licencia, cambiando el horario o incluir alguna actividad complementaria compatible. En otras ocasiones hay que legalizar o incluir en la licencia elementos tales como máquinas de aire acondicionado, rótulos, toldos o elementos industriales… nosotros nos encargamos de todo.

Bonificación al inicio de actividad para emprendedores

Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
Licencia aperura ayudas bonificacion y subvencion
El pasado 1 de Enero de 2016 entró en vigor la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de Impuestos de Construcciones, Instalaciones y Obras que sustituye la bonificación del ICIO (que podía aplicarse con generalidad para cualquier tipo de obra) para volver a la bonificación tal y como estaba configurada desde el año 2013, es decir, supone el retorno a la “bonificación de emprendedores”.

Así esta modificación tiene como ámbito de actuación la Ordenanza de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid suprimiendo la limitación que se refería al alcance de las exenciones del artículo del TRLRHL (exención en el IAE).

CARACTERÍSTICAS DE LA BONIFICACIÓN
Las características de la bonificación serían:

•El importe de la misma se calculará sobre los primeros 45.000 euros de coste real y efectivo de las obras a realizar.
•El solicitante no debe formar parte del Sector Público y su ámbito de aplicación se circunscribe a los procedimientos tramitados al amparo de la Ordenanza de actividades económicas en la Ciudad de Madrid.
•Se concederá a cualquier actuación sometida al Impuesto, tanto de implantación o modificación, como de simple mejora, que no hubiera sido bonificada por el mismo concepto en los dos años anteriores para el mismo contribuyente y local (no obstante, si se produjese un cambio de actividad, podría aplicarse la bonificación aunque no hubiesen transcurrido los dos año indicados).

REQUISITOS
Además de estos requisitos específicos, existirán los generales contemplados para cualquiera de las bonificaciones ya existentes de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto. Dichos requisitos se resumen en:

•Que la bonificación sea solicitada en el plazo establecido para ello: antes del transcurso de dos meses desde el inicio de las obras (pues este plazo también ha sido modificado para todas las bonificaciones).
•Que se lleve a cabo la intervención municipal en los actos de uso del suelo, construcción y edificación (existencia de licencia o declaración responsable).

BONIFICACIONES

COD BONIFICACIONES DE DECLARACIÓN DE ESPECIAL INTERÉS O UTILIDAD MUNICIPAL
(Sección Primera)
% BONIF.
9120 Construcciones, Instalaciones y Obras de cualquier clase (I) 95%
9101 Nueva edificación para implantación de equipamiento dotacional incluido en art. 7.10.3. Apartados a) y b) de las NNUU del PGOUM gestionado directamente por una Entidad de carácter público. 70%
9112 Nueva edificación para implantación de equipamiento dotacional incluido en art. 7.10.3. Apartados a) y b) de las NNUU del PGOUM gestionado directamente por una Entidad de carácter privado. 35%
9102 Nueva edificación para implantación de equipamiento dotacional incluido en art. 7.10.3. Apartado c) de las NNUU del PGOUM. 35%
9103 Rehabilitación de edificios de uso residencial en Áreas o Zonas de Rehabilitación Preferente o Integrada o Concertada que obtengan de la administración competente la calificación de actuación protegida 70%
9104 Obras en edificios o elementos catalogados con nivel de protección 1 (Grados singular o integral) 75%
9105 Obras en edificios o elementos catalogados con nivel de protección 2 (Grados estructural o volumétrico) 35%
9106 Obras en edificios o elementos catalogados con nivel de protección 3 (Grados parcial o ambiental) 10%
9107 Obras de nueva planta de viviendas de protección oficial en régimen especial y viviendas de integración social (V.I.S.) 90%

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LAS BONIFICACIONES
1. Para gozar de las bonificaciones, será necesario que se solicite por el sujeto pasivo, lo que deberá efectuarse antes del transcurso de dos meses desde el inicio de las construcciones, instalaciones u obras. La solicitud se entenderá, en todo caso, realizada cuando el sujeto pasivo practique la autoliquidación del impuesto deduciéndose el importe de la bonificación.

2. A la solicitud debe acompañarse la siguiente documentación:

◦ Aquella que justifique la pertinencia del beneficio fiscal.
Identificación de la licencia de obras o urbanística, declaración responsable o comunicación previa o, en su caso, de la orden de ejecución que ampare la realización de las construcciones, instalaciones y obras.
Presupuesto desglosado de las construcciones, instalaciones u obras o de aquella parte de las mismas para las que se insta el beneficio fiscal.
◦ Si las obras se hubieran iniciado en el momento de la solicitud, declaración responsable en la que se haga constar la fecha de inicio de las construcciones, instalaciones u obras.

Si las obras no se hubieran iniciado en el momento de la solicitud, la documentación prevista en la letra d) anterior habrá de presentarse inmediatamente después del inicio de aquellas.

Licencia Autorización de terraza hostelería

Tramitación para autorización de la instalación de terraza y veladores

Documentación y trámite para conseguir la autorización de terraza y veladores.

Si estás pensando en solicitar la autorización de terraza y veladores, podemos ayudarte con la documentación técnica que solicita el ayuntamiento.

Realizamos los planos para que puedas tramitar la licencia de la terraza de tu negocio según la Ordenanza Reguladora de las Terrazas de Veladores y Quioscos de Hostelería.

Licencia terrazas
El servicio incluye:

Visita al local y toma de datos.
Plano de situación a escala 1/1000
Plano de la terraza a escala 1/100, acotado y justificando la normativa vigente.
Memoria con fotografías y fichas del mobiliario.

El Ayuntamiento regulará las licencias de las panaderías-degustación tras las críticas de los hosteleros

Exigirá las mismas condiciones que a los bares pero les permitirán abrir en zonas saturadas.

El Ayuntamiento va a modificar los requisitos exigidos hasta la fecha para la apertura de las denominadas panaderías degustación, en auge en la ciudad en los últimos años. La decisión, de la que todavía se ultiman los detalles, llega tras las críticas del sector hostelero y de los principales sindicatos, que veían irregularidades en la concesión de licencias a este tipo de establecimientos.

licencia panaderia degustacion
En concreto, denunciaron que bajo el paraguas del término degustación, se estaba realizando una actividad hostelera que suponía una competencia desleal frente a los bares de la capital aragonesa, que debían hacer frente a mayores exigencias (instalación de baños, licencias más restrictivas, ubicación en zonas no saturadas, etc).

Además, los sindicatos criticaron que los trabajadores de estas panaderías perdían en torno a 6.000 euros al año por no estar regidos por el convenio laboral de la hostelería. Un agravio que debía subsanarse “cuanto antes”.

Ante esta situación se reunió el pasado mes de mayo un grupo de trabajo formado por los sectores afectados y las administraciones públicas para abordar el tema y acabar con estas “ventajas” que obtenían las nuevas panaderías-bar por parte del Ayuntamiento.

La propuesta, todavía por definir, pasaría por elevar el nivel de exigencia a estos nuevos negocios, como por ejemplo con la obligación de instalar baños y otros requisitos de carácter sanitario y urbanístico. Además, se estudia la posibilidad de condicionar el tipo de licencia -de bar o de comercio- en función del porcentaje de local dedicado a una u otra actividad.

licencia panaderia
En cuanto a los salarios y a las condiciones de los trabajadores planteadas por los sindicatos, desde el Consistorio aseguran que “es una cuestión laboral más que de Urbanismo” pero que “se va a colaborar en todo lo posible por mejorarlas”.

Por su parte, las asociaciones empresariales no ven con buenos ojos dar vía libre a la instalación de estos negocios en las zonas saturadas ni diferenciar por el porcentaje de local destinado a cada uso, ya que «se estaría creando una tercera categoría».

Además, recuerdan que estos negocios «se agarran a su licencia de comercio para no pagar lo que deberían a sus trabajadores», por lo que reclaman que la licencia otorgada sea de hostelería. «Es la única manera de conseguir una solución definitiva», argumentan.

Ayudas «Madrid Tax Free»

licencia
Iniciativa del Ayuntamiento de Madrid para incentivar actividades económicas. Consiste en la devolución del 100% del importe privado pagado a la ECU por la gestión de licencias, siempre y cuando se encuentren devengados y/o facturados y abonados por el interesado entre el 1 de enero de 2011 y el 30 de Septiembre de 2015.

Destinatarios

«Madrid Tax Free» está destinado a uevas micro empresas y pymes constituidas a partir del día 1 de enero de 2011 y domiciliadas en el municipio de Madrid.

Requisitos

– Ser empresa con alguna de las siguientes formas jurídicas: Persona física o Persona jurídica.
– Ser Micro, pequeña o mediana empresa.
– Ser empresa de nueva creación.
– Domicilio fiscal o el establecimiento del negocio en la ciudad de Madrid.
– Haber abonado de manera efectivo el precio privado a la ECU por la tramitación de licencias.

Documentación

1. Solicitud en formulario normalizado.
2-Original de la factura emitida por la Entidad Colaboradora Urbanística (ECU) y justificante del pago de la misma. En caso de no poder dejar los originales en poder del Ayuntamiento de Madrid, se podrán presentar copias de dichos documentos que serán compulsadas en la oficina de registro.
3- Documento T de alta de pago por transferencia.
4- Si el solicitante es persona jurídica, escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como acreditación del poder de representación.

Presentación solicitudes

Preferentemente en el registro Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública (Economía), sito en C/ Príncipe de Vergara 140 planta Baja o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, 26 Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Más información: www.madridemprende.es

En Barcelona la justicia cierra cuatro guarderías sin licencia

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado al consistorio a “acordar el cese inmediato de la actividad y la clausura” de cuatro centros del distrito: Mafalda II, Niu, Xerric-Xerrac y Esclop.

Joan Lluís Liste siente que el Ayuntamiento de Barcelona le ha llevado a la ruina. En 2008, el consistorio hizo público que iba a clausurar su guardería, La Granota, con el argumento de que no tenía licencia. El anuncio hizo que Liste perdiera la mayoría de matriculaciones y le obligó a despedir a una treintena de trabajadores. También provocó su ira: desde entonces, el empresario batalla para lograr que el Ayuntamiento clausure otras guarderías del Eixample que (éstas sí) operan sin licencia.

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La resolución, que es firme, considera que el empresario tiene un “legítimo interés competitivo” para interponer la demanda, ya que las cuatro guarderías están ubicadas en el Eixample y debe competir contra ellas para captar alumnos. “Es competencia desleal, son guarderías clandestinas”, explica a este diario Liste.

La sala de lo contencioso-administrativo del TSJC agrega que los cuatro centros carecen de la licencia ambiental municipal, que es obligatoria, por lo que deben ser clausurados. Desde que se interpuso la demanda ha pasado tanto tiempo que dos de ellas, de hecho, ya no funcionan: El Niu y Xerric-Xerrac. Liste denuncia que esas dos guarderías tenían ya una orden de cese de actividad del Ayuntamiento pero que han tenido margen suficiente para seguir operando. Liste dirigió su demanda contra esas cuatro guarderías privadas porque dice que son las que “reciben subvenciones públicas”. Todas ellas tienen capacidad para más de 100 alumnos y el propio ayuntamiento reconoció, según la sentencia, “la falta de titulación” ambiental. Las guarderías privadas precisan de dos licencias: una, de Enseñanza; la otra, del Ayuntamiento. De esta última carecen la mayoría de establecimientos, según el empresario.

Liste va a exigir la “ejecución inmediata” de la sentencia. Cree que ahora es el mejor momento porque no afecta tanto a los padres, ya que aún no ha empezado el curso escolar. También pedirá que los centros devuelvan el dinero público que han recibido y prevé querellarse contra varios exresponsables municipales por prevaricación.

Origen: La justicia condena a Barcelona a cerrar cuatro guarderías sin licencia | Cataluña | EL PAÍS