¿Cual es el precio de una licencia de apertura?
Una de las preguntas más frecuentes a la hora de montar un nuevo negocio o iniciar una nueva actividad es saber cual es el precio total que supondrá una nueva licencia de apertura, incluyendo todos los costes totales, tanto las tasas que se hay que abonar en el Ayuntamiento (ICIO, Aval Residuos…) como el precio del proyecto técnico.
No existen unas tasas o un precio fijo ya que las tasas las dictamina cada Ayuntamiento independientemente en función de ciertos parámetros tales como el tipo de actividad que se va a iniciar, la situación del inmueble así como de la superficie del mismo, por lo que hay que consultar directamente cada caso a cada Ayuntamiento en particular para conocer el importe exacto de las tasas para la tramitación de la licencia, aunque como norma general tenemos los siguientes pagos:
Una tasa por el tipo de obra, procedimiento y superficie, dependiendo de si es una actividad inocua o calificada, en éstas últimas también se calcula teniendo en cuenta los elementos industriales declarados y sus potencias.
Otra tasa de ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras), que en el Ayuntamiento de Madrid (como en casi todos los Ayuntamientos por lo general) es el 4% del presupuesto del proyecto presentado, cabe decir que actualmente hay una bonificación del 95% sobre el ICIO por lo que actualmente este importe es muy pequeño (por cada 1.000€ de presupuesto se pagan 2€ de ICIO).
En el caso de realizar obras también habrá depositar un aval para la Gestión de los Residuos de Obra (cuyo mínimo son 150€).
El coste de total de las tasas de los Ayuntamientos suele oscilar entre los 800 € y los 1.600 €, pero depende en gran medida de la obras a realizar y de la superficie del local.
En cuanto al proyecto técnico, éste lo realizan empresas o profesionales que fijarán su precio por el desarrollo del mismo y al igual que los ayuntamientos lo habitual es fijar los honorarios principalmente en función de la ubicación del inmueble (desplazamientos), tipología de la actividad (calificada o inocua), la superficie de actuación, protecciones o condiciones urbanísticas y el procedimiento a seguir (Declaración Responsable o Licencia). (Pídenos presupuesto sin compromiso)
Las Licencias de Actividad que se tramitan habitualmente por el procedimiento de «Declaración Responsable» en ocasiones, y dependiendo del Ayuntamiento, no precisan de proyecto firmado por técnico, pero aún así los Ayuntamientos si que exigen presentar cierta documentación (memorias y planos acotados y superficiados de plantas, alzados y secciones, así como planos de las instalaciones, especialmente las de protección contra incendios) que muy a menudo es difícil de presentar por una persona no especializada en este tipo de tramitaciones, y por tal motivo es aconsejable que la realice igualmente un técnico especializado, teniendo en cuenta que en los casos de fachadas protegidas o edificios históricos o catalogados será exigible la firma de un Arquitecto.