Licencias de Apertura y Actividad

Licencia Apertura Quirófano

Es considerado quirófano una sala de un establecimiento hospitalario/médico que está especialmente acondicionado para realizar operaciones quirúrgicas.

Tipos de quirófano

Los quirófanos se dividen en tres grandes grupos:

Clase A.

Quirófanos de alta tecnología

Destinados a: Trasplantes de corazón, pulmón e hígado; Cirugía cardíaca extracorpórea y de aorta; Cirugía ortopédica de prótesis

Clase B.

Quirófanos convencionales, de urgencias y de cirugía mayor ambulatoria

Destinados al resto de intervenciones quirúrgicas.

Clase C.

Quirófanos de cirugía menor ambulatoria y salas de partos

Destinados a intervenciones ambulatorias, partos y endoscopias.

Es importante saber que antes de solicitar la licencia de apertura y actividad de quirófano es necesario comprobar la viabilidad urbanística de la actividad y del local.  Saber que un local, sea cual sea su actividad, en un edificio que no disponga de licencia de actividad, el Ayuntamiento no permitirá la implantación de ninguna actividad, así como si se dispone de una actividad de un uso no permitido en dicho local, se ordenará la clausura y cese de actividad.

Para poder realizar intervenciones en un quirófano se requiere de la solicitud de la Autorización de Sanidad, la cual ha de tramitarse en la Consejería de Sanidad de la comunidad autónoma. Siendo necesario tramitarlo desde el inicio de la solicitud de la licencia para evitar retrasos no previstos en la apertura de la clínica.

Requisitos

Los requisitos variarán en función del tipo de quirófano y de las exigencias de cada comunidad autónoma.

El utillaje básico de un quirófano tipo será el siguiente:

– Aspirador portátil.

– Desfibrilador.

– Electrobisturí.

– Equipo de anestesiología y reanimación que incluya respirador y monitorización de gases anestésicos.

– Lámpara operatoria.

Mesa quirúrgica, es el eje del quirófano.

– mesa auxiliar de instrumental y de Mayo.

– Monitor básico (Electrocardiograma, frecuencia cardíaca, tensión arterial, y saturación de oxígeno).

– En su caso, equipo completo e instrumental para laparoscopia

– Taburete, banquetas y cubo.

– Se dispondrá de un sistema de limpieza de instrumental sucio por ultrasonidos y un autoclave.

Instalaciones:

– Tomas de aire, oxígeno, protóxido de nitrógeno y vacío.

– Aire ciclado sin recirculación con presión positiva dentro de quirófano

– Protecciones de electricidad estática (normas de Industria).

– Conexión a fuerza eléctrica alternativa con tiempo de latencia ajustado a las normas.

– Negatoscopios de pared y reloj con segundero y minutero activables.

Sala de despertar:

– Capacidad mínima de camas por quirófano.

– Existirán tomas de aire, oxígeno y vacío, así como de corriente eléctrica en cada cabecera de cama.

– Dispondrá de equipamiento completo para reanimación cardiopulmonar, incluyendo desfibrilador miocárdico.

Personal

Al igual que pasa con los requisitos de equipamiento, el personal necesario para un quirófano va a variar en función de qué tipo de quirófano sea. No es lo mismo el personal necesario para una operación de trasplante de corazón que una con cirugía menor ambulatoria.

Bloque quirúrgico

Mención especial al bloque quirúrgico que se define como el espacio en el que se agrupan todos los quirófanos de un mismo centro hospitalario, con los equipamientos y carac­terísticas necesarias para llevar a cabo todos los procedimientos quirúr­gicos previstos. El bloque quirúrgico comprende los locales donde se desarrolla el proceso asistencial del procedimiento quirúrgico (quirófano y unidad de recuperación postanestésica) y los locales de soporte que precisan las intervenciones.

En el bloque quirúrgico no incluya la cirugía menor.

Contacte con nosotros para la realización del proyecto y tramitación de su licencia de apertura. Presupuestos sin compromiso.

Teléfono / WhatsApp: 655-03-44-55
Web: www.madridlicencias.com
E-mail: info@madridlicencias.com

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