Pago del AVAL de Residuos durante el Confinamiento (estado de alarma)

La Agencia de Actividades de Madrid ha remitido a las Entidades de Colaboración Urbanística (ECU) la aclaración sobre el procedimiento de constitución (y devolución) de las garantías en metálico del Aval de Residuos de la Construcción durante el periodo de duración de las medidas excepcionales adoptadas para contener el Covid-19.

Aval Residuos Construcción Garantía 1


Por Decreto de 13 de marzo, se cerró la Caja Central de la Tesorería Municipal (donde se abonan los Avales), cierre prorrogado mientras dure el estado de alarma establecido.

Para garantizar la rápida y adecuada devolución y, en su caso, constitución de garantías en metálico, se emite la presente Nota en la que se analiza el procedimiento de tramitación y las actuaciones de control, mientras dure el estado de alarma.

Procedimiento de constitución y devolución de garantías en Metálico

Con carácter temporal y hasta la finalización del estado de alarma, se establece un procedimiento de devolución y, en su caso, constitución de las garantías no contractuales en metálico, que pretende facilitar el teletrabajo entre los gestores, la Intervención General, a través de la Unidad Técnica de Garantías, y la Tesorería Municipal y que permita la tramitación de los documentos contables.

PROCEDIMIENTO DE CONSTITUCIÓN

1) Los órganos gestores que estén tramitando cualquier tipo de expediente cuya continuación esté supeditada a la constitución de la garantía correspondiente y, siempre que el tercero les manifieste su intención de depositar la garantía en metálico, procederán a facilitarle la siguiente cuenta corriente titularidad del Ayuntamiento de Madrid para que procedan a realizar la orden de transferencia correspondiente reflejando en el concepto de la misma: ”Gtia – Órgano Gestor-nº de expediente del gestor por el que se requiere la constitución”,(por ejemplo: Gtía Desarrollo Urbano 711 2020 XXXXX).

Con el fin de la correcta identificación de estos ingresos que permita la posterior contabilización de las garantías constituidas, el gestor facilitará además del número de cuenta bancaria, el texto exacto que deberá figurar en el concepto de la transferencia conforme a lo indicado anteriormente.

Los datos de la cuenta a facilitar son los siguientes:
• Entidad: IBERCAJA BANCO S.A.
IBAN: ES04 2085 9977 3794 0000 5803

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Registro Sanitario para Centros Médicos Consultas y Gabinetes

Todo Centro o Consulta donde se preste un servicio sanitario requiere obligatoriamente de una registro sanitario previo y por consiguiente: de una Autorización Sanitaria por parte de la Consejería de Sanidad para poder ofrecer el servicio sanitario a sus clientes. El Registro Sanitario es un trámite que se debe realizar en la Administración de la Comunidad Autónoma cuya presentación de la Autorización Sanitaria se realiza de forma telemática en la sede electrónica de dicha delegación.

¿Qué actividades necesitan la autorización de centros y servicios sanitarios?

Todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios, cualquiera que sea su nivel, categoría o titular, precisan de una autorización administrativa de centros servicios y establecimientos sanitarios previa a su instalación y al funcionamiento.

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¿Qué tipos de licencias sanitarias son necesarias?

TIPOS DE AUTORIZACIÓN SANITARIA

La Autorización Sanitaria es un requisito previo y obligatorio para la concesión de las correspondientes Licencias de Actividad por parte del Ayuntamiento.

Los Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios precisan de una Autorización previa para su Instalación, Funcionamiento y Cierre, así como para cualquier Modificación que realicen. Por tanto existen diferentes tipos de Autorización Sanitaria:

  • Autorización de Instalación
  • Autorización de Funcionamiento
  • Autorización para Deposito de Medicamentos
  • Autorización de Modificación
  • Autorización de Cierre

AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN PARA CENTROS SANITARIOS

Es precisa para todos los Centros y Servicios sanitarios de nueva creación.

Hay que tener previamente en cuenta que un Centro Sanitario no puede compartir el mismo local o estructura física con otra actividad económica, salvo que se ubique en grandes superficies, centros comerciales o edificios de uso comercial, en los que sea posible su delimitación e identificación individual.

La autorización de instalación sanitaria debe solicitarse a la vez que la licencia de actividad, siendo requisito indispensable para su aprobación.

Para solicitar la Autorización de Instalación se debe presentar la siguiente documentación:

  1. El impreso de la solicitud
  2. Justificante del abono de la tasa correspondiente
  3. Documentos acreditativos de la identidad del titular y del solicitante
  4. Memoria Sanitaria que explique la naturaleza.
  5. Previsiones de la plantilla de personal sanitario.
  6. Detalle del equipamiento sanitario
  7. Proyecto Técnico: donde se defina la situación y ubicación del local con la dirección exacta e inmuebles colindantes; la distribución y mobiliario de la clínica; las obras a realizar para adecuación del Local y las Instalaciones necesarias para el funcionamiento de la actividad.

La obtención de la Autorización de Instalación no permite la apertura y funcionamiento del Centro Sanitario. Una vez concedida esta Autorización, se debe proceder a solicitar la Autorización de Funcionamiento, que es la que permitirá iniciar la actividad.

Si la actividad incluyera Depósito de Medicamentos, se deberá solicitar la autorización a la Subdirección General de Inspección y Ordenación Farmacéutica de la Dirección General de Inspección y Ordenación al mismo tiempo.

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AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO

La Autorización de Funcionamiento es la que permite a los Centros y Servicios Sanitarios iniciar su actividad. Por lo tanto, es obligatorio recibir la resolución antes del inicio de la actividad. El inspector de Sanidad, realizará una visita al local para comprobar que cumple lo descrito en el proyecto técnico y que dispone del equipamiento necesario para desarrollar la actividad.

Si los Centros Sanitarios de nueva creación, no requieren de la realización de obra nueva se puede solicitar la Autorización de Funcionamiento directamente, sin antes solicitar la Autorización de Instalación.

Para solicitar la Autorización de Funcionamiento se deben presentar la siguiente documentación:

  1. El impreso de la solicitud
  2. Justificante del abono de la tasa correspondiente
  3. Documentos acreditativos de la identidad del titular y del solicitante.
  4. Titulación académica de los profesionales sanitarios del centro, así como, en su caso, certificado de colegiación actual expedido por el Colegio Profesional correspondiente y póliza de responsabilidad civil de los mismos junto con el recibo vigente acreditativo de su abono.
  5. Si la actividad del centro genera residuos sanitarios, tóxicos o peligrosos:
  • Comunicación previa de Industrias y actividades productoras de residuos peligrosos (Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio).
  • Contrato suscrito con empresa autorizada para la retirada de residuos biosanitarios, junto con el correspondiente recibo vigente.
  1. Certificado de la D.G. Industria, Energía y Minas sobre equipos electrónicos de baja tensión en las instalaciones que lo requieran (quirófanos, UCI, radiología… y de instalaciones de elementos elevadores).
  2. Si existe concierto con servicios ajenos a las instalaciones del centro para la atención de los pacientes, deberá aportarse el contrato o acuerdo suscrito.
  3. Proyecto técnico donde se defina la situación y ubicación del local, la distribución y mobiliario, las obras a realizar y las Instalaciones necesarias para el funcionamiento de la actividad.

La Autorización de Funcionamiento se debe renovar cada cinco años, iniciando los trámites de la renovación al menos con una antelación mínima de tres meses.

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AUTORIZACIÓN PARA EL DEPOSITO DE MEDICAMENTOS 

Ciertos Centros Sanitarios requerirán para su funcionamiento un Depósito de Medicamentos, el cual debe solicitarse presentando la siguiente documentación:

  1. Justificante de haber abonado las tasas correspondientes
  2. Memoria explicativa del proyecto, con indicación de los circuitos de los medicamentos desde las ubicaciones de almacenamiento del centro a las distintas unidades.
  3. Equipamiento justificativo de las distintas áreas
  • Ubicación de medicamentos no termolábiles.
  • Frigorífico para la conservación de medicamentos termolábiles. Deben asegurarse con las instrucciones del fabricante que alcance las temperaturas de conservación de medicamentos (2 a 8ºC).
  • Ubicación separada y señalizada de medicamentos caducados.
  • Instrumentos de control de temperatura para frigorífico y ambiente (Termómetros de máximos y mínimos): deben y calibrarse o sustituirse cada dos años.
  1. Propuesta de la oficina de farmacia/servicio de farmacia vinculada (firmada por el servicio de farmacia).
  2. Memoria de actividad (Memoria de gestión de medicamentos).
  3. Memoria de gestión de medicamentos del depósito de toxina botulínica del centro.
  4. Declaración relativa a la administración de Toxina.

Estos depósitos deben situarse dentro del centro, y a la vez deben estar vinculados obligatoriamente a una oficina de farmacia, que será la responsable de garantizar la correcta adquisición, conservación, custodia y dispensación de los medicamentos que se conserven en él.

AUTORIZACIÓN DE MODIFICACIÓN

Se debe solicitar cuando se realicen cambios en la distribución del local, cuando se produzca un cambio de titularidad o de oferta asistencial.

  • Modificación por cambio de estructura.
  • Modificación por cambio de la oferta asistencial.
  • Modificación por cambio de titularidad.

La documentación a presentar para solicitar una Autorización de Modificación es la siguiente:

  1. El impreso de la solicitud
  2. Justificante del abono de la tasa correspondiente
  3. Documentos acreditativos de la identidad del titular y del solicitante.
  4. Memoria Sanitaria que explique la naturaleza, fin y actividades del proyecto, se detalla la relación de especialidades, la cartera de servicios, si se va a realizar actividad quirúrgica y/o de radiodiagnóstico y si se producirán o no residuos biosanitarios.
  5. Detalle del equipamiento sanitario
  6. Proyecto Técnico: donde se defina la situación y ubicación del local con la dirección exacta e inmuebles colindantes; la distribución y mobiliario de la clínica; las obras a realizar para adecuación del Local y las Instalaciones necesarias para el funcionamiento de la actividad.
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AUTORIZACIÓN DE CIERRE

Es necesaria en los casos en que se pretenda finalizar, suprimir o cerrar de manera definitiva un centro, servicio o establecimiento sanitario.

A continuación indicamos la documentación que se debe presentar:

  1. El impreso de la solicitud
  2. Memoria justificativa del cierre, en el que se haga constar las causas del mismo (traslado, jubilación, cese…) y calendario de fases previsto, en su caso de forma secuencial del cierre.
  3. Compromiso documental del responsable sanitario del centro, servicio o establecimiento sanitario de que se cumplirá con las normas establecidas en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y de custodia y conservación de las historias clínicas,
  4. En el supuesto de que el centro, servicio o establecimiento sanitario posea instalaciones radiactivas, deberá aportarse la baja de los equipos en el registro de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

TRAMITACIÓN DEL REGISTRO SANITARIO

La tramitación se realiza exclusivamente por medios electrónicos a través de la sede electrónica de la Consejería de Sanidad. Para ello es necesario disponer de un certificado electrónico de identidad.

Aunque la mayoría de condicionantes se repiten depende de cada ayuntamiento. Se debe tener en cuenta que las comunidades autónomas también definen normativas, procedimientos y trámites para solicitar las diferentes autorizaciones.

Para centros médicos con un máximo de 3 profesionales sin quirófano, aparatos de rayos X, ni otros equipos de diagnosis que empleen isótopos radiactivos o radiaciones electromagnéticas se tramitan por el procedimiento de Declaración responsable.

Aquellas instalaciones que cuenten con más de 3 profesionales o con equipos de diagnosis no incluidos entre los anteriormente citados se tienen que someter a evaluación ambiental de actividades y por tanto su tramitación será mediante el procedimiento de «Licencia». El proyecto tendrá que incluir una memoria ambiental que será la que revise el departamento municipal de medio ambiente.

A continuación, mencionaremos los requisitos básicos que deben tener los locales destinados para Centro Médicos a la hora de solicitar cualquiera de las Autorizaciones Sanitarias.

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REQUISITOS DEL LOCAL PARA SOLICITAR EL REGISTRO SANITARIO

Los Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios dispondrán de zonas delimitadas y diferenciadas de espera, asistencial y de instalaciones y servicios generales.

Zona Asistencial:

  • Siempre que se efectúe exploración física o aplicación de tratamientos, se deberá disponer de una sala de exploración y tratamiento, que podrá ser independiente o estar integrada en la sala de consulta. La sala de exploración será independiente cuando exista riesgo de contaminación en función de la actividad desarrollada.
  • Se debe garantizar la privacidad del paciente.
  • Las características específicas de la zona asistencial están identificadas el Anexo I de la Orden 1158/2018, de 7 de noviembre, en función de la tipología del centro o de la unidad asistencial.

Zona de Instalaciones y Servicios Generales

  • Los centros, servicios y establecimientos sanitarios ubicados en edificios o locales que dispongan de aseos comunes, se considerarán como propios, siempre que estén situados en la misma planta y sin barreras arquitectónicas para su acceso.
  • Se deben ubicar espacios destinados al procesado y almacenamiento de residuos, zona de sucio, limpieza, archivo y almacén.
  • Para el caso de consultas instaladas en viviendas, todas las áreas correspondientes al centro sanitario deberán ubicarse claramente diferenciadas de la zona destinada a vivienda e incluirán un aseo de utilización exclusiva de pacientes y personal sanitario.

Ubicación

Hay que tener en cuenta el uso permitido. Generalmente la mayoría de los usos son permitidos en la planta baja. Las consultas médicas se asimilan al uso administrativo y por lo tanto se pueden implantar como despacho profesional doméstico.

En el caso de que la normativa permita su implantación como consultorio independiente en planta primera, ya que hay muchos usos que se permiten como oficinas o consultas médicas, deberá tener acceso independiente de la vivienda.

Accesibilidad

  • El itinerario tendrá que tener un ancho mínimo de 1,20 m y de 1,50 en las zonas de entrada, al fondo de pasillos de más de diez metros y delante de los ascensores accesibles.
  • Las puertas serán de 80 cm de paso.
  • No puede tener escalones y si existe una rampa su pendiente máxima estará limitada en función de la longitud de la misma.

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Licencia Autorizacion Centro Sanitario

¿Cuáles son las tasas que hay que abonar a Sanidad?

Cuando estamos tramitando una licencia que requiere una autorización previa por parte de la Consejería de Sanidad, llega un momento en el que hay que abonar una serie de tasas en función del trámite que estemos realizando.

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Ya sea que el local que vamos a abrir se destine a Micropigmentación y tatuajes, a medicina estética con bótox, a consulta médica, a clínica dental, etc., tendremos que pagar una serie de tasas:

Tasas Sanidad Apertura Nuevo Centro:

Si es un local sin equipos electromecánicos fijos (pequeñas consultas sin gran aparataje médico fijo como consultas médicas, psicología o fisioterapia), se puede tramitar directamente con Sanidad la autorización de «funcionamiento sin instalación» (Para establecer el local en cuestión como nuevo dentro sanitario): 96.21 €

Sin embargo, para los casos de locales que si cuenten con aparataje médico fijo, como puede ser el caso de una Clínica Dental o una Actividad con Rayos (TAC), la apertura de nuevo centro sanitario debe realizarse obligatoriamente en dos fases, cada una con su correspondiente tasa a Sanidad:
Instalación: 222.02 €
Funcionamiento: 318,27 €

Creación de depósito de medicamentos

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Aparte del apartado anterior, cuando se precisa establecer un depósito de medicamentos en el nuevo centro sanitario, como es el caso por ejemplo de clínicas de medicina estética donde se aplique la toxina botulinica (bótox), se debe abonar además la tasa correspondiente a la creación de dicho depósito:
Instalación: 120.05 €
Funcionamiento: 200.09 €

Registro Centro Tatuaje, Micropigmentación y Piercing

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Los centros donde se apliquen técnicas de Tatuaje, Micropigmentación y Piercing, precisan de un registro independiente en Sanidad que conlleva el pago de sus propias tasas:
Autorización: 10,72 €
Inspección: 60,03 €

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Se simplifica la obtención de licencias urbanísticas en Galicia

El pasado 26 de febrero se publicó en el DOG la LEY 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, que tiene como objetivo instaurar una nueva cultura administrativa, dirigida a simplificar y racionalizar los procedimientos.


En el TÍTULO IV de esta ley, relativo a las medidas urbanísticas y financieras para la reactivación económica, se introducen las medidas de simplificación del régimen de obtención de la licencia municipal para aquellos supuestos en que es necesario este título habilitante. En concreto, se facilita a los ayuntamientos su tramitación mediante un régimen general, lo que permite una mayor agilidad en la emisión, que se realizará en el plazo de un mes.

Licencia Normativa 1


Además, se establece un régimen específico para la obtención de la licencia urbanística en determinados supuestos que afectan de forma especial a las iniciativas empresariales, con un plazo de concesión de la licencia de quince días naturales, siempre que se cumplan las circunstancias determinadas en la disposición, lo que permitirá agilizar su implantación


En este título cabe destacar la incorporación del artículo 54 referente a los títulos habilitantes urbanísticos de competencia municipal que en su apartado segundo establece que «cuando una solicitud de licencia urbanística se presente acompañada de una certificación de conformidad en los términos establecidos por este artículo, los informes técnicos y jurídicos municipales sobre la conformidad de la solicitud con la legalidad urbanística previstos por el artículo 143.2 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, serán facultativos y no preceptivos».


Es decir, los informes municipales serán obligatorios en todo caso, salvo en las solicitudes de licencia que se presenten con un informe de ECCOM (en dicho caso los informes municipales dejaran de ser preceptivos, es decir tendrán carácter voluntario y tienen la misma validez, de hecho, en caso de que los servicios municipales emitan un informe además del de la ECCOM éste no prevalece sobre el mismo).


Por lo que la licencia se podrá emitir únicamente contando con el informe de la ECCOM (no tendrían que solicitar informe municipal).

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¿Cómo montar y tramitar la Licencia de Actividad para una tienda de bicicletas?

Hoy hablaremos de cómo montar y tramitar la Licencia de Actividad para una de tienda de bicicletas.

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Quizás creas que un negocio de bicicletas es un negocio sencillo y poco innovador, pero lo cierto es que una empresa de este tipo puede resultarte muy rentable en los tiempos que corren.

Cada día nos preocupamos más por estar en forma, pero también por aspectos importantes como el medioambiente o ahorrar tiempo y dinero en el transporte para ir al trabajo.

Por eso abrir una tienda de bicicletas puede ser un muy buen negocio con un gran futuro por delante.

El auge del ciclismo no para: en la actualidad han aumentado en gran cantidad las personas que deciden ir al trabajo en bici en vez de en coche, o a recoger a sus hijos al colegio y pasear por la ciudad.

Además, los gobiernos se han dado cuenta de que la afición por este transporte es cada vez mayor, y por eso cada año ponen en marcha cientos de iniciativas para que sus ciudadanos cojan sus bicicletas.

Y gracias a todos estos factores, la compra de estos vehículos ha crecido de manera exponencial.

Cómo montar tu tienda de bicicletas

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Crea tu plan de negocios para organizarte

Un plan de negocios es obligatorio para cualquier tienda; da igual si vas a montar una cafetería, un negocio de limpieza, o una tienda de ropa.

Y con un a tienda de bicicletas también debes elaborarlo para estudiar tu mercado y saber qué pasos dar en las distintas etapas de tu empresa.

No hace falta que seas un profesional para escribir tu plan de negocios, en realidad es más sencillo de lo que piensas. Es como crear un manual de instrucciones.

Los conceptos más básicos que debes incluir son: …..

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Licencia de actividad de Club Fumadores cannabis

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Desde hace un tiempo se ha experimentado una alta demanda en la tramitación de licencias de Clubs Privados de Fumadores de Cannabis.

Esta actividad se ha declarada legal después de una sentencia del tribunal Supremo que le dio la razón a un litigante a favor de la legalidad de esta actividad. En esta actividad los usuarios tienen permitido el consumo de cannabis exclusivamente dentro del local, el producto es suministrado por el club con unas limitaciones establecidas por ley en cuanto a las cantidades y como su nombre indica, al ser un Club Privado el titular de la licencia debe ser una asociación privada registrada en el registro de asociaciones y los usuarios del club tienen que ser socios para poder acceder al local y consumir.

A partir de ahí ha habido algunos ayuntamientos que han querido regular la apertura de los clubes publicando una ordenanza municipal con la intención de limitar el número de locales y su ubicación para intentar que pasen lo más desapercibidos posible, otros ayuntamientos tienen prohibido este tipo de actividad y no conceden licencias y otros ayuntamientos conceden licencias de club cannabico pero no tienen normativa específica que lo regule con lo que lo asimilan a otro uso como el de pública concurrencia, uso cultural o comercial y les aplican las mismas regulaciones, o directamente se basan en el criterio del técnico municipal de turno.

Por lo tanto, viendo la disparidad de criterios y requisitos que varían en función del ayuntamiento donde se desea establecer la actividad nuestra recomendación es que el primer paso si estás intentando abrir este tipo de actividad es que te dirijas al área de Urbanismo o Servicios Territoriales del ayuntamiento y pidas cita con el técnico de Actividades para hablar con él y que te explique si se conceden o no licencias de actividad para esta actividad y si la respuesta es afirmativa que te expliquen qué requisitos sobretodo en cuanto a ubicación piden, ya que es muy común para este tipo de actividad que pidan que el local guarde una distancia mínima a otros locales ya abiertos y a lo que los técnicos llaman usos protegidos, generalmente colegios, institutos, centros médicos, religiosos e incluso equipamientos municipales como bibliotecas o pabellones polideportivos.

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Una vez hablado con el técnico de actividades del ayuntamiento y teniendo claro los requisitos que se solicitan el siguiente paso es la búsqueda de un local para establecer la actividad. En este punto os recomendamos que os pongáis en contacto con nosotros ya que os asesoraremos en las características del local que debéis tener en cuenta para poder escoger el local más adecuado a este tipo de actividad que os facilitará la implantación de la actividad con el menor coste posible.

Que características debe tener el local para adecuarse a esta actividad:

– El requisito más importante es el de poseer una salida de humos conducida hasta la cubierta del edificio. El local se debe aislar totalmente del exterior para evitar que se trasmitan humos y olores al exterior y para ello se debe instalar un sistema de ventilación forzada que coja aire del exterior, lo introduzca en el local y por otro lado que recoja los humos interiores, los filtre y a través de un conducto los expulse por una chimenea en la cubierta del edificio.

Si el local no posee una salida de humos hasta cubierta ésta se puede instalar, pero generalmente hay que solicitar el permiso de los vecinos y propietarios del edificio y por nuestra experiencia profesional encontramos muchas reticencias a permitir esta instalación tanto para este tipo de actividad o para las de restauración. Así que recomendamos un local que ya posea esta instalación.

– Otro requisito importante es que este tipo de actividad se suele asimilar al uso de pública concurrencia (como las actividades de restauración), así que se suele necesitar dos cámaras higiénicas, una para hombres y otra para mujeres. Y una de ellas adaptadas a las personas minusválidas. En algunos casos se permite la instalación de una sola cámara higiénica pero también adaptada a personas minusválidas.

– La instalación eléctrica debe estar legalizada, esto implica que en la mayoría de casos y en el 100% de los casos si el local tiene más de 50 m2, la necesidad de que la instalación sea la de un local de pública concurrencia, con cables libres de halógenos y cuadro eléctrico con las protecciones que indica la ley REBT del 2002. Se necesitará el boletín eléctrico emitido por un instalador oficial, el proyecto eléctrico realizado por un ingeniero y pasar una inspección inicial por parte de una Entidad de Control Autorizada.

– Si el local posee vigas metálicas o de madera en la estructura del forjado visibles éstas deberán estar ignifugadas para protegerlas contra el fuego. Esta protección solo la puede hacer una empresa especializada que deberá emitir un certificado de la aplicación de la protección y del control de espesores emitido por una empresa independiente.

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Una vez escogido un local que cumple con los requisitos técnicos y con las condiciones que buscas en cuanto a ubicación y coste antes de firmar con el propietario nosotros te recomendamos que nos avises para ir a verlo.

En paralelo con toda la tramitación de los trámites municipales, será necesario crear la asociación y registrarla en el registro de Asociaciones.

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Cómo montar un taller de automóviles

Hoy os comentaremos las directrices generales sobre cómo montar un taller de automóviles y sobre cuáles son los requisitos de las licencias de actividad, etc.

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COSAS QUE DEBES SABER SI QUIERES MONTAR UN TALLER DE AUTOMÓVILES
¿Qué es un taller de automóviles?

Los talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipos y componentes son aquellos establecimientos industriales en los que se efectúan reparaciones encaminadas a la restitución y mantenimiento de las condiciones normales del estado y funcionamiento de vehículos automóviles, o de equipos y componentes de los mismos, con
posterioridad a su fabricación.
Por vehículo automóvil se entiende todo aparato capaz de circular con autonomía y sin carriles por las vías públicas (turismos, camiones, autobuses y autocares, motocicletas, ciclomotores, remolques y vehículos articulados), ya transporte personas, cosas o mercancías, o tenga la función de arrastrar otros vehículos.

Principales tipos de talleres de automóviles
De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2/1995, de 19 de enero, del Consejo de Gobierno por el que se regula la actividad y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes, éstos pueden clasificarse según diversos criterios:

Por su relación con los fabricantes de vehículos y equipos y componentes:
Talleres genéricos o independientes: no vinculados a ninguna marca que indique especial tratamiento o responsabilidad acreditada por aquella.
Talleres de marca: vinculados a empresas fabricantes de vehículos automóviles o de equipos y componentes, nacionales o extranjeros, en los términos que se establezcan por convenio escrito.

Por su rama de actividad:
Talleres mecánicos: realizan trabajos de mantenimiento, reparación, sustitución o reforma en el sistema mecánico del vehículo y en los equipos y elementos auxiliares, exceptuando el equipo eléctrico.
Talleres de electricidad: realizan trabajos de mantenimiento, reparación, sustitución o reforma en el equipo eléctrico del automóvil (equipo motor, alumbrado, señalización, acondicionamiento e instrumental de indicación y control).
Talleres de carrocerías: realizan trabajos de reparación o sustitución en elementos de carrocería, incluso estructuras portantes y autoportantes, guarnicionería y acondicionamiento interior y exterior de los mismos.

Talleres de pintura: realizan trabajos de pintura, revestimiento y acabado de carrocerías.

Por sus especiales características o funciones:
Centros de diagnosis: comprueban y certifican el estado técnico de un vehículo (estructura, equipos, sistemas, partes y componentes), siendo un complemento y apoyo a la actividad de reparación de vehículos automóviles.
Talleres de reparación de motocicletas: realizan trabajos de mantenimiento, reparación, sustitución o reforma en vehículos de dos o tres ruedas a motor, o similares.

Por su campo parcial de actividad:
Talleres de reparación de neumáticos
Talleres de reparación de radiadores
Talleres de reparación de equipos de inyección

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Licencia de Apertura y Actividad de Pastelería Cafetería

Vamos a hablar de la nueva licencia de actividad de una pastelería cafetería que hemos tramitado, situada en la calle Ventura Rodríguez, 3 cerca de Plaza España; Madrid.

Licencia Apertura Cafeteria Pasteleria

Se trata de un local de unos 70 metros cuadrados destinado a pastelería-cafetería y cuenta con su propio obrador en el que realiza sus productos.

La idea de Kistchy es fusionar la pastelería francesa con sabores e ingredientes de diversos países, Italia, Perú o México; así como de invenciones propias lo cual dan lugar a elaboraciones de lo más novedosas en el mercado como la Tarta de Choco-Chili, que toma como referencia México, o la ‘Kitschy’ en color turquesa, con mousse de cava, coulís de frambuesa y lichi en almibar se convierten en las más exóticas del local.

A parte de las tartas y bollería comunes, encontramos todo un abanico de productos como los Croissants de fruta de la pasión, Caracolas con yuzu, Croissants con tinta de calamar, Galletas de parmesano o las Trufas de anís con canela o lima. Para acompañar estos productos, también nos ofrecen una carta que se compone de cafés, batidos o bebidas propias e identificativas como la chicha morada: la bebida más típica de Perú hecha con mazorca de maíz morada, piña o, por otro lado, la limonada.

Pero si hay algo por lo que Kitschy destaque es por su elaboración artesanal. También se pueden hacer encargos personalizados y diseñar con la chef cualquier tipo de producto, desde macarons a galletas o tartas decoradas con dibujos imposibles.

REGLAMENTO TÉCNICO-SANITARIO PARA LA ELABORACIÓN, FABRICACIÓN, CIRCULACIÓN Y COMERCIO DE PRODUCTOS DE CONFITERÍA, PASTELERÍA, BOLLERÍA Y REPOSTERÍA.

Condiciones de las industrias de los elaboradores de los materiales y del personal

Requisitos industriales….

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¿Dónde y cómo se presenta la Identificación Industrial de los locales?

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Para la implantación de cualquier nueva actividad es necesario presentar el Impreso de Identificación Industrial.
Una vez cumplimentado, se debe presentar en el Registro de cualquier Junta Municipal de Distrito del Ayuntamiento de Madrid, o haberlo de forma telemática, e incorporarlo al expediente de tramitación.

¿Qué es el impreso de identificación industrial?

Este es uno de los trámites que más dudas generan. Es algo bastante normal dado que por su nombre, hace pensar que sólo es exigible a licencias de ámbito industrial, sin embargo nada más lejos de la realidad:

El impreso de identificación industrial es un impreso que hay que presentar en el Ayuntamiento de Madrid todas aquellas empresas que realizando sus actividades evacuen a la red pública cualquier tipo de vertido o consuman agua, conforme con el art. 52 de la OGUA (Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua en la Ciudad de Madrid), por lo que tendrán que cumplimentar el formulario denominado Solicitud de Alta en el Registro de Identificación Industrial.

El Alta en el Registro de Identificación Industrial se exige para todas las actividades que cuenten con aseos, cocinas, cuartos de basuras o dispongan en el interior del ocal de algún grifo… Solo se exceptúan aquellos locales en que los aseos no estén dentro del propio local, como el caso de centros comerciales o edificios de oficinas, en los que los aseos estén en las zonas comunes del edificio. Por lo que, por norma general, siempre deberemos presentarlo a la hora de tramitar nuestra licencia de apertura.

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