Modificación del plazo de la prescripción de las infracciones urbanísticas

◾️ El pasado 28 de diciembre de 2024 entró en vigor la Ley 7/2024 de Medidas para un desarrollo equilibrado en materia de medio ambiente y ordenación del territorio, donde operan varios cambios, entre otros, el del artículo 236 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.

Licencia Normativa 1

La modificación establecida en el artículo 236 se transcribe a continuación:

📑 «Artículo 236. Plazo de prescripción de infracciones y sanciones.

1️⃣ La prescripción de las infracciones urbanísticas se producirá por el transcurso de seis años. De este régimen se exceptúan, las que afecten a suelo no urbanizable de protección que prescribirán a los 15 años y las que afecten a viales, zonas verdes, espacios libres y dominio público delimitado con arreglo a su legislación sectorial, que no tienen plazo de prescripción.

2️⃣ La prescripción de las sanciones por la comisión de infracciones urbanísticas se sujetará a idénticos plazos que los señalados en el apartado anterior».

5/5 - (7 votos)

Modificación de la Ley de Propiedad Horizontal

La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, entrará en vigor el 3 de abril de 2025, regula una modificación de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre la Propiedad Horizontal, que regula los aspectos relacionados con la organización de la propiedad en régimen de propiedad horizontal (comunidades de propietarios). Esta reforma tiene como objetivo adaptarse a las nuevas exigencias del entorno legal y social, incluyendo medidas para mejorar la gestión de las comunidades de propietarios y facilitar la resolución de conflictos entre los mismos. Se incluyen modificaciones que afectan tanto a las competencias de los órganos de la comunidad como a la regulación de las juntas de propietarios, las cuotas de participación y la resolución de conflictos, entre otros aspectos.

Madrid Edificios Protegidos 1024x701
5/5 - (9 votos)
Más info.

Licencia Centro Psicología en Madrid

Hoy os presentamos la última tramitación realizada para la obtención de la licencia de Actividad y Autorización Sanitaria de un Centro de Psicología en Madrid.

Se trata de «MIRA PSICOLOGÍA»: un CENTRO DE PSICOLOGÍA EN MADRID-CHAMBERÍ, y les hemos tramitado tanto la licencia de actividad con el Ayuntamiento de Madrid como la autorización Sanitaria con la Consejería de Sanidad.

En este tipo de Autorizaciones Sanitarias, hay que cumplir la Orden 1158-2018 en la que se rigen los Requisitos generales centros sanitarios sin internamiento (consultas de psicología), y disponer de las siguientes zonas diferenciadas:

a) Zona de espera.
b) Zona asistencial.
c) Zona de instalaciones y servicios generales

Centro Psicologia en Madrid 1 3

En MIRA PSICOLOGÍA son especialistas en Psicoterapia Infanto- Juvenil, Adultos y Terapia de pareja.

También en Apego y Trauma. Trabajan desde un Enfoque Integrador contando con un equipo con más de 15 años de experiencia en el ámbito clínico ayudando a superar momentos de crisis y de malestar emocional. Te ofrecen un espacio para ti y para tu bienestar porque ahora, más que nunca, no hay que desatender la salud emocional. Si te encuentras en un momento difícil y el malestar se hace persistente, contacta con ellos, pueden ayudarte.

Centro Psicologia en Madrid 2 1

PRIMERA ENTREVISTA INFORMATIVA GRATUITA.

Teléfono: 651844850/ 914210544

www.mirapsicologia.es

4.9/5 - (69 votos)

Fachada Protegida 2

Criterios de Patrimonio en Madrid: Aspectos Técnicos y Criterios de Restauración de Fachadas

La Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid ha publicado una resolución detallada que establece los Criterios Técnicos Generales para la intervención en edificios con valor patrimonial en el municipio de Madrid. Esta resolución, identificada como RES/0675/2024, tiene como objetivo garantizar la protección, conservación y restauración adecuada de los bienes culturales, especialmente en lo que respecta a las fachadas y elementos arquitectónicos. A continuación, se desglosan los aspectos más relevantes de esta normativa, centrándonos en los criterios técnicos y de restauración.

Fachada Protegida 2

1. Actuaciones en Fachada

1.1. Materiales de Fachada

La restauración del revestimiento de fachadas debe realizarse utilizando materiales originales o similares, respetando las texturas y colores dominantes en la zona. Se prohíbe el uso de morteros monocapa que imiten revocos. En el caso de fábricas de ladrillo cara vista, se deben emplear ladrillos de tejar similares en color y textura, respetando el espesor de llagas y tendeles. Además, se deben mantener y recuperar elementos decorativos como molduras, escayolas y esgrafiados.

1.2. Recuperación de la Fachada en Locales

Cuando se realicen obras que alteren la fachada o se produzca un cambio de actividad en un local, se deben recuperar los huecos originales de la fachada según los planos históricos. En caso de no existir planos, los huecos deben ser ordenados y armónicos en su composición, respetando las proporciones y dimensiones de los huecos existentes en las plantas superiores.

1.3. Colores

El color de las fachadas debe ser el original, determinado mediante estudios o catas. En su defecto, se utilizarán colores correspondientes a la época de construcción del edificio o dominantes en la zona. Las medianerías deben pintarse en tonos claros o blancos para evitar impactos visuales negativos.

1.4. Balcones

La sustitución de las bandejas de los balcones debe realizarse con materiales similares a los originales, manteniendo el canto actual o recuperando el estado original si este ha sido alterado. Además, se deben restaurar los elementos de molduración original.

5/5 - (7 votos)
Más info.

Áreas de Prioridad Residencial. Autorizaciones acceso a comerciantes

Áreas de Prioridad Residencial (APR) – Autorizaciones acceso comerciantes, establecimientos de hospedaje, parking y reservas ubicados en Áreas de Prioridad Residencial

Comerciantes

El titular de un comercio o empresa cuyo local u oficina está situado en el interior de una de las Áreas de Prioridad Residencial, bien en una vía de libre circulación o una vía restringida, tiene que solicitar autorización de acceso para los vehículos que tenga en propiedad, renting/leasing o en virtud de un contrato de distribución, hasta un máximo de cinco vehículos. Dentro de este límite, puede solicitar autorización de acceso para dos vehículos adicionales que no sean de su titularidad.

Áreas de Prioridad Residencial GENERAL

Asimismo, puede solicitar las siguientes autorizaciones de acceso para los vehículos que no sean de su titularidad:

  • Autorización para accesos de un día sin justificante, hasta un límite de veinte al mes.
  • Autorización para accesos de un día, en todos los casos en los que el comerciante justifique que ha recibido un servicio a domicilio mediante el correspondiente albarán o factura.
  • Autorización de hasta un año para tres vehículos adicionales en el caso de obras en el local u oficina.

Las autorizaciones se tienen que solicitar siempre con antelación a la fecha del acceso, excepto en el caso de las autorizaciones para accesos de un día (autorizaciones puntuales) que se pueden solicitar dentro de los tres días posteriores al de la fecha del acceso.

Establecimientos de hospedaje en Áreas de Prioridad Residencial

El titular de un establecimiento de hospedaje situado en una de las Áreas de Prioridad Residencial tiene que solicitar autorización de acceso para los vehículos que acceden al mismo.
Las autorizaciones de acceso se conceden en función del número de habitaciones o de plazas de aparcamiento del establecimiento (ver apartado de “Más Información”).

Áreas de Prioridad Residencial LETRAS

Parking de uso público

El titular de un parking de uso público situado en un APR tiene que solicitar autorización de acceso para los vehículos que acceden al parking.

Las autorizaciones de acceso se conceden en función del número de plazas de aparcamiento del parking (ver apartado de “Más Información”).

Parking de uso privado y reservas de estacionamiento

El titular de un parking de uso privado o de una reserva de estacionamiento ubicado en una de las Áreas de Prioridad Residencial tiene que solicitar autorización de acceso para los vehículos que acceden al parking o reserva.

Las autorizaciones de acceso se conceden en función del número de plazas de aparcamiento del parking o reserva (ver apartado de “Más Información”).

REQUISITOS

Comerciantes:

5/5 - (7 votos)

Más info.

Medidas de apoyo COVID-19 para la instalación de terrazas de hostelería y restauración

Ya está activo el formulario en la web del Ayuntamiento de Madrid para poder solicitar las Medidas de apoyo COVID-19 para la instalación de terrazas de hostelería y restauración.

Lo podéis encontrar en este enlace: formulario terrazas hostelería COVID-19.

Medidas de apoyo COVID 19 para la instalación de terrazas de hostelería y restauración
Esquema ORIENTATIVO de distribución.

La documentación deberá ir acompañada, como siempre, de los planos y descripción de los elementos a instalar.

TERRAZAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERIA Y RESTAURACION

  • Apertura al público de las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración limitándose al cincuenta por ciento de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal.
  • También se podrá tramitar una nueva solicitud de terraza temporal (hasta final de año) para aquellos establecimientos que no tuviesen una licencia terraza previamente concedida.
  • Deberá asegurarse que se mantiene la debida distancia física de al menos dos metros entre las mesas o agrupaciones de mesas.
  • La ocupación máxima será de diez personas por mesa o agrupación de mesas. La mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respeten la distancia mínima de seguridad interpersonal.

La vigencia de estas medidas de carácter extraordinario así como de las autorizaciones que se otorguen a su amparo, será desde el momento en el que el Gobierno de la Nación autorice la instalación de las terrazas hasta el 31 de diciembre de 2020, sin perjuicio de que la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración, previa revisión y valoración de las circunstancias sociales existentes, considere necesario acordar una ampliación.

Elementos permitidos:

  • La ocupación de superficie que se autoriza conforme a estas medidas de apoyo, sólo podrá realizarse con los siguientes elementos: mesas, sillas, sombrillas móviles, elementos separadores móviles y elementos industriales móviles.
  • La ampliación de superficie también se autorizará a las terrazas que tengan construcciones ligeras, pudiendo únicamente instalar, en el exterior de la construcción, los elementos señalados en el apartado anterior, sin que pueda suponer una ampliación de la citada construcción.
5/5 - (9 votos)

Preguntas de interés para transformación de locales a viviendas

En esté artículo vamos a resumir las PREGUNTAS DE INTERÉS RELATIVAS A LOS PRECEPTOS INCORPORADOS POR LA MPG DE LAS NNUU en la última modificación de la normativa que afecten de manera directa la la posibilidad de transformación de locales a viviendas (cambios de uso).

PROGRAMA DE VIVIENDA

a) ¿Cuál es la superficie mínima de una vivienda cuando se compone de una estancia única comedor-cocina-dormitorio?
Una pieza única con función de estancia-comedor, cocina y dormitorio no se contempla en el programa de vivienda mínima del artículo 7.3.4 de las NNUU. Lo que se admite, respetando la superficie útil mínima de 40 m2, son viviendas diáfanas sin compartimentación, a excepción del baño, en las que un solo espacio podrá utilizarse como estancia-comedor, cocina y dormitorio. Excepto en ese supuesto, el dormitorio será siempre una pieza independiente de la estancia-comedor y de la cocina.

Aire acondicionado locales y viviendas 1024x615


b) ¿En una vivienda diáfana pueden existir particiones si el hueco es mayor de 2 m2 como contemplaba el acuerdo nº99 de la CS del PG97?
En las viviendas diáfanas sin compartimentación admitidas en el artículo 7.3.4.1 de las NNUU, no pueden disponerse, aunque sea parcialmente, elementos constructivos
delimitadores de espacios, puesto que iría en contra de su propia naturaleza.
El acuerdo nº99 de la CS ha quedado superado por la nueva regulación del uso residencial de la MPG.

¿Necesitas ayuda para navegar los aspectos legales? ¡Contáctanos! Nuestro equipo de expertos puede guiarte a través del proceso.

c) ¿En una vivienda en estancia única, puede existir separación física entre el comedor y la cocina si se trata de un muro de carga? ¿Y si la separación física no llega al techo?

El artículo 7.3.4.2.b de las NNUU posibilita la integración de la cocina en la estancia-comedor, uniendo ambas piezas sin que existan elementos delimitadores de suelo a techo y con una superficie mínima suma de la parcial de cada pieza.
La estancia-comedor-cocina como una sola pieza admite elementos que, como los mostradores, delimitan espacios dentro de su mismo volumen, pero no admitiría aquellos que llegasen a segregarla en volúmenes distintos.
En concreto, respecto de los elementos indicados se considera:
1.Muro de carga intermedio: solo sería admisible si el hueco del muro de carga es lo suficientemente grande como para considerar que no se segrega la estancia-comedor-cocina en volúmenes distintos, lo cual deberá valorarse caso por caso en función de la configuración de los espacios y del tamaño del hueco.
2.Tabique separado del techo entre 5 y 10 cm: con esta solución se segrega la estanciacomedor- cocina en dos volúmenes diferenciados, por lo que resulta inadmisible.

d) En una vivienda con dos baños, ambos con la composición mínima normativa, pero uno de ellos con superficie útil inferior a 3 m2, ¿sería posible que el que tiene 3 m2 sea el del dormitorio, y que se acceda desde zona común al que tiene una superficie inferior?
El artículo 7.3.4.1 de las NNUU incluye al baño entre las piezas obligatorias del programa de vivienda mínima. Según el artículo 7.3.4.2.d de las NNUU, el baño estará compuesto, al menos, por bañera/ducha, lavabo e inodoro y contará con una superficie mínima de 3 m2. Al baño no podrá accederse desde un dormitorio, pero, cuando se dispongan varios baños, uno de ellos tendrá acceso independiente y al resto podrá accederse desde los dormitorios. También podrán incorporarse adicionalmente locales para aseo con una composición y dimensiones menores que las del baño.
Por lo tanto, no existe inconveniente para que en una vivienda se disponga un baño con la composición y superficie exigida en el artículo 7.3.4.1 de las NNUU, y un local de aseo adicional con una superficie y/o composición menor. En este supuesto, es el baño, pieza para uso de todos los ocupantes de la vivienda, el que debe tener acceso independiente, pudiendo accederse al local de aseo adicional desde un dormitorio, pero no a la inversa como se plantea.

5/5 - (7 votos)
Más info.

Qué es y para qué sirve el Home Staging en locales y viviendas.

El Home Staging es una técnica de marketing inmobiliario que consiste en preparar y revalorizar un inmueble (ya sea una vivienda o un local) que se desea vender o alquilar.

Home Stagin

El objetivo es transformar un inmueble en modélico, sobrio y acogedor, con el fin de atraer a todos los públicos y permitir que se proyecten en ese espacio.

Así pues, el el objetivo del home staging es obtener un cambio positivo en la presentación del local o de la vivienda, a fin de hacerla más atractiva para compradores e inquilinos potenciales, y así ampliar las posibilidades de venderla o alquilarla en el tiempo más corto y con mayor beneficio para su propietario.

Home Stagin salon

Objetivos y resultados
Según zonas y condiciones de mercado, la aplicación a una vivienda o local a la venta de las técnicas Home Staging repercute en :

• fotografías más atractivas
• incremento de visitas comerciales conseguidas en el inmueble
• mejora de la primera impresión de los compradores potenciales
• incremento en el precio de venta
• reducción del tiempo de comercialización
• reducción de la propensión negociadora del comprador
• aceleración de la operación de venta o alquiler
• ahorros importantes para el vendedor

Home Stagin dormitorio

El Home Staging se trata de una serie de técnicas de marketing enfocadas a presentar la vivienda de forma más neutra y despersonalizada posible, de manera que la venta se acelere.

¿Por qué mi inmueble necesita Home Staging?

La compra o alquiler de una vivienda o local es un proceso en parte racional y en parte emocional. Una vez que el comprador haya seleccionado el barrio, el tipo de casa, el precio y otros factores racionales, empieza la búsqueda por internet. En este momento, el comprador elige a base de fotos. Si el inmueble en venta no tuviera fotos o las fotos fueran malas, será directamente descartado. En cambio, unas buenas fotos atraerán a muchas más visitas.

Home Staging Local

El proceso emocional empieza nada más llegar al inmueble. El comprador decide si le gusta el local o la casa en los primeros 90 segundos y a menudo ni sabe porqué le atrae. No tendremos otra oportunidad para causar una buena primera impresión. Sabemos que influyen todos los sentidos en este proceso subliminal. Un profesional de Home Staging te ayudará a preparar el inmueble en venta maximizando las posibilidades de que el comprador potencial se sienta a gusto.

Home Stagin cocina

El Home Staging no es lo mismo que decorar el inmueble. Lejos de interpretar los gustos de un cliente en particular, hay que crear un escenario sereno y atemporal para que cualquier persona sienta un auténtico flechazo. Hay múltiples motivos por los que recurrir a este método:

1.- Tu inmueble no «se quema». Hablando en argot inmobiliario, cuando una casa o local sale al mercado y no se vende o alquila rápidamente, «se quema». El Home Staging evita que esto suceda y permite vender o alquilar por el precio inicial sin tener que sufrir negociaciones a la baja ni molestos regateos.

2.- Tu inmueble destaca on line. En un mercado en crisis y saturado de propiedades el Home Staging se convierte en tu mejor arma para destacar sobre el resto. El trabajo finaliza con un reportaje fotográfico profesional destinado a captar la atención de los clientes en internet. Mejores fotos=más visitas

3.- Tu inmueble enamora. Como siempre que hablamos de imagen, la primera impresión es la que cuenta. Hay que prestar especial cuidado a los detalles emocionales (incluso utilizando técnicas de marketing sensorial) para que las visitas caigan rendidas en cuestión de segundos…

Home Stagin tienda

4.- Tu inmueble se exhibe. La mayoría de las personas no son capaces de imaginar el potencial de una casa vacía que siempre parece más pequeña de lo que en realidad es. Con la mínima inversión posible, se consigue que cualquier rincón se muestre en todo su potencial.

5.- Filosofía Low Cost. El objetivo del Home Staging es que el propietario gane dinero, no que lo gaste. El dinero utilizado en Home Staging es una inversión, no un gasto. Si está destinada al alquiler, los muebles serán los adecuados y suficientes para ese uso.

6.-La inversión en Home Staging que haces en una vivienda destinada al alquiler es deducible en tu declaración de la renta. Es una inversión muy rentable en todos los sentidos.

Home Stagin oficina

LA IMAGEN DE UN INMUEBLE PARA MEJORAR SU POTENCIAL DE VENTA

El profesional del Home Staging, utiliza técnicas de escaparatismo, interiorismo, decoración y marketing para crear espacios que desde la primera impresión gusten a la mayoría de los posibles compradores. Así se consigue ampliar al máximo las posibilidades de venta de un inmueble.

El Home Staging no es un proyecto de decoración o interiorismo. Es un proyecto agresivo de imagen comercial donde se consigue resaltar los puntos fuertes del inmueble y se hacen invisibles las carencias.

Home Stagin despacho

El resultado son ambientes neutros, que invitan a disfrutarlos como propios desde el primer instante y generan en el posible comprador el deseo de adquirirlo.

Si tenemos en cuenta las cifras que se desprenden de la encuesta realizada por la Asociación de Home Staging de España (ASHE) a 34 ‘home stagers’ y tras analizar los resultados de aplicar estas técnicas a 230 inmuebles (30% para alquiler, 40% de venta, 18% para pisos piloto y 12% para el alquiler vacacional):Home Stagin sala reuniones

Por lo que se refiere a las viviendas destinadas al alquiler, en el 88% de los casos, el inmueble se alquiló en menos de 15 días y, dentro de este porcentaje, el 47% en menos de 7 días. Respecto a la venta, el 75% encontró salida en el mercado en menos de 90 días, mientras que un 55% de los casos, en menos de 40 días. «Reducir los tiempos tanto de venta como de alquiler se traduce en rentabilidad financiera ya que, cuanto menos tiempo está el inmueble a la venta o en alquiler menores son, por ejemplo, los gastos de mantenimiento de la vivienda».

Los datos de la encuesta revelan que en 2014, tras realizar el home staging, se ha conseguido aumentar el precio del inmueble en el 41% de los casos.

4.7/5 - (14 votos)

Nueva Norma ZPAE distrito centro

El pasado 17 de Mayo de 2019 se publico en el BOCM el Acuerdo del Pleno de 30 de abril de 2019 por el que se aprueba la revisión de la Declaración de Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) correspondiente al Distrito de Centro, así como del Plan Zonal Específico de la misma.

Esta nueva ZPAE de distrito de Centro establece nuevas restricciones a la instalación de actividades de ocio nocturno y a la modificación o ampliación de las ya existentes, entre otras, así como la implantación de un régimen de distancias mínimas para la apertura de nuevos locales en relación con la anterior ZPAE mucho más restrictivo.

ZPAE Ruido

En grandes rasgos la nueva ZPAE:

  • Modifica la asignación de las diferentes calles a las tres zonas diferentes de contaminación acústica: Alta, Moderada y Baja.
  • Cambia el régimen de las colindancias entre zonas de distinto grado de contaminación. En el caso de que una actividad disponga de acceso por diferentes calles, se aplicarán las condiciones de  la zona más restrictiva.
  • Limita la distancia a la que se pueden abrir, ampliar o modificar los distintos locales. Se establece una distancia de protección en la cual, no se admitirá la nueva implantación, ampliación o modificación de actividades de las incluidas en el artículo 4, a una distancia menor de 150 metros de una zona de contaminación acústica alta, menor de 125 metros de una zona de contaminación acústica moderada y menor de 100 metros de una zona de contaminación acústica baja.
  • Prohíbe la instalación de “falsas terrazas” y modifica sus condiciones de implantación. Las nuevas solicitudes de terrazas de hostelería y restauración situadas en terrenos de dominio público o en terrenos de titularidad privada, independientemente de su uso, así como las modificaciones de las vigentes, tendrán un aforo límite del 50% del aforo autorizado para el local principal.
  • Cambia la consideración de “modificación de licencia” respecto a la anterior normativa. Se considerará modificación de actividad aquellos cambios que no estén obligados por la normativa de seguridad y que supongan un incremento de la afección acústica producida por su funcionamiento, como por ejemplo, la ampliación de la superficie destinada al público, la instalación o modificación de equipos de amplificación, reproducción sonora o audiovisual, la realización de actuaciones en directo, o la ampliación del horario de funcionamiento en periodo nocturno.
  • En caso de que sea declarada la caducidad de una licencia, NO podrá rehabilitarse la licencia (con la consecuente pérdida de todos sus efectos), por lo que tendrá que ser solicitado como Nueva Implantación, siéndole de aplicación la normativa en vigor en ese momento.
  • En ninguna de las zonas, serán admisibles espacios abiertos al exterior tras la eliminación de alguno de los cerramientos- paramentos o carpinterías- por ejemplo, los del tipo frente abierto.
  • Se unifican horarios de terrazas en suelo privado y suelo público, adelantándose 1 h el horario de apertura y cierre de las mismas.
5/5 - (5 votos)

Pasos y Fases de una Tramitación de Licencia de Actividad o Declaración Responsable

En Madrid, iniciar un negocio requiere cumplir con los trámites legales necesarios, como obtener una licencia de actividad o presentar una declaración responsable. Estos procesos pueden parecer complejos, pero con la guía adecuada, puedes navegar por ellos de manera eficiente. En este artículo, exploraremos los pasos y fases involucradas en la tramitación de estas autorizaciones y te explicaremos cómo solicitar un presupuesto para tu proyecto.

Oferta de Empleo tecnico tramitador de licencias de actividad 1024x682

Introducción a la Licencia de Actividad y la Declaración Responsable

La licencia de actividad es un permiso que el Ayuntamiento otorga para garantizar que un negocio cumple con las normativas de seguridad, salud pública y protección del medio ambiente. Por otro lado, la declaración responsable es un documento en el que el titular de la actividad declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos legales para iniciar su negocio sin necesidad de una autorización previa del Ayuntamiento.

Pasos para la Tramitación de una Licencia de Actividad

  1. Redacción del Proyecto Técnico: El primer paso es la elaboración de un proyecto técnico por un profesional. Este documento debe incluir detalles sobre la actividad y las obras a realizar. El plazo para la redacción suele ser de entre 2 y 3 semanas desde la aceptación del presupuesto, o desde la realización de la visita al local. Este plazo puede variar si, por un motivo u otro, se solicitan más o menos cambios en el proyecto a redactar.
  2. Presentación a una ECU: Una vez redactado el proyecto, se presenta a una Entidad Colaboradora Urbanística (ECU) para su revisión. La ECU verificará que el proyecto cumpla con la normativa vigente y puede solicitar cambios si es necesario. El plazo de revisión puede variar entre 2 semanas y un mes dependiendo de si se puede tramitar por el procedimiento de Declaración Responsable (DR) y de si hay que tramitar por el procedimiento de Licencia Previa. También existen otros factores, como la necesidad de contar con antecedentes o con un informe favorable de la Comisión de Patrimonio, que pueden alargar los trámites con la ECU varios meses.
  3. Registro en el Ayuntamiento: Después de la revisión, la ECU registra el expediente en el Ayuntamiento. A partir de este momento, como norma general, existe un plazo de un año para terminar las obras necesaria y comenzar la actividad. Una vez terminadas las obras hay que avisar a la ECU para que realicen la visita de inspección (dentro de este plazo de un año desde el registro en el ayuntamiento).
  4. Inspección Final: Cuando esté listo el local, se avisa a la ECU para que realice la inspección final. Si todo está correcto, recibirás un informe favorable que finaliza los trámites.  En caso de que el inspector considere que falta alguna obra o elemento por terminar o colocar, os darán un margen de tiempo para subsanar las deficiencias detectadas, y deberá volver a pasar inspección.
5/5 - (7 votos)
Más info.