Criterio interpretativo modificaciones en actividades recreativas (LEPAR)

A continuación les informamos en relación con dos criterios interpretativos que se nos han notificado desde la Agencia de Actividades de Madrid:

A) En el documento con fecha con fecha 11 de diciembre de 2019 «CA-03 AGENCIA /2019» correspondiente a los criterios de aplicación de la Agencia de Actividades de Madrid relativo a la tramitación de actuaciones en establecimientos LEPAR, en lo que se refiere a “modificaciones sustanciales”.

LEPAR

Según establece el punto 6 del artículo 8 la LEPAR, será necesaria la obtención previa de nueva licencia de funcionamiento para la modificación de la clase de espectáculo o actividad a que fuera a dedicarse el establecimiento y para la reforma sustancial de los locales o instalaciones. Cualquier otra modificación y los cambios de titularidad deberán ser comunicados a los Ayuntamientos.
En este documento se distinguen dos niveles de modificación de  las actividades:

1. Modificaciones que requieran la obtención de una nueva licencia de funcionamiento:
– Modificaciones de la clase de espectáculo o actividad.
– Reforma sustancial de los locales e instalaciones.

2. Modificaciones para las que se requiera una mera comunicación al Ayuntamiento:
– Cualquier modificación (distinta de las dos anteriores).
– Cambios de titularidad.

La LEPAR establece que en este último caso no será necesaria una nueva licencia de funcionamiento y determina que aquellas obras o actuaciones que no afecten a la actividad (que no impliquen un aumento de superficie, ni afecten al aforo, etc…), estarán exentas de una nueva licencia de funcionamiento y su tramitación será equivalente al de las actuaciones que no están sometidas a la LEPAR, por lo que su tramitación se realizará a través de la correspondiente inspección por parte de una ECU

B) Desde la Agencia también se hace referencia a los supermercados en los que se instalen mesas para tomar algo o comer platos preparados y aclara que dichas mesas pueden entenderse como zonas de descanso pertenecientes a la propia actividad comercial y no como una actividad de restauración debido a que no disponen del servicio de atención a las mesas propio de cafeterías o similares.

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¿Qué son los edificios con nivel 1 de protección?

Edificio Historico 1024x682

Son aquellos edificios a los que el Planeamiento Urbanístico ha otorgado  dicha catalogación arquitectónica o aquellos considerados Bienes de Interés Cultural (BIC). La asignación de dicho nivel conlleva la protección y/o conservación global del edificio, de su diseño arquitectónico y constructivo y volumen además de su decoración.

Dentro del Nivel I se ubican los siguientes Grados:

  • Singular (edificios considerados de importancia para la historia del arte y arquitectura o significativos dentro de la trama urbana; e
  • Integral (edificios que contienen elementos  significativos).

Todas las obras que se realicen en estos inmueble, deberán contar con el Informe de la comisión de patrimonio correspondiente además de tramitarse por el procedimiento de Licencia Urbanística.

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¿Se puede poner una consulta médica (licencia sanitaria) en una planta primera sin ascensor?

Licencia actividad centro médico

Al tratarse de una actividad sanitaria si es viable (como norma general) su implantación en una planta primera y el no disponer de ascensor no es impedimento para obtener la licencia (salvo que la norma zonal lo niegue específicamente para ese edificio) dado que unos de los motivos que vienen reflejados en la normativa para estar exento del cumplimiento de accesibilidad es que se tenga que intervenir en elementos comunes que no sean de su propiedad (escaleras comunes del edificio). El local no será accesible y no deberá disponer de aseos adaptados.

Este criterio vale para cualquier tipo de actividad sanitaria: consulta médica, psicología, logopedia, fisioterapia, podología, medicina estética, dermatología, etc…

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Solicitud de paso de vehículos (solicitud de vado para garajes)

Cuando solicitamos una licencia de apertura para una actividad de local (ya sea una modificación o una nueva apertura), si el local está situado en planta baja podremos además realizar una solicitud de paso de vehículos (solicitud de vado para vehículos) para los garajes de carga y descarga o para tener una plaza de aparcamiento propia o a disposición de los clientes.

solicitud licencia vadoHay que tener en cuenta que en estos casos, el garaje resultante ha de cumplir con la normativa de sectorización y protección frente a incendios así como con la de ventilaciones mínimas. Con lo que, además de la documentación para la solicitud de paso de vehículos (solicitud de vado) que os indicamos más abajo, en el caso de nuevos garajes habrá que aportar cierta documentación donde se refleje dicha sectorización, evacuación y ventilación.

Pero esto es algo que comentaremos en otro artículo, ahora nos centraremos más en la tramitación de la solicitud de paso de vehículos propiamente dicha, coloquialmente conocida como solicitud de vado:

Paso de vehículos (solicitud de vado): autorización

El paso de vehículos es aquella parte del dominio público por donde se permite, mediante la correspondiente autorización, la entrada de vehículos desde la vía pública a un inmueble, edificado o sin edificar, y su salida desde éste.

Se debe realizar una modificación de la autorización de un paso de vehículos en los siguientes casos:

-Cambio del titular de las autorizaciones.
-Modificaciones de la autorización, entendiendo por tales cualquier cambio o modificación que afecte a las circunstancias físicas o jurídicas del paso autorizado, así como cualquier otro supuesto que pueda determinar su baja.
-Prórroga de pasos provisionales.

Destinatarios
Los propietarios o quienes por cualquier título válido en derecho sean poseedores legítimos de los inmuebles a que dan acceso dichos pasos o ejerzan las actividades a cuyo servicio se destinan los mismos. Las comunidades de propietarios, o agrupaciones de éstas debidamente representadas, en el caso de inmuebles sujetos al régimen de propiedad horizontal. En los supuestos de pasos provisionales por obras, los dueños de las obras o los que realicen las construcciones para cuyo acceso se solicita el paso de vehículos.

Documentación:
Viene regulada en la Ordenanza Municipal Reguladora de los Pasos de Vehículos:

Autorización:
Solicitud en formulario normalizado, indicando y justificando la necesidad del paso, acompañado de la siguiente documentación:

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Licencia de Actividad en Valdemoro

Declaración responsable para el ejercicio de actividades y servicios

Licencias de actividad Ayuntamiento Valdemoro

En cumplimiento de la ley 2/2012 de 12 de junio, se deberá presentar modelo normalizado de declaración responsable para la tramitación de licencias de apertura para el ejercicio de las actividades comerciales minoristas y de determinados servicios incluidos en su anexo (ver abajo), las actividades no listadas en el anexo, no podrán ser tramitadas por el procedimiento de «declaración responsable» sino que deberán tramitarse por el procedimiento de «licencia«.

Cómo se hace el trámite:

1.- El modelo necesario para la tramitación de este procedimiento.

2.- Ver anexo de las actividades que se ven afectadas (ver abajo).

Quién puede solicitar/tramitar:

Ver anexo (ver abajo)

Documentación Necesaria:
Declaración responsable (descargar del Ayuntamiento).

Dónde se puede solicitar/tramitar:
Departamento de Urbanismo. Plaza de la Constitución, 1

Tasas:

El pago de determinadas Tasas Municipales y Precios Públicos se realiza por el sistema de Autoliquidación. En estos casos debe rellenarse un impreso en el que se indica la cantidad a pagar y que se presentará en la entidad bancaria autorizada para realizar el pago ( Se puede pagar en cualquier entidad bancaria, excepto Bankinter – Cajastur–Liberbank.)

La autoliquidación será objeto de comprobación por parte de los servicios competentes del Ayuntamiento; pudiendo dar lugar a una regularización en caso de ser incorrecta.

Es por ello que, en caso de que le surjan dudas, no deje de dirigirse a las dependencias del Área Económica del Ayuntamiento de Valdemoro donde le asistirán y aclararán todas las dudas que la autoliquidación pueda generarle.

Ejemplo Tasas Ayuntamiento Valdemoro de tramitación por LICENCIA:

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¿CUÁNDO NUESTRA LICENCIA DE ACTIVIDAD NECESITA PROYECTO ELÉCTRICO?

Para el desarrollo de algunas actividades además de la licencia de actividad, las instalaciones de nuestro establecimiento deben cumplir con una serie de requisitos según la normativa vigente. A continuación se muestra una tabla con aquellas instalaciones que precisan proyecto eléctrico en función de la potencia eléctrica instalada, según el REBT (Reglamento electrotécnico de Baja Tensión):

GrupoTipo de InstalaciónLímites
aLas correspondientes a industrias, en generalP>20 kW
bLas correspondientes a: – Locales húmedos, polvorientos o con riesgo de corrosión; – Bombas de extracción o elevación de agua, sean industriales o no.P>10 kW
cLas correspondientes a: – Locales mojados; – generadores y convertidores; – conductores aislados para caldeo, excluyendo las de viviendas.P>10 kW
d– de carácter temporal para alimentación de maquinaria de obras en construcción. – de carácter temporal en locales o emplazamientos abiertos;P>50 kW
eLas de edificios destinados principalmente a viviendas, locales comerciales y oficinas, que no tengan la consideración de locales de pública concurrencia, en edificación vertical u horizontal.P>100 kW por caja gral. de protección
fLas correspondientes a viviendas unifamiliaresP>50 kW
gLas de garajes que requieren ventilación forzadaCualquiera que sea su ocupación
hLas de garajes que disponen de ventilación naturalDe más de 5 plazas de estacionamiento
iLas correspondientes a locales de pública concurrencia;Sin límite
jLas correspondientes a: – Líneas de baja tensión con apoyos comunes con las de alta tensión; – Máquinas de elevación y transporte; – Las que utilicen tensiones especiales; – Las destinadas a rótulos luminosos salvo que se consideren instalaciones de Baja tensión según lo establecido en la ITC-BT 44; – Cercas eléctricas; – Redes aéreas o subterráneas de distribución;Sin límite de potencia
kInstalaciones de alumbrado exterior.P > 5 kW
lLas correspondientes a locales con riesgo de incendio o explosión, excepto garajesSin límite
mLas de quirófanos y salas de intervenciónSin límite
nLas correspondientes a piscinas y fuentes.P> 5 kW
oTodas aquellas que, no estando comprendidas en los grupos anteriores, determine el Ministerio de Ciencia y Tecnología, mediante la oportuna Disposición.Según corresponda
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ITC-BT-28

INSTALACIONES EN LOCALES DE PÚBLICA CONCURRENCIA

Analizando la tabla anterior, se entiende por local de pública concurrencia:

Locales de espectáculos y actividades recreativas:

Cualquiera que sea su capacidad de ocupación, como por ejemplo, cines, teatros, auditorios, estadios, pabellones deportivos, plazas de toros, hipódromos, parques de atracciones y ferias fijas, salas de fiesta, discotecas, salas de juegos de azar.

Locales de reunión, trabajo y usos sanitarios:

– Cualquiera que sea su ocupación, los siguientes: Templos, Museos, Salas de conferencias y congresos, casinos, hoteles, hostales, bares, cafeterías, restaurantes o similares, zonas comunes en agrupaciones de establecimientos comerciales, aeropuertos, estaciones de viajeros, estacionamientos cerrados y cubiertos para más de 5 vehículos, hospitales, ambulatorios y sanatorios, asilos y guarderías.

– Si la ocupación prevista es de más de 50 personas: bibliotecas, centros de enseñanza, consultorios médicos, establecimientos comerciales, oficinas con presencia de público, residencias de estudiantes, gimnasios, salas de exposiciones, centros culturales, clubes sociales y deportivos.

La ocupación prevista de los locales se calculará como 1 persona por cada 0,8 m2 de superficie útil, a excepción de pasillos, repartidores, vestíbulos y servicios.

Para las instalaciones en quirófanos y salas de intervención se establecen requisitos particulares en la ITC-BT-38.

Igualmente se aplican a aquellos locales clasificados en condiciones BD2, BD3 y BD4, según la norma UNE 20.460-3 y a todos aquellos locales no contemplados en los apartados anteriores, cuando tengan una capacidad de ocupación de más de 100 personas.

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Licencia de actividad para una cervecería artesanal o microcervecería

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Actualmente se ha puesto de moda la apertura de cervecerías artesanales o microcervecerías, debido al aumento de la demanda de la cerveza artesana por su calidad. A la hora de decidirse por abrir este tipo de negocio de Cervecería artesanal o microcervecería se han de tener en cuenta una serie características.

Una microcerveceria se trata como una actividad industrial en los ayuntamientos, con lo que se deberá tener en cuenta la compatibilidad urbanística del emplazamiento con su entorno.

Sin embargo, es diferente si bar fabrica su propia cerveza para consumo dentro del propio local, en ese caso deberá poseer licencia de bar con obrador, con lo que se tratará como de una licencia de bar-restaurante.

Una vez tenemos claro el tipo de actividad que queremos llevar a cabo procederemos a buscar el local adecuado para esta actividad teniendo en cuenta los requisitos de cada ayuntamiento por ello se recomienda una visita previa al ayuntamiento donde se quiere realizar la actividad.

Las características que debe tener el local para adecuarse a esta actividad son:

– Se deberá de disponer de salida de humos de cocción y en función de la capacidad de producción puede ser necesario que dicha salida sea a cubierta. Además, dependiendo de si la maquinaria para fabricar cerveza es de gas o eléctrica se deberán tener unos requisitos de ventilación.

– La zona de fabricación deberá tener las mismas características sanitarias que una cocina con superficies de suelos y paredes de fácil limpieza. El suelo deberá poseer desagüe con arqueta de registro para facilitar limpieza de la zona.

– El local deberá disponer de una zona de almacenaje y es aconsejable que tenga zonas diferenciadas de producto acabado y de materia prima, por sus diferentes necesidades de conservación.

– Si la molienda de la malta se realiza en el local deberá de poseer una zona separada que posea una instalación eléctrica para atmosferas pulverulentas y realizarse un proyecto eléctrico para este tipo de locales.

– La actividad de bar con obrador además deberá cumplir con todos los requisitos de bar-restaurante como numero de aseos en función del aforo, normativa de accesibilidad, acústica e instalación eléctrica de pública concurrencia.

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Una vez escogido un local que cumple con los requisitos técnicos y con las condiciones que buscas en cuanto a ubicación y coste antes de firmar con el propietario nosotros te recomendamos que nos avises para ir a verlo. 

Es necesario además la siguiente documentación:

–Registro sanitario de empresa alimentaria.

–Inscripción en el censo de Impuestos especiales en Hacienda, para obtener el código de actividad de establecimiento (CAE).

–Permiso de vertido de aguas residuales.

Además, hay que tener en cuenta que al tratarse de actividades alimentarias se deberá de poseer el carnet de manipulador de alimentos.

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¿Cuál es el Artículo 49 OMTLU (Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas)?

Muchos de vosotros nos consultáis qué es lo que se indica en el Artículo 49 de la OMTLU (Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas). Normalmente por que os ha llegado una carta certificada de la Agencia de Actividades en la que se hace mención a ese artículo.

Aquí os dejamos directamente el contenido del artículo 49 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas:

SECCIÓN TERCERA
Resolución del procedimiento
Artículo 49. Resolución del procedimiento.

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