No, no es necesario. Las licencias se solicitan una sola vez y no es necesario renovarlas mientras no cambie la actividad, es decir, mientras no se den los supuestos indicados en el siguiente párrafo:
Sí será necesario renovar la licencia cuando se produzcan modificaciones sustanciales en el desarrollo de la actividad, se modifiquen los elementos industriales, o cambien las condiciones para las que se concedió inicialmente la licencia.
Las autorizaciones sanitarias en cambio, si que han de ser renovadas cada 5 años con la Consejería de Sanidad.
En el intrincado mundo de las licencias de actividad en Madrid, contar con los recursos adecuados puede marcar la diferencia entre un proceso fluido y uno plagado de obstáculos. En este artículo, te ofrecemos una brújula que te guiará a través de una selección de herramientas y recursos esenciales para facilitar la solicitud de tu licencia.
En la sección «Trámites y gestiones», encontrarás información detallada sobre los diferentes tipos de licencias de actividad, los requisitos específicos para cada sector y los formularios descargables para iniciar el trámite. Además, podrás acceder a guías explicativas, tutoriales y vídeos informativos que te ayudarán a comprender mejor el proceso.
Un ejemplo útil es la «Guía para la solicitud de licencia de actividad de bares y restaurantes», que te detalla paso a paso los requisitos específicos para este tipo de negocios, desde la ubicación del local hasta el equipamiento necesario.
La Comunidad de Madrid también ofrece información relevante sobre licencias de actividad, incluyendo normativa vigente, guías y manuales explicativos. Un recurso valioso es el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» (BOCM), donde se publican las actualizaciones legislativas y las normas específicas que afectan a las licencias de actividad en la región.
2. Contactos relevantes:
Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Madrid: 010
Puedes llamar a este número para obtener información general sobre el proceso de solicitud de licencias de actividad, resolver dudas y solicitar citas presenciales. Un ejemplo de su utilidad es la resolución de dudas sobre la documentación necesaria para una licencia de apertura de un comercio minorista.
Dirección General de Industria, Energía y Comercio de la Comunidad de Madrid: 91 394 70 00
Puedes contactar con esta dirección para obtener información sobre requisitos específicos de licencias en determinados sectores, como hostelería o comercio minorista. Un ejemplo práctico es la consulta sobre las normas de seguridad e higiene específicas para restaurantes.
Lo primero es escoger adecuadamente el local. La normativa de aplicación exige que éste disponga de unas características concretas, algunas de ellas, como la altura, deberán ser totalmente decisivas para escoger o descartar un local, el resto podrán ser adaptables en el proceso de adecuación.
¿Qué permisos necesito para abrir un despacho de oficinas?
Licencia de actividad y obras
En caso de que sean necesarias obras de distribución en el local se deberá solicitar un permiso de obras en el Ayuntamiento. Para ello se deberá elaborar un proyecto técnico.
Una vez ejecutada la adecuación, se procederá a solicitar la visita de la entidad de control para que emita el certificado de aptitud y poder comunicar la apertura del local en el Ayuntamiento.
Para licencias de este tipo, que se podrían clasificar como actividad inocua y realizarse mediante el procedimiento de Declaración Respnsable, en el caso por ejemplo de Madrid, sería necesaria la siguiente documentación:
Impreso de declaración responsable que podrá descargarse en el apartado «Impresos».
Proyecto técnico, planos, memoria…..
Documento descriptivo suficiente de la actuación que se pretende.
Deberá incluir la descripción de la actividad y de las obras, indicando la posición del local dentro del edificio, sus accesos y comunicaciones con el mismo, la maquinaria e instalaciones fijas del local y la actividad con sus características técnicas, incluyendo, cuando la naturaleza de la actividad lo justifique, las de carácter sanitario, los servicios higiénicos y las medidas de prevención de incendios.
Planos o croquis, a escala, acotados, de planta y/o sección y/o alzado que reflejen el estado actual y, en su caso, el reformado tras la intervención, que contengan, al menos, los extremos indicados en el punto anterior.
Justificante de pago en lo casos que proceda:
Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos.
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Autoliquidación provisional del 4% del importe del presupuesto de ejecución material y definitiva según el coste real y efectivo de las obras.
Tasas por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local (instalación de vallas, andamios, maquinaria, contenedores, etc.) según la Ordenanza Fiscal que la regula.
Garantía por Gestión de Residuos de la Construcción.
Si las solicitudes se presentan en una ECU: documento acreditativo del abono del precio a la Entidad Colaboradora Urbanística (ECU) debidamente autorizada, de su elección.
Abrir un negocio en Madrid, al igual que en cualquier otra ciudad, es un sueño que muchos albergan. Sin embargo, este sueño puede convertirse en una pesadilla si no se toman las precauciones necesarias, especialmente en lo que respecta a la obtención de la licencia de actividad. Este permiso, otorgado por el Ayuntamiento de Madrid, es fundamental para que cualquier negocio pueda operar de manera legal y segura.
El proceso de solicitud de una licencia de actividad puede parecer complejo y abrumador, especialmente para aquellos que no están familiarizados con los trámites administrativos. Esto, sumado a la falta de información o asesoramiento adecuado, puede llevar a la comisión de errores comunes que pueden retrasar, complicar o incluso impedir la obtención del permiso.
En este artículo, nos adentraremos en los errores más frecuentes que se cometen al solicitar una licencia de actividad en Madrid y te ofreceremos consejos prácticos para evitarlos, convirtiendo tu proceso en una travesía más tranquila y exitosa.
1. No investigar las especificaciones locales:
Cada municipio y región, debido a sus características geográficas, demográficas y socioeconómicas particulares, puede establecer normativas y requerimientos específicos que reflejen sus necesidades y prioridades. Un error común es asumir que las regulaciones o condiciones aplicables en un lugar serán válidas en otro. Esta suposición puede llevar a contratiempos y complicaciones legales.
Solución:
Es fundamental tomarse el tiempo para investigar las normativas específicas del municipio donde se pretende abrir el negocio. Esto incluye consultar el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), la normativa de uso del suelo, las ordenanzas municipales y cualquier otra regulación que pueda ser aplicable.
2. Presentar una solicitud incompleta o con errores:
La solicitud de licencia de actividad debe contener toda la información requerida por el Ayuntamiento de manera precisa y completa. Cualquier omisión o error en la información proporcionada puede dar lugar a la paralización del trámite, la solicitud de subsanación o incluso la denegación de la licencia.
Solución:
Antes de presentar la solicitud, es crucial leer detenidamente los formularios y requisitos establecidos por el Ayuntamiento. Asegúrate de reunir toda la documentación necesaria y revisarla cuidadosamente para detectar cualquier error o inconsistencia. Si tienes dudas, no dudes en consultar con un profesional especializado en la tramitación de licencias.
3. No contar con la documentación requerida:
La documentación necesaria para solicitar una licencia de actividad puede variar en función del tipo de negocio y las características del local. No obstante, algunos documentos básicos que generalmente se requieren incluyen:
Solicitud de licencia debidamente cumplimentada.
Memoria técnica del proyecto, que incluya un plano detallado del local, una descripción de las instalaciones y el equipamiento, y un proyecto de gestión de residuos sanitarios (en caso necesario).
Póliza de seguro de responsabilidad civil.
Certificados de los profesionales sanitarios que formarán parte del equipo del centro (en caso de centros médicos).
Tasas de la licencia.
Solución:
Es importante elaborar una lista completa de toda la documentación requerida y comenzar a reunirla con anticipación. Asegúrate de que cada documento esté completo, válido y cumpla con los requisitos establecidos por el Ayuntamiento.
Son varias razones por las que nos puede interesar conocer si un local, nave u oficina cuenta con su correspondiente licencia de actividad.
Existen varias formas de conocer si un local tiene licencias
Visualizado urbanístico del Ayuntamiento de Madrid
La primera forma de comprobar la existencia de licencias de actividaden un local, nave u oficina en el Ayuntamiento de Madrid es a través del visualizador urbanístico del Ayuntamiento de Madrid.
Abrir un centro médico en Madrid, al igual que en cualquier otra ciudad, supone embarcarse en una aventura empresarial llena de satisfacciones pero también de retos. Entre estos desafíos se encuentra la obtención de la licencia de actividad, un permiso otorgado por el Ayuntamiento de Madrid que habilita al centro para funcionar y ofrecer sus servicios sanitarios a la población.
En este artículo profundizaremos en los requisitos específicos para tramitar una licencia de actividad para un centro médico en Madrid, un proceso que, si bien puede resultar complejo, es fundamental para operar de manera legal y segura.
Tipos de licencias de actividad para centros médicos: Un abanico de opciones
La tipología de licencia de actividad que se requiere para un centro médico en Madrid dependerá de las características y servicios que este ofrezca. A grandes rasgos, podemos distinguir dos categorías principales:
1. Declaración Responsable: Esta opción simplificada se aplica a centros que cumplen con las siguientes condiciones:
Número de profesionales limitado: No pueden superar los tres profesionales sanitarios.
Ausencia de servicios complejos: No se permiten ni quirófano, ni hospitalización, ni cirugía menor.
Restricciones en las instalaciones: Deben prescindir de instalaciones de tratamiento o diagnóstico que empleen radiaciones ionizantes.
2. Licencia de Actividad: Esta licencia es obligatoria para aquellos centros que no se ajustan a las características de la Declaración Responsable, incluyendo:
Centros con mayor número de profesionales: Aquellos que superen los tres profesionales sanitarios.
Centros con servicios complejos: Que cuenten con quirófano, hospitalización o servicios de diagnóstico con radiaciones ionizantes.
Centros con instalaciones específicas: Que dispongan de instalaciones de tratamiento o diagnóstico que empleen radiaciones ionizantes.
Requisitos generales: La base indispensable
Más allá de la tipología de licencia elegida, existen una serie de requisitos generales que son de obligado cumplimiento para todos los centros médicos que aspiren a operar en la capital española:
Ubicación: El local que albergará el centro médico debe cumplir con las condiciones urbanísticas y de accesibilidad establecidas por la normativa vigente. Esto implica aspectos como la compatibilidad del uso del suelo, la superficie mínima del local, la existencia de accesos adecuados y la correcta señalización.
Instalaciones: Las instalaciones del centro médico deben ser acordes a la actividad que se va a desarrollar. Esto incluye salas de consulta adecuadamente equipadas, aseos suficientes para pacientes y personal, zonas de espera cómodas y espacios de almacenamiento para material sanitario y administrativo.
Equipamiento: El centro médico debe contar con el equipamiento médico necesario para el correcto desarrollo de la actividad que se va a prestar. Esto incluye camillas, instrumental médico, material fungible y, en caso de ser necesario, equipos de diagnóstico y tratamiento específicos.
Personal: El centro médico debe disponer de personal sanitario cualificado y colegiado, en número y especialidades acorde a los servicios que se ofrecerán. Es importante verificar que cada profesional cuente con la titulación y colegiación correspondiente para ejercer su actividad.
Documentación: Para solicitar la licencia de actividad, será necesario presentar una serie de documentos, entre los que destacan:
La solicitud de licencia, debidamente cumplimentada y firmada por el responsable del centro.
La memoria técnica del proyecto, que incluya un plano detallado del local, una descripción de las instalaciones y el equipamiento, y un proyecto de gestión de residuos sanitarios.
La póliza de seguro de responsabilidad civil, que cubra los posibles daños que puedan derivarse de la actividad del centro.
Los certificados de los profesionales sanitarios que formarán parte del equipo del centro.
Tasas y plazos: Inversión de tiempo y recursos
El proceso de solicitud de la licencia de actividad conlleva el pago de una tasa que varía en función del tipo de licencia y la superficie del local. Es importante consultar las tarifas actualizadas en el momento de iniciar el trámite.
En cuanto al plazo de resolución de la solicitud, este suele ser de alrededor de un mes, aunque puede variar en función de la complejidad del expediente y de la carga de trabajo del Ayuntamiento.
Recomendaciones para un proceso fluido: Evitando escollos en el camino
Para que el proceso de obtención de la licencia de actividad para un centro médico en Madrid se desarrolle de manera fluida y sin contratiempos, se recomienda seguir algunas pautas:
Contar con asesoría especializada: Es fundamental contar con la asesoría de un profesional especializado en la tramitación de este tipo de licencias. Un buen asesor podrá guiar al solicitante en cada paso del proceso, garantizando que se cumplan todos los requisitos de manera adecuada y evitando errores.
En este artículo vamos ha realizar un resumen de la normativa vigente así como la tipología y requisitos de los diferentes tipos de establecimientos de hospedaje.
Definiciones y Clasificación Establecimientos abiertos al público, dedicados aprestar alojamiento turístico de carácter temporal, profesional, habitualmente y mediante precio, en habitaciones o apartamentos, con o sin otros servicios de carácter complementario, y de acuerdo con las especificaciones que en el mismo se determinan.
Grupo primero • Hoteles (De 1 estrella a 5 estrellas) Ocupan la totalidad de un edificio (o varios) o parte independizada del mismo, constituyendo sus dependencias un todo con entradas, ascensores y escaleras de uso exclusivo. • Hotel-Apartamento (De 1 estrella a 4 estrellas) Igual que hotel, pero además disponen de instalaciones adecuadas para la conservación, elaboración y consumo de alimentos dentro de cada unidad de alojamiento.
2. Grupo segundo • Pensiones Sus estructuras y características no alcanzan los niveles exigidos para los hoteles. Las pensiones podrán ubicarse en uno ovarios correlativos y comunicados entre sí por escalera interna de uso exclusivo, dentro de un mismo edificio. Podrán autorizarse con o sin comedor. Las pensiones podrán condicionar la estancia de los clientes a que se acojan al régimen de pensión completa, siempre que dispongan de comedor y cocina adecuados a su categoría. •Hostales Pensiones que tengan más de veinte plazas de alojamiento y un mínimo de diez habitaciones.
3. Grupo Tercero (sin categoría) • Casas de huéspedes Ofrecen elementales servicios, sin alcanzar los niveles necesarios para ser clasificados con estrellas, se considerarán pensiones con la denominación de casas de huéspedes.
Exclusiones • Alojamientos que se arrienden por temporada. • Tenencia de huéspedes con carácter estable (subarriendo parcial de vivienda). • Albergues, residencias de ancianos, estudiantes u otros colectivos específicos cuyo fin no se ajuste al uso turístico. • Los alojamientos con menos de cuatro plazas. • Los apartamentos turísticos, hosterías (“hostels”), viviendas de uso turístico, establecimientos de turismo rural y los campamentos de turismo, que se regirán por sus propias normas.
Requisitos mínimos de hoteles por clasificación y categoría
PGOUM 1997 Artículo 7.5.35 Dotación de plazas de aparcamiento en función de los usos de los edificios – estándares (N-2)
Se dispondrá de una plaza de aparcamiento por cada 3 habitaciones o cien (100) metros cuadrados de superficie edificada.
Todo local de hospedaje en las categorías de hoteles y hoteles/apartamento, en el ámbito exterior al Centro Histórico, dispondrán al menos de una (1) plaza para carga y descarga.
Para la instalación de un puesto o kiosko en los pasillos de un centro comercial, es necesario cerciorarse de que de que la zona ya estuviera destinada para ser ocupada por otra actividad con licencia, o bien ya estaba previsto para utilizarse para actividad según la licencia del centro comercial.
En cualquier otro caso, no es posible tramitar la implantación sin la modificación de la licencia del centro comercial.
Aunque no es muy habitual realizar este trámite, todo interesado puede renunciar a los derechos de su solicitud de licencia, declaración responsable o comunicación previa, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, mediante este trámite de desistimiento. Si el escrito de iniciación se hubiera formulado por dos o más interesados, el desistimiento o la renuncia sólo afectará a aquellos que la hubiesen formulado.
Lo más habitual suele ser solicitar el desistimiento de la licencia de apertura cuando a los largo de la tramitación de la misma ha surgido algún percance y se desea cancelar la tramitación de licencia.
Destinatarios
Titulares de un expediente de solicitud de licencia urbanística que se encuentre en tramitación, antes de que se dicte la oportuna resolución o de que se complete la actividad municipal requerida para ese tipo de licencia, así como los titulares de un expediente de declaración responsable o comunicación previa antes de que finalice el periodo de verificación, control y comprobación.
Pago
En el supuesto de que el interesado desista de su solicitud se reducirá la cantidad a abonar, en concepto de Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos del expediente desistido, al 25 por ciento de la cuota que resultaría de la aplicación de la suma de las tarifas correspondientes a cada una de las actuaciones solicitadas.
Documentación
Formulario de «instancia general» debidamente cumplimentado.
Modelo de formulario «Solicitud de alta en el pago por transferencia (T)».
Recientemente los tribunales han dictado varias sentencias que afectan a la ordenación y reparcelación del APE 16-11, Ciudad Aeroportuaria y parque de Valdebebas. A fecha de hoy las sentencias no revisten firmeza por lo que, para intentar aclarar la situación y evitar posibles perjuicios posteriores, la Agencia de Actividades (en adelante ADA) ha elaborado el criterio de aplicación CA-ECU 04/2016 referente a las Declaraciones Responsables o Licencias Urbanísticas en tramitación afectadas por el APE 16-11 Ciudad Aeroportuaria y Parque Valdebebas.
Para las solicitudes que no están incluidas en el ámbito efectivo del APE 16-11 Ciudad Aeroportuaria y Parque Valdebebas se continúa su tramitación tendiendo que notificarse al interesado de la situación jurídica existente, asumiendo el riesgo que ello podría ocasionarle en el supuesto de que continuará con la tramitación y que la resolución judicial pudiera afectarle a la viabilidad de su actuación.
Para las solicitudes que están afectadas por del APE 16-11 Ciudad Aeroportuaria y Parque Valdebebas anulado, será suspendida su tramitación en base al art. 56.1 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que estipula la posibilidad de adopción de medidas cautelares por parte de la Administración.
Para los expedientes que se encuentren en tramitación en una ECU y no haya entrado en el registro del Ayuntamiento, deberán de informar al interesado de la presente decisión municipal.