¿Qué multa o sanción me pueden poner por no tener la Licencia de Actividad o la Licencia de Obras?
Para realizar casi cualquier obra o reforma (salvo las que afecten exclusivamente a acabados superficiales), es imprescindible solicitar una licencia de obras, o en el caso de iniciar una actividad: una licencia de actividad.
Y aunque existe un gran número de técnicos y empresas que se dedican a la tramitación de este tipo de licencias, es común escuchar casos en los que se ha realizado una obra o se ha iniciado una actividad sin la correspondiente licencia.
Es importante señalar que los Ayuntamientos disponen de órganos sancionadores para este tipo de casos (departamentos dentro del propio Ayuntamiento que se dedican en exclusiva a localizar y perseguir este tipo de acciones), por lo que arriesgarse a realizar estos trabajos sin la correspondiente licencia, conlleva severas sanciones en función de la gravedad de la propia infracción.
En el caso del Ayuntamiento de Madrid, las sanciones vienen reguladas por la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.
¿Cuáles son las sanciones por no contar de licencia de actividad, obras o funcionamiento?
La gravedad de la sanción vendrá determinada por el daño que provoque al entorno (vecinos o suelo), así como por la irregularidad de la licencia o la ausencia de la misma, provocando inmediatamente la paralización de las obras para su regularización.
- Infracciones leves: multa de 600 a 30.000 euros.
- Infracciones graves: multa de 30.001 a 600.000 euros.
- Infracciones muy graves: multa de 600.001 a 3.000.000 de euros.
Infracciones leves
Son infracciones leves la realización de obras menores sin licencia.
Sanciones por infracciones leves: multas de entre 600 y 30.000 €.
Infracciones graves
Las infracciones graves son, por ejemplo, no contar con licencia si se trata de actividades permitidas con la realización de obras mayores.
Sanciones por infracciones graves: multas entre 30.001 a 600.000 €.
Infracciones muy graves
Se consideran infracciones muy graves si se trata de una actividad incompatible con la ordenación urbanística aplicable, afecta a dominio público o a bienes objeto de protección.
Sanciones por infracciones muy graves: entre 600.001 a 3.000.000 €.
¿QUIÉN ES EL RESPONSABLE DE NO TENER LA LICENCIA DE OBRAS?
Ante el Ayuntamiento los responsables de haber realizado unas obras sin licencia o estar ejerciendo una actividad sin licencia son los promotores de las obras o los arrendatarios dependiendo de la situación.
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