Licencias de Apertura y Actividad

¿Requisitos del local para la licencia de actividad?

La  elección de un inmueble es una decisión importante, debido a que debe cumplir una serie de requisitos del local dependiendo de la actividad que se pretende iniciar.

En numerosas ocasiones nos consultan: ¿Cuales son los requisitos del local?¿cuál es el local más adecuado para mi negocio? ¿Debo poner una rampa de acceso para minusválidos? ¿Es obligatorio tener una salida de humos?


En este artículo vamos a internar explicar los requisitos del local de una manera coloquial para que pueda ser entendida por todos, sin embargo puede que puntualmente usemos tecnicismos, por lo que si le surge alguna duda puede ponerse en contacto con nosotros sin ningún compromiso.

El error más frecuente y a la vez más grave es contactar con el técnico cuando ya se han realizado las obras de adecuación del local para que éste tramite la licencia de apertura. El problema viene de no conocer realmente las adecuaciones técnicas del local para que cumpla con la normativa vigente. Por este motivo el primer paso debe ser SIEMPRE ponerse en contacto con el técnico y comentarle el tipo de actividad que se pretende desarrollar y dónde está ubicado el local. Una vez conocidos estos datos el técnico competente le informará de los requisitos que debe cumplir el local, y en su caso de las obras necesarias a realizar.

¿El local debe disponer de rampa?
Uno de los requisitos del local básico que se debe cumplir a la hora de obtener la licencia de actividad es que el local sea accesible para las personas con movilidad reducida. Es decir, será necesaria una rampa con unas determinadas dimensiones: longitud, anchura, pendiente, pasamanos…

Sin embargo, en algunos casos se puede pedir una exención para no realizar la rampa, como es el caso de afección estructural o cuando la rampa ocupa más de un 5% se la superficie del local.

¿Es necesario disponer de aseos públicos?
Sólo si se trata de un local público (bares, restaurantes, salón recreativo, etc), de uso docente o comercial de grandes dimensiones, será necesario disponer de aseos para los clientes.

Si éste es nuestro caso deberemos tener aseos para el público y deberá haber como mínimo dos (uno para hombres y otro para mujeres), y al menos uno de ellos deberá ser accesible para personas con movilidad reducida. ¿Qué supone que un baño sea accesible? Deberá tener unas dimensiones determinadas tanto dentro como fuera del baño, es decir, en el acceso al baño.

Para evitar problemas y confusiones, las puertas del local deberán tener 80 cm. de paso libre y los pasillos deberán medir al menos un metro de ancho.
¿Qué elementos de protección contra incendios debe tener mi local?
Los elementos más habituales son los extintores. Dependiendo de la actividad que se desarrolle en el local deberán ser de una eficacia mínima u otra, y se deben disponer a razón de uno cada  15 m.  de recorrido como máximo. El extintor más habitual es el de 6 kg de polvo con una eficacia mínima 21A-113B y normalmente en locales no industriales suele bastar con colocar extintores.

Otro de los requisitos del local es que obligatoriamente hay que colocar en el local la señalización de emergencia. Son las señales que indican dónde se encuentran los extintores, dónde están las salidas de emergencia, cuáles son los recorridos de evacuación, etc. Esta señalización deberá ser fotoluminiscente, de manera que si se produce un corte eléctrico éstas puedan ser visibles.

También debe contar el local con luces de emergencia, que son las encargadas de iluminar las estancias y los recorridos de evacuación cuando se produce un corte eléctrico. Cuentan con una batería interna con autonomía de una hora como mínimo. Deben colocarse iluminando la salida de cada estancia, los cambios de dirección y escaleras, los cuadros eléctricos y los elementos contra incendios (extintores, mangueras…).
¿Puedo abrir mi negocio en esa zona?
Es cada Ayuntamiento el que decide qué tipo de actividad puede llevarse a cabo en cada zona. Por lo que, aunque el local cumpla con la normativa, si el Ayuntamiento no permite esa actividad en esa zona en concreto, no será posible obtener la licencia de actividad. Por eso es vital informarse bien previamente sobre las restricciones que impone cada Ayuntamiento.

¿Presentando la licencia al ayuntamiento ya está todo?
En ocasiones las instalaciones del local (instalación de rayos X, instalación eléctrica y a veces de climatización o de gas) deben registrarse también en Industria o Medioambiente.

Contacte con nosotros para la realización del proyecto y tramitación de su licencia de apertura. Presupuestos sin compromiso.

Teléfono / WhatsApp: 655-03-44-55
Web: www.madridlicencias.com
E-mail: info@madridlicencias.com

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