Licencia de primera ocupación y funcionamiento

La licencia de primera ocupación y funcionamiento tiene por objeto acreditar que las obras y actividades han sido ejecutadas de conformidad con el proyecto y condiciones en que la licencia fue concedida, y que se encuentran debidamente terminadas y aptas según las determinaciones urbanísticas, ambientales y de seguridad de su destino específico.
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Necesitan licencia de primera ocupación y funcionamiento:

Las edificaciones resultantes de obras de nueva edificación y reestructuración general.
Los cambios de uso de los edificios.
El incremento del número de viviendas en los edificios.
La transformación en viviendas de locales comerciales.
Las nuevas implantaciones, ampliaciones o modificaciones de actividades que se tramiten por el procedimiento ordinario abreviado, previstas en el Anexo II.2 apartado 2.2 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas (OMTLU).
Asimismo, los locales y establecimientos regulados en la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid (LEPAR) necesitan, previamente a su puesta en marcha, licencia municipal de funcionamiento o declaración responsable, a elección del titular y sin perjuicio de otras autorizaciones que le fueran exigibles:

En el supuesto de licencia de funcionamiento. Se concederá en el mismo acto que la primera ocupación y funcionamiento, por lo que la documentación deberá ser complementada con la establecida por la Ley y sus normas de desarrollo.
En el supuesto de optar por declaración Responsable, se deberá cumplimentar los requisitos y presentar la documentación establecida en la Disposición Adicional Novena de la LEPAR así como en sus normas de desarrollo.

DOCUMENTACION

Impreso de solicitud a la que se añadirá la siguiente documentación:

Más info.

5 datos que debes saber acerca de la licencia de actividad

Para la apertura de un local comercial, de una oficina o de una nave, es necesario conocer la normativa para poder obtener los permisos y licencias obligatorios y poder iniciar la actividad que deseamos en el inmueble.
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Cuando alquilemos un inmueble, una de las precauciones fundamentales que debemos de atender antes de firmar cualquier contrato de arras, señal o de arrendamiento, es confirmar que el inmueble tiene licencia o al menos que puede utilizar para a la actividad que deseamos llevar a cabo. Por eso es aconsejable acudir al Ayuntamiento correspondiente para recopilar información sobre el local y que nos orientes sobre todas las tasas y los trámites que debemos seguir.

Con referencia a las licencias de actividad debemos saber una serie de datos esenciales que nos permitirán orientarnos para poder conseguir los permisos que necesitemos para nuestro local:

Concepto de licencia de actividad y normativa aplicable.
La licencia de actividad es una licencia municipal para que un local, nave u oficina se pueda destinar a una actividad comercial, industrial o de servicios. Básicamente consiste en un documento que acredita que se reúnen los requisitos de habitabilidad y uso de la actividad que corresponda.

En primer lugar, a la hora de obtener una licencia debemos tener en cuenta dónde se encuentra ubicado el inmueble para poder acudir al Ayuntamiento correspondiente según la situación de dicho inmueble y para poder consultar la normativa correspondiente.

Obligación de obtener licencia.
La Ley 12/2012 de 26 de diciembre, liberalizó en gran medida los requisitos exigidos para abrir un comercio en España, puesto que estableció en determinados casos, la posibilidad de sustituir la licencia por una declaración responsable de inicio de actividad.

 Requisitos habituales.
Antes de comenzar a realizar una actividad debemos tener en consideración algunos requisitos de cara a los permisos que sean necesarios en algunos casos:

Licencia de obras: será necesaria su solicitud en determinados casos cuando se tengan que realizar obras en el local.

Prevención de incendios: se deberá cumplir la normativa que sea aplicable en cuanto a salidas de emergencia, extintores, alumbrado, señalización etc.

Medidas de higiene: se deberán tener en cuenta sobre todo en aquellos establecimientos donde se manipulen alimentos o se sirvan comidas.

Medidas de control del ruido: se tendrán en consideración en aquellos casos en los que se vayan a desarrollar actividades que generen ruido o vibraciones.

Diferentes tipos de permisos.
En el caso de Madrid, la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas establece varios tipos de permisos necesarios para desarrollar una actividad según cada caso:

1. Declaración responsable: documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos por la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.

2. Comunicación previa: documento mediante el que el interesado pone en conocimiento de la Administración sus datos identificativos y demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o el inicio de una actividad.

3. Licencia de actividad: acto reglado mediante el cual el Ayuntamiento, previa comprobación del cumplimiento de las condiciones establecidas por la normativa aplicable, autoriza la implantación de la actividad.

Documentación requerida.
Por lo general, aunque habrá que cotejar cada caso concreto, se suelen solicitar los siguientes documentos para solicitar una licencia de actividad o declaración responsable en su caso:

-Proyecto técnico.
-Planos.
Justificante de pago de las tasas e impuestos que correspondan (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, Tasa por gestión de residuos de la construcción etc.)

A la vista de todo lo expuesto anteriormente y de las diferencias que existen en la normativa de un municipio a otro, es necesario consultar con un especialista que nos pueda asesorar sobre los permisos y licencias necesarios para desarrollar una actividad y sobre los trámites que debemos cumplir.

Más info.

En Barcelona la justicia cierra cuatro guarderías sin licencia

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado al consistorio a “acordar el cese inmediato de la actividad y la clausura” de cuatro centros del distrito: Mafalda II, Niu, Xerric-Xerrac y Esclop.

Joan Lluís Liste siente que el Ayuntamiento de Barcelona le ha llevado a la ruina. En 2008, el consistorio hizo público que iba a clausurar su guardería, La Granota, con el argumento de que no tenía licencia. El anuncio hizo que Liste perdiera la mayoría de matriculaciones y le obligó a despedir a una treintena de trabajadores. También provocó su ira: desde entonces, el empresario batalla para lograr que el Ayuntamiento clausure otras guarderías del Eixample que (éstas sí) operan sin licencia.

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La resolución, que es firme, considera que el empresario tiene un “legítimo interés competitivo” para interponer la demanda, ya que las cuatro guarderías están ubicadas en el Eixample y debe competir contra ellas para captar alumnos. “Es competencia desleal, son guarderías clandestinas”, explica a este diario Liste.

La sala de lo contencioso-administrativo del TSJC agrega que los cuatro centros carecen de la licencia ambiental municipal, que es obligatoria, por lo que deben ser clausurados. Desde que se interpuso la demanda ha pasado tanto tiempo que dos de ellas, de hecho, ya no funcionan: El Niu y Xerric-Xerrac. Liste denuncia que esas dos guarderías tenían ya una orden de cese de actividad del Ayuntamiento pero que han tenido margen suficiente para seguir operando. Liste dirigió su demanda contra esas cuatro guarderías privadas porque dice que son las que “reciben subvenciones públicas”. Todas ellas tienen capacidad para más de 100 alumnos y el propio ayuntamiento reconoció, según la sentencia, “la falta de titulación” ambiental. Las guarderías privadas precisan de dos licencias: una, de Enseñanza; la otra, del Ayuntamiento. De esta última carecen la mayoría de establecimientos, según el empresario.

Liste va a exigir la “ejecución inmediata” de la sentencia. Cree que ahora es el mejor momento porque no afecta tanto a los padres, ya que aún no ha empezado el curso escolar. También pedirá que los centros devuelvan el dinero público que han recibido y prevé querellarse contra varios exresponsables municipales por prevaricación.

Origen: La justicia condena a Barcelona a cerrar cuatro guarderías sin licencia | Cataluña | EL PAÍS

Hasta cuatro años para solicitar la licencia de actividad en un Ayuntamiento

La actividad que Tadarsa Logistics S. L. plantea en la zona logística del puerto, al lado de los nuevos muelles de la margen derecha, está sujeta a las prescripciones del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, debiendo tramitarse por lo tanto ante el Ayuntamiento de Avilés.

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Tras el visto bueno medioambiental dado por el Principado, la empresa dispondrá a partir de ahora de cuatro años para solicitar la licencia de actividad para poder llevar a cabo el proyecto de adecuación del espacio y la construcción de la nave que se plantea. De hecho, el Ayuntamiento llegó a paralizar las obras de explanación de la parcela, por considerar que esa actuación se había excedido del planteamiento inicial.

Desde el Grupo Daniel Alonso no se ha explicado aún si el proyecto tiene ya la urgencia con la que se había planteado en un principio o si el acuerdo alcanzado con ArcelorMittal para la utilización de las antiguas naves de Laminación Oeste -convenio adelantado en exclusiva por LA VOZ DE AVILÉS el pasado 29 de abril- le permite acompasar ahora el proyecto del puerto. El grupo ocupará 25.300 metros cuadrados en las antiguas naves de la empresa siderúrgica para dedicarse en ese espacio a la construcción de las piezas destinadas al proyecto Wikinger de Iberdrola, en el Mar Báltico. Un proyecto de 90 millones de euros que afronta ya el grupo avilesino tras formar una ‘joint venture’ con Navantia Ferrol.