Al tratarse de una actividad sanitaria si es viable (como norma general) su implantación en una planta primera y el no disponer de ascensor no es impedimento para obtener la licencia (salvo que la norma zonal lo niegue específicamente para ese edificio) dado que unos de los motivos que vienen reflejados en la normativa para estar exento del cumplimiento de accesibilidad es que se tenga que intervenir en elementos comunes que no sean de su propiedad (escaleras comunes del edificio). El local no será accesible y no deberá disponer de aseos adaptados.
Este criterio vale para cualquier tipo de actividad sanitaria: consulta médica, psicología, logopedia, fisioterapia, podología, medicina estética, dermatología, etc…
Hoy vamos a comentar los requisitos, necesidades y procedimientos para obtener lalicencias de actividad y autorización sanitaria de una consulta de Fisioterapia, aunque es válido igualmente para cualquier actividad Sanitaria que no requiera equipamientos electromecánicos fijos (sillones podológicos, sillón de dentista, TAC, ortopantomógrafo,…), es decir, que valdría igualmente para consultas médicas «sencillas»: medicina general, dermatología, pediatría, logopedia, psicología, etc…
Requisitos generales.
Actualmente, una de las líneas de acceso al mundo laboral de los fisioterapeutas consiste en la creación de una consulta o centro de fisioterapia privado. La finalidad de esta guía es dar información básica y orientativa sobre los trámites y los requisitos necesarios para el ejercicio libre de la profesión dentro de los parámetros legales.
Para crear un centro/consulta o servicio sanitario de fisioterapia se tiene que tramitar:
– Autorización administrativa funcionamiento de centro sanitario en la Consejería de Sanidad.
– Alta fiscal y de seguridad social (alta autónomo) como persona física o jurídica.
Normativa.
Se tiene que cumplir la normativa específica de centro/consulta o servicio sanitario y cumplir con lo ordenado en las leyes con contenido aplicable al ámbito sanitario:
– ORDEN 1158-2018, de 28 de mayo, por la que se regulan los requisitos técnicos generales y específicos de los centros y servicios sanitarios sin internamiento, y de los servicios sanitarios integrados en organización no sanitaria en la Comunidad de Madrid.
Eliminación barreras arquitectónicas
Básicamente, la norma exige que las puertas del Centro tengan una anchura mínima de 0,80 metros, los pasillos de 1,20 m. al menos hasta donde se ofrezcan los tratamientos.
Licencia de actividad de centros de fisioterapia de nueva apertura.
a. Introducción.
La licencia de actividad es un documento municipal obligatorio para que en un local se pueda ejercer una activad comercial, industrial o de servicios (en nuestro caso servicios de fisioterapia). La licencia de actividad acredita el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad y uso de una actividad determinada.
En Madrid la normativa está recogida en la Ordenanza para la apertura de actividades económicas en la ciudad de Madrid
Existen dos tipos de licencia en función del impacto medio ambiental: inocuas y específicas. En el caso de la fisioterapia, el tipo de actividad es inocua y puede solicitarse mediante declaración responsable (siempre que el local no supere la superficie que establece cada Ayuntamiento o no tenga una protección arquitectónica específica).
Si se tiene que hacer obra y realizar algún cambio estructural en el local para adaptarlo es necesario, por lo general, solicitar además una licencia de obras.
b. Documentación que hay que entregar para la actividad (declaración responsable):
Solicitud en modelo oficial.
El titular de la actividad podrá realizar su actuación urbanística para implantar, o modificar su actividad, con la presentación del modelo normalizado de declaración responsable aprobado por el Ayuntamiento, debidamente cumplimentado, y acompañado, como mínimo, de los siguientes documentos:
a) Proyecto técnico o memoria justificativa suscritos por técnico competente o documentación descriptiva que en cada caso proceda de acuerdo con la normativa vigente.
b) Justificante del pago de la tasa municipal o, en su caso, acreditación del pago del precio a la entidad colaboradora de su elección.
Atendiendo a las peculiaridades de cada caso concreto, deberá aportar también:
a) Acreditación del pago de los tributos y exacciones que correspondan.
b) Escritura de constitución de la persona jurídica titular de la actividad, en su caso.
c) Documento acreditativo de la representación, en su caso.