Licencia de Obra y Trámites para la reforma de una vivienda.
Hoy, vamos a tratar el tema de la tramitación de la licencia de obra necesaria para la realización una reforma en nuestra vivienda. Como existen muchas preguntas en torno a este tema, os contestamos a las que hemos considerado más importantes.
¿Qué licencia necesito?
La licencia que hay que solicitar para realizar obras y reformas de pequeña importancia, que no necesiten proyecto técnico, en nuestra vivienda o local, es la llamada licencia de obra, que se tramitará por el procedimiento de comunicación previa. Se trata de un documento para informar al Ayuntamiento que queremos realizar pequeñas modificaciones en nuestro hogar. Si la reforma que queremos hacer tiene otros condicionantes, necesitaremos otro tipo de documentación sobre la que os informaremos en próximos artículos.
¿Qué tipo de reformas se tramitan por Comunicación Previa?
Entre las obras incluidas están:
- Modificación de tabiques (creación y eliminación).
- Sustitución de carpinterías (sin la modificación de huecos).
- Obras de acondicionamiento puntual en locales y viviendas que no impliquen la apertura o ampliación de huecos en muros de carga, ni afecten a la estructura.
- Pavimentos y acondicionamiento de espacios libres como el jardín.
- Los cambios de actividad en locales con licencia en vigor (modificación de la licencia de actividad), dentro del mismo uso, con las obras precisas para ello.
La lista completa de actividades para las que necesitamos hacer la comunicación previa, se encuentra en el Anexo 2, Punto 4 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas (OMTLU).
¿Cuándo no es obligatorio hacer una comunicación previa?
No es obligatorio solicitar licencia de obra para pequeñas reformas, siempre que sean actividades de renovación de elementos en el interior de una vivienda o local, y siempre que no esté protegido, como por ejemplo:
- Pintar paredes
- Alicatar baños y cocinas
- Poner suelo nuevo
- Renovación de instalaciones particulares
¿Cómo puedo solicitar la licencia de obra?
En el caso de que contrates tu reforma con nosotros, desde el primer minuto nos ocuparemos de facilitarte la labor, poniendo a tu disposición un equipo de técnicos especializados que tramitarán la Comunicación Previa por ti, para que no tengas que preocuparte por nada.
En la siguiente web del Ayuntamiento de Madrid, puedes encontrar toda la información relacionada con la Comunicación Previa.
¿Qué documentación hay que presentar?
La documentación general que se aportará es la siguiente:
- Impreso normalizado de solicitud.
- Plano a escala de la situación del inmueble.
- Memoria descriptiva de la reforma, justificando el cumplimiento de la normativa vigente y detallando las actuaciones a realizar.
- Planos de planta, secciones y alzados acotados y a escala, que reflejen el estado actual y reformado tras las obras.
- Presupuesto de las obras e instalaciones fijas.
- Impreso de autoliquidación de tributos (tasas, I.C.I.O., aval de residuos, etc.)
¿Cuál es el coste de la licencia de obra?
Este coste es variable en función del tipo de intervención y de las características de nuestro inmueble. Vendrá determinado por una tasa por prestación de servicios urbanísticos y el impuesto I.C.I.O. (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras). Además existe un impuesto por la colocación del contenedor para a los escombros generados en nuestra reforma.
Aún tengo dudas, ¿dónde puedo recibir más información?
Si quieres hacer una reforma, no dudes en consultarnos y te informaremos sobre cualquier duda que te pueda generar éste y otros temas relacionados con la obra que quieras realizar.