Sanciones administrativas a locales sin licencia de actividad o que incumplan la normativa: Un ejercicio de responsabilidad y seguridad

El cumplimiento de la normativa vigente en materia de licencias de actividad es un pilar fundamental para garantizar la seguridad, la salud y el bienestar de la ciudadanía. El Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid, como entes responsables del control y la vigilancia de la actividad empresarial, han establecido un marco legal que regula la obtención y el ejercicio de licencias de actividad, estableciendo a su vez un régimen de sanciones administrativas para aquellos locales que operen sin licencia o que incumplan las normas establecidas.

Multa Ayuntamiento Sanción

En este artículo, nos adentraremos en el complejo ámbito de las sanciones administrativas a locales sin licencia de actividad o que incumplan la normativa, explorando los diferentes tipos de sanciones, los procedimientos de inspección y sancionador, los casos prácticos y las consecuencias de operar al margen de la ley. Asimismo, ofreceremos recursos y webs de referencia para que los empresarios y el público en general puedan obtener información detallada sobre la normativa y los trámites relacionados con las licencias de actividad.

1. Tipos de sanciones administrativas:

El régimen sancionador establecido por el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid se basa en la gravedad de la infracción cometida. Las sanciones administrativas se clasifican en:

  • Leves: Se aplican a infracciones menores, como la falta de presentación de documentación o el incumplimiento de plazos administrativos. Las sanciones leves suelen consistir en multas de bajo importe.
  • Graves: Se aplican a infracciones más serias, como el desarrollo de una actividad sin licencia o el incumplimiento de las medidas de seguridad establecidas. Las sanciones graves pueden incluir multas de mayor importe, la suspensión temporal de la actividad e incluso el cierre definitivo del local.
  • Muy graves: Se aplican a infracciones que ponen en riesgo la seguridad, la salud o el bienestar de las personas, como la realización de actividades peligrosas sin las medidas de seguridad adecuadas o el incumplimiento de las normas de higiene alimentaria. Las sanciones muy graves pueden incluir multas de alto importe, el cierre definitivo del local e incluso la inhabilitación del titular de la actividad para ejercer su profesión.

2. Procedimientos de inspección y sancionador:

El Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid cuentan con unidades de inspección especializadas en la verificación del cumplimiento de la normativa de licencias de actividad. Estas unidades pueden realizar inspecciones de oficio o a raíz de denuncias presentadas por ciudadanos o entidades.

En caso de detectar una infracción, la unidad de inspección elabora un acta de inspección donde se detallan los hechos observados y la normativa incumplida. El acta de inspección se notifica al titular de la actividad, quien tiene un plazo para presentar alegaciones o subsanar las irregularidades detectadas.

Si el titular de la actividad no presenta alegaciones o no subsana las irregularidades, la unidad de inspección inicia el expediente sancionador. El expediente sancionador incluye la propuesta de sanción, la cual es notificada al titular de la actividad, quien tiene un plazo para presentar alegaciones o recurrir la sanción.

Si el titular de la actividad no presenta alegaciones o no recurre la sanción, la misma se convierte en firme y debe ser pagada en el plazo establecido. En caso de que el titular de la actividad recurra la sanción, el expediente se remite al órgano competente para su resolución.

Más info.
Multa-por-no-tener-Licencia-de-Obras

¿Qué multa o sanción me pueden poner por no tener la Licencia de Actividad o la Licencia de Obras?

Multa por no tener Licencia de Obras 1024x682

Para realizar casi cualquier obra o reforma (salvo las que afecten exclusivamente a acabados superficiales), es imprescindible solicitar una licencia de obras, o en el caso de iniciar una actividad: una licencia de actividad.

Y aunque existe un gran número de técnicos y empresas que se dedican a la tramitación de este tipo de licencias, es común escuchar casos en los que se ha realizado una obra o se ha iniciado una actividad sin la correspondiente licencia.

Es importante señalar que los Ayuntamientos disponen de órganos sancionadores para este tipo de casos (departamentos dentro del propio Ayuntamiento que se dedican en exclusiva a localizar y perseguir este tipo de acciones), por lo que arriesgarse a realizar estos trabajos sin la correspondiente licencia, conlleva severas sanciones en función de la gravedad de la propia infracción.

En el caso del Ayuntamiento de Madrid, las sanciones vienen reguladas por la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.

¿Cuáles son las sanciones por no contar de licencia de actividad, obras o funcionamiento?

La gravedad de la sanción vendrá determinada por el daño que provoque al entorno (vecinos o suelo), así como por la irregularidad de la licencia o la ausencia de la misma, provocando inmediatamente la paralización de las obras para su regularización.

  • Infracciones leves: multa de 600 a 30.000 euros.
  • Infracciones graves: multa de 30.001 a 600.000 euros.
  • Infracciones muy graves: multa de 600.001 a 3.000.000 de euros.

Infracciones leves

Son infracciones leves la realización de obras menores sin licencia.

Sanciones por infracciones leves: multas de entre 600 y 30.000 €.

Infracciones graves

Las infracciones graves son, por ejemplo, no contar con licencia si se trata de actividades permitidas con la realización de obras mayores.

Sanciones por infracciones graves: multas entre 30.001 a 600.000 €.

Infracciones muy graves

Se consideran infracciones muy graves si se trata de una actividad incompatible con la ordenación urbanística aplicable, afecta a dominio público o a bienes objeto de protección.

Sanciones por infracciones muy graves: entre 600.001 a 3.000.000 €.

Multa por no tener Licencia de Actividad 1024x682

¿QUIÉN ES EL RESPONSABLE DE NO TENER LA LICENCIA DE OBRAS?

Ante el Ayuntamiento los responsables de haber realizado unas obras sin licencia o estar ejerciendo una actividad sin licencia son los promotores de las obras o los arrendatarios dependiendo de la situación.

Piden 3 años cárcel a un acusado de alquilar un local para bar sin reunir condiciones

El fiscal ha pedido tres años de prisión y una indemnización de 27.000 euros para un hombre que va a ser juzgado en Murcia acusado de estafar en el alquiler de un local que iba a ser destinado a bar y que no reunía las condiciones debidas.

Las conclusiones provisionales de la fiscalía señalan que el acusado «simuló que el local se encontraba en perfecto estado para la realización de esa actividad y que cumplía con la normativa municipal correspondiente».

Bar Ilegal 300x213

Y añade que el mismo no estaba acondicionado respecto a la emisión de ruidos propios de esa actividad, ni tenía sistema de ventilación adecuado, ni el piso superior cumplía con la altura mínima, ocultando además el arrendador que existía un expediente administrativo del ayuntamiento de Cartagena que determinó, finalmente, la pérdida de la licencia de actividad.

Añade el fiscal que también ocultó que el inmueble carecía de los correspondientes contratos de suministro eléctrico y de agua, «siendo abastecido únicamente por contratos de obra».

Una barbería funciona como bar encubierto en Chueca

En la calle de las Infantas 10 y con un cartel donde se anuncian «cortes de calidad, barbas imperiales y afeitados impecables», un camarero vestido con camisa blanca y pajarita negra toma nota de la comanda a los clientes. Este local solo tiene licencia de actividad de peluquería pero abre hasta las dos de la madrugada y ejerce como bar desde hace año y medio.

Barberia Bar 300x200

«La licencia que tienen representa la actividad que realmente realizan» expresa el portavoz de la Asociación de Vecinos del barrio de Chueca. Tras poner en conocimiento de la Agencia de Actividades de Madrid, se realizó una inspección al local. Constataron que con licencia de peluquería, se pretende ejercer una nueva actividad que tiene otras consideraciones y exigencias urbanísticas, ambientales, de seguridad y salubridad distintas. También se han realizaron obras de acondicionamiento exterior sin la autorización municipal.

Barberia Cafeteria 300x225

Los dueños del la barbería registraron en octubre de 2016 una declaración responsable en el que afirman que cumplen con los requisitos urbanísticos exigidos por la normativa para ejercer su actividad. Sin embargo, ya que el local está dentro de la Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) del distrito Centro, esta norma prohíbe la apertura de nuevos locales de hostelería.

El departamento de Disciplina Urbanística finalmente ordena la cese y clausura del local. Sin embargo hasta la fecha sigue abierto.

Qué pasa si hago una obra sin licencia: Expediente de cese y clausura

En ocasiones el titular de un local realiza una obra sin licencia municipal. Los motivos pueden ser varios: para evitar el papeleo de solicitar la licencia, para no pagar las tasas municipales, porque la realización de obras sabe que son ilegales o simplemente por el desconocimiento de la necesidad de la licencia.
¿Para que sirve la licencia de obras?
La solicitud de licencia de obras le sirve al ayuntamiento para la verificar el cumplimiento de la normativa vigente.

Expediente cese y clausura

¿Qué sucede si realizo una actividad o hago una obra sin licencia?
Si se realiza una obra licencia, el Ayuntamiento ordenará la paralización inmediata de la misma hasta su obtención.

¿El Ayuntamiento cierra de forma automática un local denunciado o la obra sin licencia?
Salvo que exista un peligro inminente para la seguridad de las personas o bienes, antes de precintar una actividad o una obra sin licencia se debe tramitar un procedimiento administrativo que, entre otros trámites, incluye la comprobación de la denuncia por parte de los servicios municipales, el requerimiento y la audiencia previa del titular denunciado.

Para ello nos remitirá un escrito en donde nos informa de las actuaciones a realizar y del plazo que tenemos para ello.

Si no cumplimos lo indicado, el expedientes continuará su curso legal que puede acabar con el cese y clausura de la actividad o con la demolición de alguna construcción ilegal.

a) Si la obra no es legalizable, se acordará su demolición.

b) Si la obra puede ser legalizable, se dará un plazo de tiempo para la legalización de obras sin licencia presentando la solicitud de obra correspondiente.

c) Si la obra no se ajusta a la licencia, se pedirá que la regularice o legalice.

Las infracciones urbaníticas se clasifican en muy graves, graves y leves. Se considerarán infracciones leves la ejecución de obras sin licencia municipal cuando sean legalizables por ser conformes con el ordenamiento urbanístico municipal.

Obras sin licencia

¿Con qué multa pueden sacionarme si hago una obra sin licencia?

Una vez resuelto el expediente para restablecer la legalidad urbanística se iniciará, si procede, la apertura del expediente sancionador. Es decir, ambos expedientes se tramitan de forma sucesiva pero el pago de la multa en ningún caso legaliza la actuación y a su vez legalizar la actuación no nos exime de pagar la multa, si bien el cumplimiento de los requeridos municipales en plazo y correctamente puede reducir su importe.

Las multas por obras sin licencia dependerán de cada Ayuntamiento y oscilan entre los 300 y 6.000 euros mas otra multa coercitiva en caso de no legalizar las obras.

Expediente de cese y clausura

Si hemos comenzado una actividad o una obra sin licencia, o si alguna parte del local o de las instalaciones que no se ajustan a la licencia concedida, tras la visita del inspector se podría iniciar un expediente de cese y clausura que podría afectar a toda la actividad o bien a aquella parte de la actividad que no está legalizada.

Más info.
Autorización de terraza hostelería

19 sanciones debido a quejas por el incumplimiento de la normativa de terrazas

terraza

Las múltiples quejas de varios vecinos impulsan la revisión de la ordenanza reguladora de las terrazas, dado que ya ha abierto 19 expedientes sancionadores a diversos establecimientos, tanto a restaurantes como a bares y cafeterías.

Las reclamaciones de los vecinos apuntan a diversas causas, estando entre las más habituales el incumplimiento en el horario de cierre, la invasión de la vía pública o incluso directamente la inexistencia absoluta de una licencia de apertura.