El día 02 de mayo se publicó en el BOE la Orden SND/385/2020 que modifica la Orden SND/340/2020, de 12 de abril, por la que se suspenden determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios con motivo del COVID-19.
La citada modificación posibilita la reanudación, desde esa fecha, de las obras en los siguientes casos:
- Cuando no exista contacto con personas no relacionadas o que no intervengan en la obra.
- Las obras en locales, viviendas o zonas del edificio que no sean habitadas o a las cuales no tengan acceso los residentes durante el tiempo de ejecución de la obra, debiendo garantizar lo siguiente:
- Limitación de la circulación de los trabajadores o materiales por zonas no sectorizadas, además de implementar cualquier otra medida que evite el contacto con los residentes.
- El acceso y salidas a los citados locales o viviendas deberá producirse solo al inicio y finalización de la jornada laboral.
- El personal tiene que cumplir con las medidas de prevención e higiene decretadas por las autoridades sanitarias.
Por último, y para el desarrollo de las obras permitidas anteriormente, se podrá acceder a las zonas del edificio no sectorizadas para la realizar las conexiones a los servicios necesarios para el desarrollo de las citadas intervenciones.