Se entenderá por declaración responsable (DR) el documento suscrito por el titular de la actividad o representante en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que una actuación urbanística cumple con los requisitos urbanísticos exigidos por la normativa vigente para su implantación, modificación o desarrollo y que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a su cumplimiento durante el tiempo en que mantenga dicha actuación. (art. 71 bis de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Para abrir una negocio, con carácter general, bastará una declaración responsable, excepto en aquellos supuestos en que se requerirá licencia por razones de seguridad, salud pública o protección del medio ambiente.
Este procedimiento (DR) es actualmente el más habitual para la tramitación de Licencias de Actividad, es decir: es la norma de carácter general. Sin embargo quedan excluidas por este procedimiento de declaración responsable:
- Las actuaciones que conlleven uso privativo u ocupación de los bienes de dominio público, excepto actividades comerciales y de servicio que ocupen los locales individuales en los mercados municipales gestionados en régimen de concesión.
- Las actuaciones que afecten a inmuebles declarados como Bienes de Interés Cultural con declaración individualizada, a los bienes incluidos a título individual en el inventario de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid, así como a los inmuebles catalogados dentro del nivel de máxima protección en el planeamiento urbanístico aplicable, salvo que en los mismos ya se viniera desarrollando alguna actividad de las recogidas en el apartado 2, siempre y cuando no se afecten los elementos protegidos.
- Las obras que requieran de la redacción de un proyecto de obras de edificación, de conformidad con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, salvo en los casos indicados en las letras a) y c) del apartado 2.
- Las actuaciones que específicamente quedan sometidas a licencia previa.
Documentación
Los efectos de la declaración responsable se producirán desde el día en que la misma tenga entrada en el registro del Ayuntamiento de Madrid siempre que vaya acompañada de la siguiente documentación:
Documentación general: (Anexo I.A 2 OMTLU)
- Impreso normalizado de declaración responsable.
- Documento acreditativo de la identidad del solicitante.
- Si el titular es personas física: fotocopia DNI o NIE.
- Si el titular es una persona jurídica: CIF, escritura de constitución, DNI o NIE del representante legal de la entidad jurídica y documento que le acredite como representante.
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- En los casos en los que no es necesario aportar proyecto técnico, deberá presentar:
-Documento descriptivo suficiente de la actuación que se pretende. Deberá incluir la descripción de la actividad y de las obras, indicando la posición del local dentro del edificio, sus accesos y comunicaciones con el mismo, la maquinaria e instalaciones fijas del local y la actividad con sus características técnicas, incluyendo, cuando la naturaleza de la actividad lo justifique, las de carácter sanitario, los servicios higiénicos y las medidas de prevención de incendios.
–Planos, a escala, acotados, de planta, sección y alzado que reflejen el estado actual y el reformado tras la intervención, que contengan, al menos, los extremos indicados en el punto anterior.
–Fotografías de la fachada o del patio en el caso de que se vayan a realizar obras en ella o exista aire acondicionado o ventilación.
–Catálogo del aire acondicionado donde se refleje el caudal, la potencia y el nivel de ruido si nuestra actividad tiene aire acondicionado.
-Impreso de solicitud de Identificación Industrial. Será necesario rellenarlo y presentarlo en Registro de cualquiera de las Juntas de Distrito u organismo del Ayuntamiento de Madrid, y llevar una copia del impreso relleno y con el sello de registro a la ECU.
–En caso de ocupación de vía pública se solicitará conjuntamente con la solicitud de comunicación previa la autorización para la ocupación temporal de la misma mediante sacos o contenedores. Para ello presentaremos:–Impreso normalizado de solicitud de sacos y contenedores.
–Fotografía de la calle que se va a ocupar a ambos lados de forma que se aprecien otras ocupaciones, pasos de carruajes, plazas de carga y descarga.
–Plano de la ubicación y dimensiones del saco o contenedor , donde quede claramente representado si ocupa parte de la acera del aparcamiento o de la vía publica.
- En los casos en los que no es necesario aportar proyecto técnico, deberá presentar:
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- Autoliquidaciones:
- Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos (art. 10.1, 14.1 y 10.8 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa).
- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Autoliquidación provisional del 4% del importe del presupuesto de ejecución material y definitiva según el coste real y efectivo de las obras.
- Tasas por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local (instalación de vallas, andamios, maquinaria, contenedores, etc.) según la Ordenanza Fiscal que la regula.
- Garantía por Gestión de Residuos de la Construcción.
-Si las solicitudes se presentan en una ECU: documento acreditativo del abono del precio a la Entidad Colaboradora Urbanística (ECU) debidamente autorizada, de su elección.
- Escritura de constitución de la persona jurídica titular de la actividad.
- Copia cotejada o autenticada del documento acreditativo de la representación.
- Resolución de órgano ambiental competente y su publicación en el Boletín Oficial, cuando proceda.
- Estudio básico de seguridad y salud, cuando proceda.
- Proyecto de apertura, cuando proceda.
- Autoliquidaciones:
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¿Dónde tramitar la Declaración Responsable?
Indistintamente y de forma presencial: