Errores comunes al solicitar una licencia de actividad en Madrid: Navegando un mar de trámites sin naufragar

Abrir un negocio en Madrid, al igual que en cualquier otra ciudad, es un sueño que muchos albergan. Sin embargo, este sueño puede convertirse en una pesadilla si no se toman las precauciones necesarias, especialmente en lo que respecta a la obtención de la licencia de actividad. Este permiso, otorgado por el Ayuntamiento de Madrid, es fundamental para que cualquier negocio pueda operar de manera legal y segura.

Normativa licencia apertura

El proceso de solicitud de una licencia de actividad puede parecer complejo y abrumador, especialmente para aquellos que no están familiarizados con los trámites administrativos. Esto, sumado a la falta de información o asesoramiento adecuado, puede llevar a la comisión de errores comunes que pueden retrasar, complicar o incluso impedir la obtención del permiso.

En este artículo, nos adentraremos en los errores más frecuentes que se cometen al solicitar una licencia de actividad en Madrid y te ofreceremos consejos prácticos para evitarlos, convirtiendo tu proceso en una travesía más tranquila y exitosa.

1. No investigar las especificaciones locales:

Cada municipio y región, debido a sus características geográficas, demográficas y socioeconómicas particulares, puede establecer normativas y requerimientos específicos que reflejen sus necesidades y prioridades. Un error común es asumir que las regulaciones o condiciones aplicables en un lugar serán válidas en otro. Esta suposición puede llevar a contratiempos y complicaciones legales.

Solución:

Es fundamental tomarse el tiempo para investigar las normativas específicas del municipio donde se pretende abrir el negocio. Esto incluye consultar el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), la normativa de uso del suelo, las ordenanzas municipales y cualquier otra regulación que pueda ser aplicable.

2. Presentar una solicitud incompleta o con errores:

La solicitud de licencia de actividad debe contener toda la información requerida por el Ayuntamiento de manera precisa y completa. Cualquier omisión o error en la información proporcionada puede dar lugar a la paralización del trámite, la solicitud de subsanación o incluso la denegación de la licencia.

Solución:

Antes de presentar la solicitud, es crucial leer detenidamente los formularios y requisitos establecidos por el Ayuntamiento. Asegúrate de reunir toda la documentación necesaria y revisarla cuidadosamente para detectar cualquier error o inconsistencia. Si tienes dudas, no dudes en consultar con un profesional especializado en la tramitación de licencias.

3. No contar con la documentación requerida:

La documentación necesaria para solicitar una licencia de actividad puede variar en función del tipo de negocio y las características del local. No obstante, algunos documentos básicos que generalmente se requieren incluyen:

  • Solicitud de licencia debidamente cumplimentada.
  • Memoria técnica del proyecto, que incluya un plano detallado del local, una descripción de las instalaciones y el equipamiento, y un proyecto de gestión de residuos sanitarios (en caso necesario).
  • Póliza de seguro de responsabilidad civil.
  • Certificados de los profesionales sanitarios que formarán parte del equipo del centro (en caso de centros médicos).
  • Tasas de la licencia.

Solución:

Es importante elaborar una lista completa de toda la documentación requerida y comenzar a reunirla con anticipación. Asegúrate de que cada documento esté completo, válido y cumpla con los requisitos establecidos por el Ayuntamiento.

Más info.

Lo que hay que hacer para poner en marcha una actividad económica

Para implantar o modificar una actividad económica en la ciudad de Madrid, incluidas las obras que sean precisas, la Ordenanza de Apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid simplifica los trámites con la tramitación de dos únicos procedimientos:

licencia de apertura en madrid ayuntamiento de madridCon carácter general, la presentación de una Declaración Responsable.
La solicitud de Licencia, únicamente en aquellos supuestos en que esté justificado por razones de seguridad, salud pública o protección del medio ambiente.
Quedan excluidas de la regulación de esta Ordenanza, las actividades que afecten al uso residencial con su dotación de aparcamiento, las que sean de titularidad pública, las que afecten a bienes de dominio público (salvo puestos de mercados) y a usos dotacionales.

El sistema de colaboración público-privado permite que el interesado decida libremente dónde quiere gestionar su solicitud, en una entidad colaboradora urbanística (ECU) autorizada e inscrita en el Registro de la Comunidad de Madrid o bien, directamente ante el Ayuntamiento de Madrid.

La documentación que debe acompañar a cada uno de estos procedimientos, se encuentra detallada en los trámites electrónicos de «Declaración Responsable» y de «Obtención de una Licencia de Actividad» del canal general denominado «Trámites y Gestiones».

normativa aperturaPodrá obtener completa información sobre los procedimientos:

  • Contactando directamente con un técnico especialista en tramitación de Licencias de Actividad y Funcionamiento. (La opción más rápida y directa).
  • En cualquier entidad colaboradora urbanística (ECU) autorizada.
  • En la Oficina Integral de Atención al Ciudadano de la Agencia de Licencias, podrá obtener atención personalizada concertando cita previa a través de cualquiera de los canales de Línea Madrid: llamando al teléfono 010 o en la página web municipal www.madrid.es/citaprevia.

Más Información:

La Declaración Responsable es un documento suscrito por el interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el período de tiempo de la actividad. Posteriormente a la puesta en marcha, el Ayuntamiento o la Entidad Colaboradora, realizarán la inspección de la actividad.

Si se cumplen todos los requisitos, la Declaración Responsable surte efectos desde su presentación en el Registro.

La Licencia de Actividad es un acto reglado mediante el cual el Ayuntamiento autoriza la puesta en marcha de la actividad solicitada una vez comprobado el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Antes del inicio de la actividad y una vez realizadas las obras si las hubiera, se deberá solicitar la licencia de primera ocupación y funcionamiento, que tiene por objeto comprobar mediante inspección que las actividades y las obras han sido ejecutadas de conformidad con el proyecto y las condiciones en que la licencia ha sido concedida.

Sin perjuicio de la necesaria autorización para la retirada de residuos procedentes de obras de construcción y demolición, no estarán sometidas a ningún medio de intervención las obras que se caracterizan por su sencillez técnica y nulo impacto urbanístico tales como, obras de conservación consistentes en la sustitución de acabados interiores de un solo local, solados, alicatados, sanitarios, yesos, pintura, que no estén protegidos arquitectónicamente, así como la sustitución de instalaciones propias por otras sin mayores exigencias medioambientales que las previas.

La licencia expres facilita la apertura de casi 260.000 comercios

Abrir un pequeño negocio en España es ahora más sencillo que hace tres años. En mayo de 2012, el Gobierno aprobó la conocida como licencia expres, que ponía fin a las licencias previas municipales necesarias para la apertura de establecimientos comerciales de hasta 300 metros cuadrados que ocasionaban retrasos de hasta dos años en algunas localidades. La medida ha tenido un efecto balsámico para el sector. Desde 2013, el saldo neto de altas y bajas de actividades comerciales con pequeñas superficies asciende a 258.479, según datos oficiales del Gobierno.
Licencia Tienda Costura 2
El efecto de la licencia expres ha ido creciendo con los años. En los meses de 2012 que estuvo en vigor, se abrieron en torno a 7.000 nuevos comercios. En 2013, el primero completo después de su implantación, el número de establecimientos en funcionamiento ascendió a 67.161. En el pasado, la cifra se incrementó hasta 99.968. En éste, la tendencia apunta a que se registrarán datos parecidos a los de 2014. Hasta mediados de octubre, las aperturas netas de estos pequeños negocios ascendían a 84.350.

Aunque inicialmente la licencia exprés estaba diseñada para comercios con una superficie inferior a los 300 metros cuadrados, su éxito llevó al Gobierno a modificar la misma con posteriodad. En octubre de 2013, amplió primero a 500 metros y después a 750 metros la superficie de los establecimientos que se podían acoger a la licencia. Además, se amplió el catálogo de actividades que podían acogerse a este permiso. Se incluyeron supermercados, servicios profesionales –abogados, arquitectos…–, establecimientos de reparaciones, academias, pequeñas industrias del sector textil y talleres de joyería. No obstante, tanto la superficie como las actividades a que afecta pueden ser ampliadas por las comunidades autónomas en el ámbito de sus competencias sobre comercio.

La apertura de nuevos comercios no sólo se ha visto beneficiada por la licencia exprés. También la mejora del consumo propiciada por la buena marcha de la economía ha motivado un incremento de su actividad. En octubre, último mes del que hay datos disponibles, las ventas del pequeño comercio aumentaron un 4,8% en tasa interanual, encadenando así 14 meses consecutivos de crecimiento, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). En tasa mensual, las ventas del comercio minorista aumentaron un 0,4%, frente al repunte del 0,8% del mes anterior y del retroceso del 0,7% de hace un año.

La mejora en la actividad se tradujo en un incremento del empleo en el sector comercial, que subió un 1,3% con respecto a octubre de 2014, con lo que ya encadena 18 meses consecutivos de ascensos. La tasa registrada en octubre fue una décima superior a la de septiembre, cuando la ocupación repuntó un 1,2 por ciento interanual.

La licencia exprés fue aprobada en el marco de la Ley de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio. Para impulsar la actividad del sector, el Ejecutivo también aprobó la Ley de Garantía de Unidad de Mercado. La norma permite la libre circulación de bienes y servicios en todo el territorio nacional con una sola licencia de una comunidad autónoma, sin necesidad de someterse a 17 regulaciones diferentes. Según los estudios realizados por el Ministerio de Economía, esta medida va a permitir incrementar el PIB un 1,52 por ciento en diez años, en torno a 1.500 millones de euros por ejercicio.

Los colegios profesionales se ofrecen en Valencia para agilizar el parón de licencias de actividad

Crece la preocupación entre los colegios profesionales de la Comunidad Valenciana. Por tal motivo el Colegio de Ingenieros Agrónomos de Levante, el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos y el Colegio de Ingenieros Industriales de la Comunitat (COIICV) mantuvieron una serie de reuniones con el concejal de Desarrollo Urbano de Valencia para encontrar soluciones.

La cita sirvió para que los colegios conocieran de primera mano la propuesta del Ayuntamiento de Valencia. Desde el Govern han decidido aplicar un sistema que consiste en recurrir a una empresa externa que se encarga de los servicios de emisión de informes previos de validación de proyectos (al igual que ocurre por ejemplo en el Ayuntamiento de Madrid) , así como la recopilación de documentación técnica. Hasta ahora esto se había realizado con el colegio de arquitectos, pero a partir de ahora será un concurso abierto al que podrán presentarse todo tipo de empresas, desde pequeñas gestorías a multinacionales.

El Govern reconoció que hay “atasco” en el Ayuntamiento de Valencia y los contados funcionarios que tiene en la actualidad el consistorio tras los recortes no dan abasto. Si bien los colegios se ofrecieron de manera directa y propusieron recuperar la figura de los convenios, desde la secretaría del Ayuntamiento les informaron de que no se podían reeditar ese modelo por “problemas de tipo jurídico y cuestiones de Competencia”. Lo que sí que se les informó es que los colegios podrán optar al concurso si así lo consideraban necesario.

Trámites Ayuntamiento Valencia 300x200

Desde el Ayuntamiento de Valencia destacaron que esta opción en ningún momento tendría coste directo para la corporación y el servicio lo tendrán que pagar los adjudicatarios de las licencias; es decir, los más interesados en agilizar el trámite. En este concurso, que está a punto de convocarse, el Ayuntamiento limitará el coste de los servicios e impondrá restricciones a los adjudicatarios que se pueden presentar.

En el encuentro con los representantes de los colegios profesionales se insistió en que se trata de un servicio gratuito para el Ayuntamiento de Valencia y que por ello esta medida no conlleva problemas presupuestarios. También se recalcó que el servicio no será obligatorio y pagarán solo los que deseen agilizar el proceso de concesión de su licencia mediante verificación documental.

El pero es que por ahora solo se contemplan las licencias de obras; no de licencias de instalaciones ni de actividad. Los que no se acojan a este servicio tendrán que seguir trabajando con los plazos que hasta ahora está ofreciendo el Ayuntamiento.

En Madrid y Barcelona se tarda más en conceder licencia de obra

En Madrid y Barcelona se tarda más en conceder una licencia de obra respecto a otras ciudades más pequeñas.

Los ayuntamientos de Madrid y Barcelona tardan de media más tiempo en resolver peticiones de licencias urbanísticas, tanto de obra mayor como menor, que localidades con menos población y con menos recursos humanos y materiales para llevar a cabo los trámites pertinentes.

Tiempo tramitacion 1Así se pone de relieve en un informe del Defensor del Pueblo sobre ‘Tramitación de licencias urbanísticas: procedimientos y duración de los trámites’, en el que se avisa de que las administraciones públicas pueden hacer un proyecto más fácil o llegar a hacerlo imposible. «Esto último es una práctica frecuente en España». Madrid tarda de media entre 90 y 120 días en los casos de licencias de obra mayor y entre 30 y 60 días para las de obra menor.

La institución que dirige Soledad Becerril ha evaluado los procedimientos y tiempos de tramitación de licencias de obra en diez ayuntamientos: Madrid, Barcelona y Valencia —capitales de provincia de más de 500.000 habitantes—; Vigo —con más de 300.000 habitantes no capital de provincia—; Cáceres y Pamplona —capitales de provincia con entre 200.000 y 500.000 habitantes—; Algeciras (Cádiz) e Irún (Guipúzcoa) —con entre 50.000 y 200.000 habitantes— y Villena (Alicante) y Úbeda (Jaén) —con entre 20.000 y 50.000 habitantes—.

Del estudio se deduce que Madrid tarda de media entre 90 y 120 días en los casos de licencias de obra mayor y entre 30 y 60 días para las de obra menor, mientras que Barcelona se demora 90 días en el primer caso y entre 30 y 40 en el segundo.

Algeciras, exponente de los municipios de entre 50.000 y 200.000 habitantes, también se retrasa entre 90 y 180 días para las licencias de obra mayor, pero sus plazos se reducen considerablemente para las de obra menor, que se resuelven entre 1 y 15 días después de la solicitud. Pamplona, la más ágil Pamplona es la que menos tarda en resolver las licencias de obra mayor, con unos 30 días de promedio. Valencia también se mueve en una franja de entre 30 y 90 días.

tiempo tramitacion 2Con el fin de evitar demoras innecesarias, la institución propone agilizar los tiempos de tramitación para todo tipo de licencias urbanísticas, facilitar el uso de la declaración responsable con amplios criterios que permitan el pronto inicio de la actividad, de forma acorde con lo declarado por el firmante, y fomentar la claridad, sencillez y transparencia de los procedimientos de tramitación de licencias.

Además, plantea que se coordinen los distintos departamentos municipales para los casos en que se necesita la obtención de licencias de actividades y de obras para la apertura de un establecimiento, de forma que se puedan tramitar y resolver simultáneamente. E insta a los entes supramunicipales a suplir la falta de medios de los municipios más pequeños con asesoramiento permanente técnico y jurídico, apoyo material y asistencia en el procesamiento de la información, en las comunicaciones y en las sedes electrónicas.

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