Licencia de Actividad para Eventos

Hemos tramitado la licencia de apertura y actividad de una finca destinada a eventos (bodas, bautizos, comuniones…): «Catering Chinchón”, situado en la calle Virgen del rosario nº2. 28370, Chinchón, Madrid.

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Al tratarse de una finca rústica, lo primero que se hizo fue tramitar la solicitud de calificación urbanística para celebración de pequeños eventos (actos sociales y familiares de especial singularidad) al amparo del artículo 9 de la Ley 8/2012 de la Comunidad de Madrid.

La finca ya contaba con una serie de edificios y lo que se pretendía con la solicitud de calificación urbanística era poder obtener una rentabilidad que permita costear el mantenimiento tanto de los edificios como de la propia finca.licencia finca eventos

El impacto de la actividad a desarrollar en la finca es nulo ya que se trata de la celebración de pequeños eventos, no se generan ruidos que puedan molestar a los vecinos ni se producen residuos peligrosos o humos.

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La finca ya contaba con todas las instalaciones necesarias por lo que también era viable desde un punto de vista técnico. No se precisaba de la realización de ninguna obra o nuevas instalaciones, e inmueble se encuentra totalmente adaptado para el inicio inmediato de la actividad.

Catering Chinchón destaca por su organización integral de bodas y servicio de Catering en Madrid, poniendo a disposición de sus clientes la finca para celebrar bodas en Madrid además de servicios de música, transporte, montaje de buffets decorativos, servicios para convenciones, decoración del espacio para eventos, espectáculos…

Servicios

Ofrecen los siguientes servicios de catering para particulares y empresas: bodas, bautizos, comuniones, menús personalizados, coffee breaks, aperitivos, cócteles, comidas y cenas de trabajo, inauguraciones de empresa, presentaciones de un producto y eventos de cualquier tipo.

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Suministramos también vinos y cavas, vajilla, cubertería, cristalería, menaje, mobiliario, decoración, montaje de carpas, discoteca y camareros. Disponen de varias fincas para la realización de bodas y eventos, Catering para empresas y particulares entre ellas, las Fincas Molino del Manto y La Peña del Agua, situadas en la vega de Chinchón.

Su trayectoria profesional les ha permitido acumular una amplia experiencia en este sector. Este servicio viene mejorando año a año favorecido por el gran desarrollo tecnológico aplicado a los equipos de cocina. Hoy en día pueden decir que las diferencias entre un menú producido In-situ y uno transportado han disminuido notablemente. Así mismo las garantías higiénicas sanitarias se han extremado y están del todo garantizadas.

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Ponen a disposición de sus clientes varios servicios de catering, desde la elaboración de un menú personalizado hasta la organización integral de toda la fiesta, de forma de que no tenga que preocuparse por nada.

Se adaptan a cualquier tipo de celebración: coffee breaks, Coctails, comidas, buffets, cenas, con o sin servicio de camareros, ajustado al número de invitados y al lugar de la celebración, etc. Su amplia experiencia como empresa de servicios de catering lea ha convertido en profesionales del sector con una gran capacidad de adaptación a las necesidades, gustos y preferencias de sus clientes.

www.cateringchinchon.com

Consulta urbanística especial

Mediante este tipo de consulta  los ciudadanos pueden plantear una duda determinada que de forma específica surja de la aplicación de uno o varios preceptos normativos  relativos a las propuestas técnicas sobre una actuación urbanística concreta. Asimismo se podrá plantear cuando se propongan medidas alternativas mediante el diseño basado en soluciones prestacionales para los requisitos básicos de seguridad en caso de incendio y de seguridad de utilización y accesibilidad.

Contenido de las consultas

Aclaraciones sobre la normativa aplicable a un emplazamiento concreto.
Posibilidad de implantación de un uso o un cambio de uso.
Tipo de obras que se pueden ejecutar.
Edificabilidad de la finca, número de alturas permitidas, etc.
La consulta podrá ir acompañada de una o varias propuestas.
Propuestas al amparo del artículo 5.1.3.b del Código Técnico de la Edificación, dada la especial complejidad técnica de éstas.
Madrid Agencia de Actividades

Documentación

Instancia  general en la que figure el objeto de la consulta
Tasa por prestación de servicios urbanísticos
Plano parcelario a escala 1:5000 y 1:500, señalando la situación precisa de la finca o parcela objeto de la consulta.
Memoria descriptiva y justificativa de la actuación.
Planos acotados a escala 1:100, o a escala adecuada, de plantas, alzados, secciones, que definan el estado actual del edificio y el propuesto.
En su caso, cuadro comparativo de parámetros urbanísticos del estado actual y normativa de aplicación.
En obras de nueva edificación y situadas en áreas protegidas , alzado del tramo o tramos de calle completos a los que dará fachada el edificio.
Descripción fotográfica en color del edificio o zona objeto de la consulta.
En su caso, especificar tipo de materiales que se utilizarán en la propuesta, así como la previsión de la situación de las instalaciones de climatización, ubicación y predimensionamiento de las instalaciones en la cubierta del edificio.
Certificaciones registrales y catastrales descriptivas y gráficas, en el supuesto de que existan dudas respecto a la ubicación de la parcela
La documentación aportada deberá venir firmada por técnico competente. En el caso de las consultas urbanísticas especiales sobre proyectos con soluciones prestacionales, habrá que estar a las especialidades contempladas en la disposición adicional 4ª de la OMTLU.

Información complementaria

Respuesta del Ayuntamiento

El Ayuntamiento dispone de un plazo de un mes para contestar; salvo que se requiera   informe de otros servicios municipales o de la Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico-Artístico y Natural (CPPAHN),  o se precise que el interesado aporte nueva documentación o complete su consulta. Este plazo no es de aplicación a las consultas urbanísticas especiales sobre proyectos con soluciones prestacionales.
La consulta se resolverá mediante el oportuno informe técnico. Al no tener carácter de resolución no es susceptible de recurso.
El Ayuntamiento de Madrid  quedará vinculado al informe técnico de esta consulta, que sólo será determinante si la licencia posterior se pide en idénticos términos , que la consulta efectuada
La respuesta a la consulta no exime del deber de obtener la licencia urbanística correspondiente o de presentar la Declaración Responsable o Declaración Previa correspondiente.

Más info.

Consulta urbanística común

Mediante la consulta urbanística común los ciudadanos pueden solicitar información sobre temas tales como: la situación urbanística de una determinada parcela, solar,  o inmueble; los actos o usos del suelo o subsuelo permitidos; el procedimiento de tramitación aplicable para determinada  actuación; los informes sectoriales necesarios; la normativa de aplicación, etc.

Contenido de la consulta urbanística común:

Necesidad de licencias para hacer determinada actuación.
Tipo de procedimiento necesario para realizar determinadas obras relacionadas con viviendas (incluidos garajes, trasteros etc.); por ejemplo, si se precisa o no proyecto técnico para las mismas.
Informes sectoriales necesarios en determinadas actuaciones.
Calificación urbanística de una parcela.
Normativa urbanística de aplicación; normativa sectorial, tanto de ámbito municipal como supramunicipal; normativa de aplicación para un uso concreto.
Condiciones de determinadas parcelas, edificabilidades, alturas, etc.
Madrid Agencia de Actividades

Documentación de la consulta urbanística común:
Instancia general de solicitud
Plano, croquis o fotocopia de callejero señalando la situación del edificio,  parcela o solar, conforme al «Callejero Municipal » del Ayuntamiento de Madrid.
Tasa por prestación de servicios urbanísticos.

Licencia Normativa
Información complementaria

Respuesta del Ayuntamiento

Plazo: 15 días, salvo que requiere el informe preceptivo de otros servicios municipales, que deberá producirse en el plazo de 15 días a partir de la fecha de recepción del mismo.
Contenido: la consulta se resolverá mediante el oportuno informe técnico.
La respuesta a la consulta no exime del deber de obtener la correspondiente licencia urbanística o presentar la Declaración Responsable o Comunicación Previa correspondiente.

Clausuran dos fincas por celebrar bodas ilegales

Las fincas El Campillo y Arcos del Real no podrán celebrar más bodas o  celebraciones desde esta semana. El Ayuntamiento de San Lorenzo ha mandado una comunicación a ambas empresas prohibiendo cualquier tipo de evento o bodas, según la Asociación Madrileña de Empresarios de la Restauración (AMER) y la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid (AEHM). El Consistorio ejecuta así una sentencia del TSJM que obligaba a cesar la actividad de ambas fincas por ejercer sin licencia ya que solo tenían autorización para «uso agropecuario».
licencia bodas ilegales campillo
El Ayuntamiento amenaza por escrito a ambos sociedades con precintar las fincas si no cumplen lo ordenado por un tribunal. «Se prohíbe definitivamente, y en tanto no se tenga licencia para ello cualquier actividad de carácter hostelero en El Campillo y Pago de Puerta Verde (Los Arcos)», aprobó el pasado 21 de enero la Junta de Gobierno Local de San Lorenzo de El Escorial. Agrega el Consistorio además que la Policía Local de San Lorenzo deberá comprobar con carácter semanal que se cumple la prohibición y además pide a los servicios técnicos municipales que visiten las fincas para comprobar el estado de las mismas y se informe de la situación de las instalaciones.

Las finca de El Campillo está situada en el kilometro 1,8 de la carretera de Guadarrama a El Escorial y la de Los Arcos en el kilometro 3,5 de la misma vía. En estos enclaves se han celebrado los eventos y bodas de personajes ilustres y famosos como dos hijos de Aznar, Manu Tenorio o Carlos Baute.

El problema es que ambas fincas tienen ya comprometidas varias bodas y eventos para este año. Es decir, que seguían contratando eventos con novios pese a que pesaba sobre ellos una sentencia.

Fue en marzo de 2014 cuando un juzgado ordenó el cese de la actividad de ambas fincas. Sin embargo, el anterior equipo de Gobierno del PP no llegó a ponerse serio con el caso y AMER recurrió a los tribunales, que le dieron la razón el pasado mes de octubre. Ahora el Ayuntamiento de San Lorenzo, gobernado por el partido independiente de Vecinos, aprobó el pasado 21 de enero la orden para que se cumpla la sentencia.

AMER lleva varios años denunciando la existencia de varias fincas ilegales en la región, muchas de ellas vinculadas con «nobles y familiares de políticos». Calculan que hay más de 40 y una treintena están a la espera de la decisión de los tribunales. También ha denunciado a varios Ayuntamientos que han permitido la actividad de estos negocios sin licencia.

Al tratarse de una finca rústica, lo que se podría haber solicitado primeramente es la tramitación de la solicitud de calificación urbanística para celebración de pequeños eventos (actos sociales y familiares de especial singularidad) al amparo del artículo 9 de la Ley 8/2012 de la Comunidad de Madrid.

Vía: www.elmundo.es